SAP Cantabria 214/2011, 5 de Abril de 2011

PonenteJAVIER DE LA HOZ DE LA ESCALERA
ECLIES:APS:2011:1104
Número de Recurso114/2010
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución214/2011
Fecha de Resolución 5 de Abril de 2011
EmisorAudiencia Provincial - Cantabria, Sección 2ª

SENTENCIA nº 000214/2011

Ilmo. Sr. Presidente.

Don Miguel Carlos Fernandez Diez.

Ilmos. Srs. Magistrados

Don Javier de la Hoz de la Escalera.

Don Bruno Arias Berrioategortua

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En la Ciudad de Santander, a cinco de abril de dos mil once.

Esta Sección Segunda de la Ilma. Audiencia Provincial de Cantabria ha visto en grado de apelación los presentes Autos de juicio Ordinario, núm. 129 de 2009, Rollo de Sala núm. 114 de 2010 procedentes del Juzgado de Primera Instancia núm. Cinco de Torrelavega, seguidos a instancia de Gas Natural S.A., contra

D. José .

En esta segunda instancia ha sido parte apelante D. José, representado por el Procurador Sr. Cuesta Alonso y defendido por el Letrado Sr. Fuentevilla Gómez; y apelada GAS NATURAL SERVICIOS SDG S.A., representado por la Procuradora Sra. Perez del Molino y defendido por la Letrado Sra. Pia Madrazo de Albornoz.

Es ponente de esta resolución el magistrado Ilmo. Sr. don Javier de la Hoz de la Escalera.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Cinco de Torrelavega, y en los autos ya referenciados, se dictó en fecha 30 de Noviembre de 2009 Sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Estimar sustancialmente la demanda presentada por el procurador don Pedro Cruz González en nombre y representación de GAS NATURAL S.A., frente a D. José

, representado por el procurador el procurador doña Reyes Alonso de la Riva y, en consecuencia, estimar los pedimentos 1º,2º,3º,4º,5º y 6º excepto el último inciso del pedimento segundo, sin perjuicio de lo que se acuerde en ejecución de Sentencia, con expresa condena en costas a la parte demandada".

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia la representación de la parte demandada preparó recurso de apelación, que se tuvo por preparado; interpuesto en forma, y dado traslado del mismo a la contraparte, que se opuso al recurso, se elevaron las actuaciones a esta Ilma. Audiencia Provincial, en que se ha deliberado y fallado el recurso en el día señalado.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales salvo el plazo de resolución en razón al número de recursos pendientes y su orden.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se admiten los de la Sentencia de instancia, en tanto no sean contradictorios con los que a continuación se establecen; y

PRIMERO

Don José se alza contra la sentencia del juzgado combatiendo dos concretos pronunciamientos: la condena al pago de deudas futuras como se pedía en el apartado 5º del "suplico" de la demanda, y la imposición de las costas procesales de la primera instancia. Pues bien, la primera de tales cuestiones plantea la legalidad o no de condenar al demandado al pago del consumo de gas que se produzca desde la última lectura reclamada en la demanda hasta la que se efectúe en el momento de retirar el contador en los términos en que se pide en aquel apartado 5º del suplico de la demanda, al que se remite íntegramente el fallo de la recurrida. La cuestión ha sido ya abordada por esta Audiencia en sentencia de 30 de Julio de 2008 en la que se sostuvo que el art. 220 LEC no permite una condena de futuro en esos términos, pues exige en todo caso que se trate de...

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