SAP Santa Cruz de Tenerife 11/2013, 9 de Enero de 2013

PonenteFERNANDO PAREDES SANCHEZ
ECLIES:APTF:2013:1107
Número de Recurso6/2011
ProcedimientoPROCEDIMIENTO SUMARIO ORDINARIO
Número de Resolución11/2013
Fecha de Resolución 9 de Enero de 2013
EmisorAudiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife, Sección 2ª

SENTENCIA

SALA

PRESIDENTE:

D. FERNANDO PAREDES SÁNCHEZ ( ponente)

MAGISTRADOS:

D.ª Mª JESÚS GARCÍA SÁNCHEZ

Dª. ARÁNZAZU CALZADILLA MEDINA

En Santa Cruz de Tenerife, a 9 de enero de 2013.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Las diligencias penales de referencia fueron declaradas conclusas y remitidas a esta Audiencia Provincial, habiéndose procedido a su tramitación de conformidad con lo prevenido en las Leyes Procesales, señalándose para la celebración del Juicio Oral el día 5 de noviembre de 2.012, fecha en la que el mismo tuvo lugar en esta Audiencia Provincial, desarrollándose en sucesivas sesiones, la última de las cuales tuvo lugar el día 15 de diciembre de 2012.

SEGUNDO

El Ministerio Fiscal, al elevar a definitivas su escrito de conclusiones provisionales, calificó los hechos como constitutivos de:

  1. Un delito hiperagravado CONTRA LA SALUD PÚBLICA de los artículos 368 y 369.1. 2 ª, 3 ª, 4 ª y 5 ª, y 370.2 º y 3º del Código Penal, en su modalidad de sustancias que causan grave daño a la salud.

  2. Un delito hiperagravado CONTRA LA SALUD PÚBLICA de los artículos 368 y 369.1. 2 ª, 3 ª, 4 ª y 5 ª, y 370.3º del Código Penal, en su modalidad de sustancias que causan grave daño a la salud.

  3. Un delito agravado CONTRA LA SALUD PÚBLICA de los artículos 368 y 369.1. 2 ª, y 4 ª ó 5ª, según los casos, del Código Penal, en su modalidad de sustancias que causan grave daño a la salud.

  4. Un delito CONTRA LA SALUD PÚBLICA del artículo 368 del Código Penal, en su modalidad de sustancias que causan grave daño a la salud.

  5. Un delito de ROBO CON VIOLENCIA E INTIMIDACIÓN EN LAS PERSONAS del artículo 242.1 del Código Penal .

  6. Un delito de EXTORSIÓN del artículo 243 del Código Penal .

  7. Un delito de AMENAZAS, del artículo 169.1º del Código Penal .

  8. Dos delitos relativos a la PROSTITUCIÓN Y CORRUPCIÓN DE MENORES del artículo 187.1 y 3 del Código Penal .

  9. Dos delitos de ABUSO SEXUAL, del artículo 181.1 y 182.1 y 2, en relación con la circunstancia 3ª del artículo 180.1 del Código Penal . j) Un delito de SIMULACIÓN DE DELITO del artículo 457 del Código Penal .

  10. Una CONSPIRACIÓN para cometer un delito de ROBO CON VIOLENCIA E INTIMIDACIÓN EN LAS PERSONAS del artículo 242.1 en relación con el artículo 269, del Código Penal .

  11. Un delito de TENENCIA ILÍCITA DE ARMAS DE FUEGO, del artículo 564.1.1º del Código Penal .

  12. Una falta de LESIONES del artículo 617.1 del Código Penal .

  13. Un delito atenuado CONTRA LA SALUD PÚBLICA del artículo 368, párrafo segundo (conforme a la redacción dada por la Ley Orgánica 5/2.010, de 22 de junio ) en su modalidad de sustancias que causan grave daño a la salud.

El procesado Emilio Narciso es autor de los siguientes delitos, en todos los casos conforme al artículo 28 del Código Penal :

Un delito hiperagravado CONTRA LA SALUD PÚBLICA de los artículos 368 y 369.1. 2 ª, 3 ª, 4 ª y 5 ª, y 370.2 º y 3º del Código Penal, en su modalidad de sustancias que causan grave daño a la salud (delito a).

Un delito de ROBO CON VIOLENCIA E INTIMIDACIÓN EN LAS PERSONAS del artículo 242.1 del Código Penal (delito f).

Un delito de EXTORSIÓN del artículo 243 del Código Penal (delito g).

Un delito de AMENAZAS, del artículo 169.1º del Código Penal (delito h).

Dos delitos relativos a la PROSTITUCIÓN Y CORRUPCIÓN DE MENORES del artículo 187.1 y 3 del Código Penal (delito i).

Una CONSPIRACIÓN para cometer un delito de ROBO CON VIOLENCIA E INTIMIDACIÓN EN LAS PERSONAS del artículo 242.1 en relación con el artículo 269, del Código Penal .

Un delito de TENENCIA ILÍCITA DE ARMAS DE FUEGO, del artículo 564.1.1º del Código Penal . (delito

l).

Una falta de LESIONES del artículo 617.1 del Código Penal (infracción m).

El procesado Borja Ovidio es autor de los siguientes delitos, en todos los casos conforme al artículo 28 del Código Penal :

Un delito hiperagravado CONTRA LA SALUD PÚBLICA de los artículos 368 y 369.1. 2 ª, 3 ª, 4 ª y 5 ª, y 370.3º del Código Penal, en su modalidad de sustancias que causan grave daño a la salud (delito b).

Un delito de ROBO CON VIOLENCIA E INTIMIDACIÓN EN LAS PERSONAS del artículo 242.1 del Código Penal (delito f).

