SAP Baleares 280/2013, 8 de Julio de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución280/2013
Fecha08 Julio 2013

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3

PALMA DE MALLORCA

SENTENCIA: 00280/2013

S E N T E N C I A Nº 280

En Palma de Mallorca a ocho de julio de dos mil trece.

ILMA. SRA. MAGISTRADA DOÑA CATALINA Mª MORAGUES VIDAL

VISTOS por la Sección Tercera de esta Audiencia Provincial, en grado de apelación, los presentes autos de juicio verbal, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia número 2 de Manacor, bajo el número 839/12, Rollo de Sala núm. 149/13, entre partes, de una como actora-apelante, Telefónica de España SAU, representada por la procuradora Doña Barbará Sansó Ferrer y dirigido por la letrada doña Isabel Martín Ortigosa, y de otra como demandada-apelada, la entidad Netetges Urbanas Illes Balears S.A., representada por la Procuradora doña Pilar Perelló Amengual y dirigida por el letrado don Martín Truyols Bonet.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Manacor, se dictó sentencia en fecha 27 de diciembre de 2012 en los referidos autos, cuyo fallo es del tenor literal siguiente: "Desestimar la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales doña Barbará Sansó Ferrer en nombre y representación de la entidad Telefónica de España SAU frente a la entidad Netetges Urbanes Illes Balears, absolviendo a la demandada de todas las pretensiones formuladas en su contra y con todos los pronunciamientos que le sean favorables. Condénese en costas a la parte actora".

SEGUNDO

Contra la expresada sentencia, y por la representación de la parte actora, se interpuso recurso de apelación. Recibido el juicio verbal en esta Audiencia Provincial, se procedió al reparto del asunto con arreglo a las disposiciones establecidas para esta Sección Tercera, correspondiendo el turno a la Magistrada Doña CATALINA Mª MORAGUES VIDAL.

TERCERO

El presente proceso es un juicio verbal por razón de la cuantía por lo que, con arreglo a lo previsto en el artículo 82.2.1º de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Audiencia se constituye con un solo Magistrado para la resolución del recurso de apelación.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

En fecha 20 de septiembre de 2011 el camión marca MAN, matrícula IB 9277 DB, propiedad de la entidad NETETGES URBANES ILLES BALEARS SA, camión basculante destinado a la recogida selectiva de residuos, al entrar en una zona de aparcamientos de vehículos -sito en la calle Na Llambies de Cala Bona- donde existen puntos de recogida, enganchó la instalación telefónica aérea que por allí discurría resultando roto el cable soporte y partidos tres de los postes sobre los que iban suspendidos los cables. A raíz de dicho siniestro TELEFONICA DE ESPAÑA SAU, luego de reparar los daños, interpuso demanda de juicio verbal contra la entidad propietaria del camión en reclamación de 3.230,19 euros, suma a la que, afirmaba, ascendía el importe de la reparación de los daños causados en dicho siniestro. Opuesta la demandada a la pretensión en su contra deducida, en fecha 27 de diciembre de 2012 recayó sentencia en la primera instancia desestimatoria de la demanda por entender, la jueza "a quo", que la causa del siniestro debe ser imputada a la actora puesto que ha resultado acreditado que los cables siniestrados se hallaban a 3,75 metros, altura inferior a la reglamentada. La meritada resolución constituye el objeto de la presente alzada al haber sido impugnada por la entidad actora...

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