SAP Barcelona 169/2013, 8 de Marzo de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución169/2013
Fecha08 Marzo 2013

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE BARCELONA

SECCIÓN OCTAVA

Rollo nº 196/12

Juicio de Faltas nº 128/12

Juzgado de Instrucción nº 4 de los de Manresa

SENTENCIA Nº

En la ciudad de Barcelona, a 8 de marzo de 2013

Visto en grado de apelación, por la Ilma. Sra. Magistrada de la Sección Octava de esta Audiencia Dª MERCEDES ARMAS GALVE el rollo de apelación número 196/12, dimanante del Juicio de Faltas seguido con el número 128/12 por el Juzgado de Instrucción nº 4 de los de Manresa, por UNA FALTA DE HURTO, autos que penden de recurso de apelación formulado por el denunciado Carlos Ramón contra la sentencia dictada en fecha 23 de mayo de 2012 por la Sra. Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Instrucción indicado en el encabezamiento en la fecha expresada se dictó Sentencia en cuya parte dispositiva textualmente se dice: " FALLO: CONDENO a Carlos Ramón como autor responsable de una falta de hurto del artículo 623.1 del Código penal, en grado de tentativa, con la pena de multa de 30 días, con una cuota diaria de 2 euros, lo que supone un total de SESENTA EUROS (60 euros), así como al pago de las costas causadas. La multa deberá ser satisfecha en el lazo de 10 días a contar desde la notificación de la sentencia, procediéndose en caso de impago al embargo de sus bienes, y quedando sujeto a la responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias de multa no satisfechas, es decir, quedando sujeto a 15 días de localización permanente.

En materia de responsabilidad civil, CONDENO a Carlos Ramón a indemnizar a Telefónica Telecomunicaciones Públicas S.A. con la cantidad de TRESCIENTOS VEINTISIETE EUROS (327 euros). La indemnización deberá ser satisfecha en el plazo de 10 días a contar desde la notificación de la sentencia, procediéndose en caso de impago al embargo de sus bienes."

SEGUNDO

Notificada dicha resolución a todas las partes interesadas, contra la misma se interpuso recurso de apelación por parte del Sr. Carlos Ramón .

Nnn,.

TERCERO

Admitido a trámite dicho recurso se dio traslado del mismo al resto de las partes personadas, para que en el término legal formularan las alegaciones que tuvieren por conveniente a sus respectivos derechos, con el resultado que es de ver en autos. Evacuado dicho trámite se remitieron a esta Sección Octava de la Audiencia de Barcelona para su enjuiciamiento y...

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