Un delito de EXTORSIÓN del artículo 243 del Código Penal (delito g).

Un delito de AMENAZAS, del artículo 169.1º del Código Penal (delito h).

Dos delitos relativos a la PROSTITUCIÓN Y CORRUPCIÓN DE MENORES del artículo 187.1 y 3 del Código Penal (delito i).

Una CONSPIRACIÓN para cometer un delito de ROBO CON VIOLENCIA E INTIMIDACIÓN EN LAS PERSONAS del artículo 242.1 en relación con el artículo 269, del Código Penal .

Un delito de TENENCIA ILÍCITA DE ARMAS DE FUEGO, del artículo 564.1.1º del Código Penal . (delito

l).

Una falta de LESIONES del artículo 617.1 del Código Penal (infracción m).

El procesado Virgilio Iñigo es autor de los siguientes delitos, en todos los casos conforme al artículo 28 del Código Penal :

Un delito hiperagravado CONTRA LA SALUD PÚBLICA de los artículos 368 y 369.1. 2 ª, 3 ª y 4 ª, y 370.2º del Código Penal, en su modalidad de sustancias que causan grave daño a la salud (delito b).

Un delito de EXTORSIÓN del artículo 243 del Código Penal (delito g).

Un delito de AMENAZAS, del artículo 169.1º del Código Penal (delito h). El procesado Severiano Alexander es autor de los siguientes delitos, en todos los casos conforme al artículo 28 del Código Penal :

Un delito hiperagravado CONTRA LA SALUD PÚBLICA de los artículos 368 y 369.1. 2 ª, 3 ª y 4 ª, y 370.2º del Código Penal, en su modalidad de sustancias que causan grave daño a la salud (delito b).

Un delito de ROBO CON VIOLENCIA E INTIMIDACIÓN EN LAS PERSONAS del artículo 242.1 del Código Penal (delito f).

Una falta de LESIONES del artículo 617.1 del Código Penal (infracción m).

La procesada Aida Silvia es autora de los siguientes delitos, en todos los casos conforme al artículo 28 del Código Penal :

Un delito agravado CONTRA LA SALUD PÚBLICA de los artículos 368 y 369.1. 2 ª, y 5ª, del Código Penal, en su modalidad de sustancias que causan grave daño a la salud (delito c).

Dos delitos relativos a la PROSTITUCIÓN Y CORRUPCIÓN DE MENORES del artículo 187.1 y 3 del Código Penal (delito i).

La procesada Enma Micaela es autora de los siguientes delitos, en todos los casos conforme al artículo 28 del Código Penal :

Dos delitos relativos a la PROSTITUCIÓN Y CORRUPCIÓN DE MENORES del artículo 187.1 y 3 del Código Penal (delito i).

La procesada Leocadia Juana es autora de los siguientes delitos, en todos los casos conforme al artículo 28 del Código Penal :

Un delito agravado CONTRA LA SALUD PÚBLICA de los artículos 368 y 369.1. 2ª, del Código Penal, en su modalidad de sustancias que causan grave daño a la salud (delito c).

El procesado Armando Julio es autor de los siguientes delitos, en todos los casos conforme al artículo 28 del Código Penal :

Un delito agravado CONTRA LA SALUD PÚBLICA de los artículos 368 y 369.1. 2 ª, y 4ª, del Código Penal, en su modalidad de sustancias que causan grave daño a la salud (delito c).

La procesada Victoria Valle es autora de los siguientes delitos, en todos los casos conforme al artículo 28 del Código Penal :

Un delito agravado CONTRA LA SALUD PÚBLICA de los artículos 368 y 369.1. 2 ª, y 4ª, del Código Penal, en su modalidad de sustancias que causan grave daño a la salud (delito c).

El procesado Fernando Segundo es autor de los siguientes delitos, en todos los casos conforme al artículo 28 del Código Penal :

Un delito de ROBO CON VIOLENCIA E INTIMIDACIÓN EN LAS PERSONAS del artículo 242.1 del Código Penal (delito f).

Una CONSPIRACIÓN para cometer un delito de ROBO CON VIOLENCIA E INTIMIDACIÓN EN LAS PERSONAS del artículo 242.1 en relación con el artículo 269, del Código Penal (delito k).

Una falta de LESIONES del artículo 617.1 del Código Penal (infracción m).

El procesado Augusto Geronimo es autor de los siguientes delitos, en todos los casos conforme al artículo 28 del Código Penal :

Un delito agravado CONTRA LA SALUD PÚBLICA de los artículos 368 y 369.1.2ª del Código Penal, en su modalidad de sustancias que causan grave daño a la salud (delito c).

Un delito de ROBO CON VIOLENCIA E INTIMIDACIÓN EN LAS PERSONAS del artículo 242.1 del Código Penal (delito f).

Una CONSPIRACIÓN para cometer un delito de ROBO CON VIOLENCIA E INTIMIDACIÓN EN LAS PERSONAS del artículo 242.1 en relación con el artículo 269, del Código Penal (delito k).

Un delito de SIMULACIÓN DE DELITO del artículo 457 del Código Penal (delito j).

Una falta de LESIONES del artículo 617.1 del Código Penal (infracción m). La procesada Candelaria Amanda es autora de los siguientes delitos, en todos los casos conforme al artículo 28 del Código Penal :

Un delito agravado CONTRA LA SALUD PÚBLICA de los artículos 368 y 369.1. 2ª, del Código Penal, en su modalidad de sustancias que causan grave daño a la salud (delito c).

Los procesados Balbino Pelayo, Leonardo Luis, Florentino Iñigo, Roque Eugenio, Everardo Justiniano, Dulce Sabina, Camila Beatriz, Antonio Indalecio y Bernabe Alexander son autor de los...

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