SAP Murcia 331/2013, 16 de Mayo de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución331/2013
Fecha16 Mayo 2013

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

MURCIA

SENTENCIA: 00331/2013

Rollo nº 480/12

Iltmos. Sres.:

D. Carlos Moreno Millán

Presidente

D. Francisco José Carrillo Vinader

D. Juan Antonio Jover Coy

Magistrados

En la ciudad de Murcia, a dieciséis de mayo de dos mil trece.

La Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación los autos de Juicio Ordinario procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 13 de Murcia y seguidos ante el mismo con el nº 768/2010, -rollo nº 480/2012-, entre las partes, actora Tejas Blue, S.L., con domicilio en calle Azarbe del Papel nº 2, con C.I.F. nº B-73370181, representada por la Procuradora Sra. Gómez Gras y dirigida por el Letrado Sr. Romero Martínez; y demandada, D. Diego, mayor de edad, con D.N.I. nº NUM000, y Dª. Olga, mayor de edad, con D.N.I. nº NUM001, representados por el Procurador Sr. Páez Navarro y dirigidos por el Letrado Sr. Hernández Gómez. Versando sobre resolución de contrato de compraventa. Oer

Los referidos autos penden ante esta Audiencia Provincial en virtud de recurso de apelación interpuesto por los demandados contra la sentencia de 9 de enero de 2012, dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 13 de Murcia ; siendo ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Juan Antonio Jover Coy, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

La referida resolución contiene el siguiente fallo: "FALLO: Que estimando la demanda formulada por la representación procesal de TEJAS BLUE SL. contra D. Diego y DÑA. Olga debo declarar y declaro resuelto el contrato de compraventa de fecha 25 de mayo de 2006, con pérdida de las cantidades entregadas a cuenta de la compraventa de la vivienda objeto de autos las cuales ascienden a la cantidad de TREINTA Y TRES MIL EUROS (33.000 #).

Y desestimando la demanda reconvencional formulada por D. Diego y DÑA Olga contra TEJAS BLUE SL. debo absolver y absuelvo a la demandada de la pretensión aducida contra ella.

Se condena a la parte demandada y reconviniente al abono de las costas procesales".

Segundo

Contra dicha sentencia interpusieron D. Diego y Dª. Olga recurso de apelación, que tras tenerse por preparado fue formalizado conforme a lo dispuesto en los artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuic . Civil.

Tercero

Seguidamente se remitieron los autos a esta Audiencia Provincial, donde se formó el correspondiente rollo, con el nº 480/2012, y se señaló el 9 de mayo de 2013 para que tuviera lugar la votación y fallo del recurso, tras lo cual quedó éste visto para sentencia.

Cuarto

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

La mercantil Tejas Blue, S.L., interpuso demanda de Juicio Ordinario solicitando que se declarara resuelto el contrato de compraventa celebrado el 25 de mayo de 2006, con D. Diego y Dª. Olga, cuyo objeto era una vivienda unifamiliar, tipo dúplex, situada en Murcia, La Raya, AVENIDA000 nº NUM002

, Letra NUM003, con pérdida de las cantidades entregadas a cuenta.

Exponía la representación de la actora que en la estipulación tercera del contrato las partes habían pactado que la renuncia a la adquisición de la vivienda o el incumplimiento de las obligaciones contraídas por el adquirente, daría lugar a la resolución del contrato, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 1.504 del Código Civil, quedando en posesión de la promotora la cantidad entregada en concepto de reserva y cualquier otra cantidad entregada a cuenta del precio y del I.V.A.

Decía la representación de la actora que, terminada la obra en plazo, se requirió a los demandados y éstos se negaron al otorgamiento de la escritura pública, alegando distintas excusas, entre las que se...

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