SAP Pontevedra 186/2013, 14 de Mayo de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución186/2013
Fecha14 Mayo 2013

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3

PONTEVEDRA

SENTENCIA: 00186/2013

LA SECCIÓN TERCERA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE PONTEVEDRA, constituida en Tribunal unipersonal por el Magistrado Ilmo. Sr. D. JAIME ESAIN MANRESA, ha pronunciado, EN NOMBRE DEL REY, la siguiente:

S E N T E N C I A Nº: 186/2013

En PONTEVEDRA, a catorce de mayo de dos mil trece.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 003, de la Audiencia Provincial de PONTEVEDRA, los Autos de JUICIO VERBAL 0000706/2011, procedentes del XDO. PRIMEIRA INSTANCIA N. 3 de PONTEVEDRA, a los que ha correspondido el Rollo RECURSO DE APELACION-E (LECN) 0000651/2012

, en los que aparece como parte apelante, "JUAN A. CALZADO COMISARIADO DE AVERIAS, S.A.", representada por el Procurador de los tribunales, Sr. SENEN SOTO SANTIAGO, asistida por el Letrado D. JAIME CARRERA RAFAEL, y como parte apelada, D. Carlos José, representado por la Procuradora de los tribunales, Sra. MARÍA DEL CARMEN VIDAL RODRÍGUEZ, asistido por el Letrado D. VICTOR MANUEL DOMINGUEZ FERNANDEZ, CONSORCIO DE COMPENSACION DE SEGUROS, asistido por el ABOGADO DEL ESTADO, Dª. Claudia y "INEAS ENTIDAD ASEGURADORA", sobre verbal de tráfico, siendo el Magistrado Ponente - constituido como órgano unipersonal el Ilmo. D. JAIME ESAIN MANRESA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 25 de junio de 2012, recayó sentencia en los autos de que se deja hecha mención, cuyo fallo, literalmente dice: "Que desestimando la demanda formulada por el Procuradora de los Tribunales Sra. VIDAL RODRIGUEZ, en nombre y representación de DON Carlos José, respecto del Consorcio de Compensación de Seguros debo absolver y absuelvo al demandado sin hacer expresa imposición de costas y estimándola respecto a DOÑA Claudia y de la entidad JUAN ANTONIO CALZADO COMISARIADO DE AVERIAS S.A. (representante legal en España de la aseguradora holandesa INEAS (Internacional Insurance Corporation (IIC) NV) debo condenar y condeno a las demandadas a que abonen solidariamente al demandante la cantidad de 3.672,76 euros por daños personales y además la entidad representante legal en España de la aseguradora holandesa abonará el interés señalado en la fundamentación jurídica de esta resolución, mientras que la conductora sólo abonará el interés legal desde la reclamación judicial, con imposición a las demandadas de las costas".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación por "JUAN A. CALZADO COMISARIADO DE AVERIAS, S.A.", y conferido traslado a las restantes partes, con emplazamiento por diez días, al objeto de que formularan oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada en lo que resultara desfavorable, por la representación de D. Carlos José y CONSORCIO DE COMPENSACION DE SEGUROS; no formulándose recurso ni oposición e impugnación al mismo por Dª. Claudia y "INEAS ENTIDAD ASEGURADORA".

TERCERO

Remitidos los autos a esta Audiencia con los escritos de interposición al recurso y de impugnación al mismo correspondió su conocimiento a esta Sección, por turno de reparto de fecha 25 de octubre de 2012, sin que por las partes se haya propuesto prueba ni se haya solicitado la celebración de vista.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

Se aceptan los contenidos en la resolución impugnada.

PRIMERO

La sentencia de juicio verbal apelada estimó demanda interpuesta por Carlos José frente a Claudia y a la entidad JUAN ANTONIO CALZADO...

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