SAP Madrid 102/2013, 5 de Marzo de 2013

JurisdicciónEspaña
Fecha05 Marzo 2013
Número de resolución102/2013

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AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

Sección nº 2

Rollo: 7/2013

Órgano Procedencia: JDO. INSTRUCCION N. 26 de MADRID

Proc. Origen: DILIGENCIAS PREVIAS PROC. ABREVIADO nº 3002/2012 SENTENCIA Nº 102/2013

ILMOS/AS SR./SRAS de la Sección Segunda

Presidente/a

DÑA. LUCIA MARIA TORROJA RIBERA

Magistrados/as

D. LUIS ANTONIO MARTINEZ DE SALINAS ALONSO

DÑA. MARIA DEL ROSARIO ESTEBAN MEILAN

En MADRID, a cinco de marzo de dos mil trece.

VISTA en juicio oral y público, ante la Sección 2 de esta Audiencia Provincial, la causa instruida con el número 7/2013, procedente del Juzgado de Instrucción nº 26 de Madrid y seguida por el trámite de Procedimiento Abreviado por un delito contra la salud pública contra:

Mauricio, con Pasaporte número NUM000 ; nacido el NUM001 /1978 en México; hijo de Vicente y de Constanza;

En prisión desde el día 20/04/2012, por esta causa.

Ha estado representado por el Procurador D. Luis Alfaro Rodríguez y defendido por el Letrado D. Cesar Gomez Calcerrada.

Siendo parte acusadora el Ministerio Fiscal.

Es ponente el Magistrado D. LUIS ANTONIO MARTINEZ DE SALINAS ALONSO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Ministerio Fiscal en el acto del juicio oral, modificó sus conclusiones en cuanto a la pena solicitada, calificando definitivamente los hechos constitutivos de un delito de contra la salud pública, de los que consideró responsable, en concepto de autor, al acusado, sin concurrir circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal.

Solicitó la pena de 6 años y un día de prisión y multa de 1.200.000 #, manteniéndose el resto. SEGUNDO.- La defensa en igual trámite mostró su conformidad con el Ministerio Fiscal, adhiriéndose a la modificación efectuada por el Fiscal.

HECHOS PROBADOS

Sobre las cinco de la madrugada del 20 de abril de 2012 llegó en un vuelo procedente de Lima (Perú) a la Terminal 1 del Aeropuerto de Barajas-Madrid el acusado Mauricio . Dicho acusado es ciudadano nacional de México con pasaporte n° NUM000 y ordinal informática N° NUM002, en situación de estancia en España el día de comisión de los hechos, según informe del Puesto Fronterizo de Policía Nacional del Aeropuerto de Barajas de Madrid obrante en folio 9, mayor de edad del día de comisión de los hechos, sin antecedentes penales.

Está privado de su libertad por esta causa desde su detención el día 20/04/12 y posterior auto de prisión provisional de 21/04/12.

El acusado portando como equipaje de mano un maletín en cuyo interior llevaba una mochila dentro de la cual escondía 10 envoltorios conteniendo una sustancia que, tras ser analizada, resultó ser un total de

11.020 gramos de cocaína con una riqueza del 76,8%, es decir, 8.463,36 gramos de cocaína pura, sustancia que perjudica seriamente la salud. El acusado traía la droga con ánimo de favorecer o facilitar a terceros su consumo, siendo el precio de dicha sustancia en la venta al por menor de 1.181.041,74#.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Los hechos declarados probados son constitutivos de un delito contra la salud pública previsto y penado en los artículos 368 y 369.6º del Código Penal, al encontrarnos ante un supuesto de tráfico ilegal de sustancia estupefaciente que causa grave daño a la salud, siendo de apreciación el subtipo agravado del nº 6 del artículo...

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