SAP Almería 125/2013, 26 de Abril de 2013

PonenteJOSE MARIA CONTRERAS APARICIO
ECLIES:APAL:2013:637
Número de Recurso11/2013
ProcedimientoPENAL - APELACION DE JUICIO DE FALTAS
Número de Resolución125/2013
Fecha de Resolución26 de Abril de 2013
EmisorAudiencia Provincial - Almería, Sección 2ª

SENTENCIA Nº 125/13

En Almería, a 26 de abril de 2013.

Vistos en grado de apelación, por la Sección Segunda de esta AUDIENCIA PROVINCIAL constituida en Tribunal Unipersonal, conforme a lo dispuesto por el párrafo segundo del número segundo del artículo 82 de la LEY ORGANICA DEL PODER JUDICIAL, por el Ilmo. Sr. Magistrado D. José María Contreras Aparicio, el Rollo nº 11/13, Juicio de Faltas número 209/09 del Juzgado de Instrucción Núm. 3 de Vera, siendo parte apelante Encarnacion, defendida por el Letrado Borja Fau de Casajuana Alarcón y cuyas demás circunstancias personales constan en la sentencia recurrida.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la Sentencia apelada como relación de trámites y antecedentes del procedimiento.

SEGUNDO

Por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Núm. 3 de Vera, en la referida causa se dictó Sentencia de fecha 28/01/11, cuyos hechos probados son del tenor literal siguiente: " Se declara probado que el día 4 de mayo de 2009, Encarnacion presentó denuncia contra Anton en la que relataba que el denunciado, mientras ella pretendía marcharse del lugar donde trabaja, había colocado su vehículo de tal manera que entorpecía la maniobra del propio vehículo de la denunciante, que a continuación bajó del vehículo y se dirigió al de la denunciante, y aprovechando que éste tenía la ventanilla abierta escupió al interior, alcanzado la cara de la denunciante, propinando acto seguido una patada en la puerta del automóvil de la denunciante, tras lo cual se marchó del lugar".

TERCERO

Dicha Sentencia contiene el siguiente Fallo: " 1. ABSUELVO A Anton de los hechos enjuiciados

  1. Se declaran las costas de oficio".

CUARTO

El recurso deducido fue admitido en ambos efectos.

Se remitieron las actuaciones a este Tribunal donde quedaron conclusas para Sentencia.

HECHOS PROBADOS

Se aceptan los de la sentencia apelada

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Muestra su disconformidad la recurrente con el fallo de la sentencia antes dictada, en cuanto el anterior juzgador incurrió en error en la valoración de la prueba que le llevó al dictado de fallo erróneo, de contenido absolutorio, cuando el correcto hubiera sido de condena al denunciado. Solicita, por tanto, el dictado de nueva sentencia por la que se condena al antes denunciado, hoy apelado como autor de una falta de vejaciones injustas, en los términos solicitados en el acto de juicio de faltas celebrado.

SEGUNDO

Examinado lo obrante en el acta levantada se comprueba que al acto del juicio concurrió exclusivamente la denunciante. Se practicó de tal manera la prueba testifical de la misma. No aportó, ni solicitó, la testifical de la persona...

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