SAP Santa Cruz de Tenerife 466/2012, 19 de Octubre de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución466/2012
Fecha19 Octubre 2012

SENTENCIA

SALA Presidente

D./Dª. JOAQUIN LUIS ASTOR LANDETE

Magistrados

D./Dª. FRANCISCA SORIANO VELA

D./Dª. FERNANDO PAREDES SANCHEZ (Ponente)

En Santa Cruz de Tenerife, a 19 de octubre de 2012.

Esta Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, ha visto en juicio oral y público la presente causa del Apelación sentencia delito número 0000146/2012 procedente del Juzgado de lo Penal Nº 8 de Santa Cruz de Tenerife, que ha dado lugar al Rollo de Sala por el presunto delito de conducción sin licencia o permiso (l.o. 15/2007), contra D. /Dña. Isidro, nacido el NUM008 de 1967, hijo de Ladislao y de Maria, natural de CORRIENTES (ARGENTINA), con domicilio en DIRECCION001, BL. NUM009 NUM010 NUM011 ., con Nº Extranjero (NIE) núm. NUM012, en la que son parte el Ministerio Fiscal, en ejercicio de la acción pública, y el acusado de anterior mención, representado por el/la Procurador/a de los Tribunales D. / Dña. ANA YASMINA CALDERON GONZALEZ y defendido D. /Dña. Desconocido, siendo ponente D. /Dña. FERNANDO PAREDES SANCHEZ quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Por la Ilma Sra. Magistrada, Juez del indicado Juzgado de lo Penal, se dictó sentencia en fecha 13 de febrero de 2012 con los siguientes hechos probados: ÚNICO- "De la prueba practicada ha resultado probado y así se declara que; el acusado Isidro, nacido en Corrientes (Argentina) el día NUM008 de 1.967, con N.I.E. nº NUM012 -, con antecedentes penales computables a efectos de reincidencia, por haber sido condenado por sentencia de fecha 19 de octubre de 2.007, firme en la misma fecha, dictada por el Juzgado de Instrucción nº 4 de Santa Cruz de Tenerife, en la causa 80/07, por un delito de conducción bajo influencia de bebidas alcohólicas o drogas cometido el día 13 de octubre de 2.007, a las penas de multa de cuatro meses, a razón de una cuota diaria de seis euros y privación del derecho a conducir vehícuos a motor y ciclomotores durante ocho meses; por sentencia de 5 de junio de 2.008, firme en la misma fecha, dictada por el Juzgado de Instrucción nº 2 de San Cristóbal de La Laguna, en la causa 48/08, por un delito de conducción con permiso no vigente por pérdida total de puntos, cometido el día 3 de junio de 2.008, a ls penas de 40 días de trabajos en beneficio de la comunidad y multa de dieciseis meses, a razón de una cuota diaria de cuatro euros; por sentencia de 28 de julio de 2.008, firme en fecha 16 de diciembre de 2.008, dictada por el Juzgado de lo Penal nº 6 de Santa Cruz de Tenerife, en la causa Procedimiento Abreviado 510/07, por un delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, cometido el día 22 de septiembre de 2.007, a las penas de multa de ocho meses, a razón de una cuota diaria de seis euros y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante dos años y cuatro meses, y por sentencia de 12 de agosto de 2.009, firme en la misma fecha, dictada por el Juzgado de Instrucción nº 4 de Santa Cruz de Tenerife, en la causa Juicio Rápido 160/09, por un delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, cometido el día 8 de agosto de 2.009, a las penas de multa de ocho meses, a razón de una cuota diaria de seis euros, trabajos en beneficio de la comunidad durante sesenta días y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante veintinueve meses: por sentencia de fecha 13 de noviembre de 2.011, firme en la misma fecha, dictada por el Juzgado de Instrucción nº 1 de San Cristóbal de La Laguna, en la causa Juicio Rápido 152/09, por un delito de conducción sin permiso o reiterado cautelar o definitivamente, cometido el día 11 de noviembre de 2.009, las penas de multa de dieciocho meses y trabajos en beneficio de la comunidad durante cuarenta días; quien sobre las 20,30 horas del día 16 de abril de 2.011, conducía el vehículo tipo Furgón, matrícula XL-....-XL, con la autorización de su propietario Luis Carlos, por la calle San Sebastián de Santa Cruz de Tenerife, sin haber obtenido nunca permiso o licencia de conducción".

Y con el siguiente FALLO: "Que DEBO CONDENAR y CONDENO a Isidro como autor penalmente responsable de un delito contra la seguridad vial, previsto y penado en el art 384.2 del C.P . tras la redacción dada por la L.O. 5/2010, de 22 de junio concurriendo la circunstancia agravante cualifciada de reincidencia del art 22.8 del C.P ., a la pena de prisión de 6 meses con inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y expresa imposición de las costas procesales."

Segundo

Notificada la misma, interpuso contra ella Recurso de Apelación por la representación de D. Isidro, que fue admitido en ambos efectos. El recurso se fundaba en los siguientes motivos: vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva, indebida aplicación de la pena menos favorable al reo, inaplicación del artículo 385...

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