SAP Valencia 477/2013, 3 de Julio de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución477/2013
EmisorAudiencia Provincial de Valencia, seccion 2 (penal)
Fecha03 Julio 2013

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN TERCERA

VALENCIA

ROLLO APELACIÓN PROCEDIMIENTO ABREVIADO NÚM. 196/2013

Juzgado de lo Penal número 3 de Valencia

Procedimiento Abreviado núm. 151/2012

SENTENCIA Nº 477/2013

Iltmos. Sres.:

Presidente

Don Carlos Climent Durán

Magistrados

Doña Mª Carmen Melero Villacañas Lagranja

Doña Lucía Sanz Díaz

______________________________________

En Valencia a tres de julio de dos mil trece.

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Valencia, integrada por los lltmos. Señores anotados al margen, ha visto el presente recurso de apelación en ambos efectos, interpuesto contra la sentencia número 620, de fecha veintiocho de diciembre de dos mil doce, pronunciada por el Juzgado de lo Penal núm. 3 de Valencia, en el Procedimiento Abreviado número 151/12, seguido en el expresado Juzgado por delito de denuncia falsa.

Han sido partes en el recurso, como apelante Santos representado por el procurador D. Vicente Javier García López y defendido por el Letrado D. Vicente López Beneyto; y como apelado Carlos Ramón, representado por la Procuradora Dña. Basilia Puertas Medina y defendido por sí mismo. El Ministerio Fiscal representado por la Ilma. Sra. Fiscal Dña. Leonor Mª Planelles se adhirió al recurso formulado. Ha sido Ponente la lltma. Sra. Magistrada Doña Mª Carmen Melero Villacañas Lagranja.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida, declara probados los hechos siguientes: "El acusado es Carlos Ramón, mayor de edad y sin antecedentes penales. El día 16 de mayo de 2008, el acusado presentó denuncia ante la Fiscalía el T.S.J. de la Comunidad Valenciana y en la que manifestó que el día 19 de septiembre de 2007, el Intendente de la Policía Local de Xirivella, Santos, tras estacionar su vehículo particular, con placas NUM000, en la C/ DIRECCION000 nº NUM001, de Xirivella, fue multado por el agente de Policía Local nº NUM002 al hacerlo de forma irregular; la grúa municipal retiró el vehículo al depósito; después, el Sr. Santos, siguió diciendo el acusado, se personó en el retén de Policía Local y accedió a los ordenadores para borrar la sanción impuesta y la entrada del automóvil en el depósito, manipulando así la base de datos informática de la administración local; tales hechos fueron calificados por el acusado como constitutivos de delitos de abuso de autoridad y estafa de los Arts. 438 y 248 del C. Penal, un delito de malversación del Art. 432 del C. Penal, y un delito de falsedad en documento público del Art. 390 del C. Penal ; además, extendía la imputación al alcalde de la localidad, Ezequias, y al concejal de seguridad ciudadana, policía y medio ambiente, Imanol, en cuanto autores de un delito de omisión del deber de perseguir delitos. La denuncia dio origen al expediente gubernativo NUM004 de la Fiscalía del T.S.J. y al expediente NUM003 de la Fiscalía Provincial de Valencia, que tras practicar diligencias de investigación, resolvió remitir las actuaciones al Juzgado de Instrucción Decano de Mislata para la averiguación de los hechos. A raíz de lo anterior, se incoaron Diligencias Previas nº 3200/08 del Juzgado de Instrucción nº 2, de Mislata. El expediente concluyó con auto de 16 de marzo de 2009 que dispuso el sobreseimiento provisional de las actuaciones; el acusado recurrió en reforma y, luego, en apelación, siendo ambos desestimados; en apelación se dictó auto en sede de la Audiencia Provincial de Valencia, de fecha 12 de enero de 2010, que concluyó en considerar que no había indicio alguno de criminalidad de los delitos imputados. No consta que el acusado persistiera en la acción penal con los recursos a sabiendas de la falsedad de los hechos"

SEGUNDO

El fallo de la sentencia apelada dice: "Debo absolver y absuelvo a Carlos Ramón del delito de ACUSACIÓN y/o DENUNCIA FALSA objeto de imputación en autos como consecuencia de la denuncia presentada en fecha 16 de mayo de 2008 ante la Fiscalía del T.S.J. frente a Santos, y posteriores recursos frente al archivo del proceso en sede de Instrucción ante el Juzgado nº 2, de Mislata, autos de Diligencias Previas 3200/08, y con expresa reserva de acciones civiles a favor del Sr. Santos frente al acusado"

TERCERO

Notificada dicha sentencia a las partes, por Santos se interpuso contra la misma recurso de apelación ante el órgano judicial que la dicto, por los motivos que desarrolla ampliamente en su correspondiente escrito.

CUARTO

Tramitado el...

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