SAP Madrid 256/2013, 17 de Mayo de 2013

JurisdicciónEspaña
Fecha17 Mayo 2013
Número de resolución256/2013

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 11

MADRID

SENTENCIA: 00256/2013

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION UNDECIMA

SENTENCIA Nº

Rollo: RECURSO DE APELACION 636/2012

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. ANTONIO GARCÍA PAREDES

D. CESÁREO DURO VENTURA

Dª. MARGARITA VEGA DE LA HUERGA

En MADRID, a diecisiete de mayo de dos mil trece.

La Sección 11 de la Ilma. Audiencia Provincial de MADRID, ha visto en grado de apelación, los autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 379/2011 del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N. 70 de MADRID seguido entre partes, de una como apelante DÑA. Encarnacion (madre y tutora del menor D. Dimas ) representada por el Procurador D. Patrocinio Sánchez Trujillo, y de otra, como apelado D. Hugo, representado por la Procuradora Dña. María Susana Rodríguez de la Plaza, e interviniendo el MINISTERIO FISCAL, sobre protección derecho al honor.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada.

SEGUNDO

Seguido el juicio por sus trámites legales ante el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N. 70 de MADRID, por el mismo se dictó sentencia con fecha 30 de abril de 2012, cuya parte dispositiva dice:

5.- Todo ello sin especial pronunciamiento en cuanto a las costas.>>

TERCERO

Notificada dicha resolución a las partes, por la representación procesal de DÑA. Encarnacion se interpuso recurso de apelación, alegando cuanto estimó pertinente, que fue admitido en ambos efectos, dándose traslado del mismo a la parte contraria que formuló oposición al recurso. Remitidos los autos originales del juicio a este Tribunal, se señaló para llevar a efecto la deliberación, votación y fallo del mismo el pasado día 16 de mayo de 2013, en que ha tenido lugar lo acordado.

CUARTO

En la tramitación de este procedimiento se han observado las prescripciones legales.

Visto, siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. CESÁREO DURO VENTURA.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

La sentencia de instancia estima parcialmente la demanda interpuesta por D. Hugo y

declara vulnerado su derecho al honor por las afirmaciones y expresiones vertidas por el menor Dimas, condenando a la demandada madre del menor a abonar al actor la cantidad de 1.500 euros y sin pronunciamiento sobre las costas causadas.

Recurre la demandada esta resolución; el recurso se sustenta en primer lugar en la alegación de que se habría vulnerado el artículo 1903 del Código Civil toda vez que los hechos se realizaron por el menor en la red social tuenti, careciendo la madre de conocimientos informáticos por lo que no habría podido evitar el daño causado; en segundo lugar se alega la vulneración del artículo 218 LEC al no haberse pronunciado la sentencia sobre la petición del Ministerio Fiscal de considerar solidaria la responsabilidad de la madre y la del hijo por lo que debió demandarse también al hijo menor; por último se alega error en la valoración de la prueba.

El Ministerio Fiscal se opone al recurso e interesa la confirmación de la sentencia; y en iguales términos se manifiesta la actora argumentando en contra de los motivos del recurso.

SEGUNDO

El primer motivo del recurso no puede ser estimado toda vez que se funda en una alegación que se trae por vez primera al proceso en esta alzada, no siendo bastante la alegación hecha en las conclusiones del acto del juicio oral para...

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