SAP Alicante 389/2013, 29 de Octubre de 2013

PonenteJAVIER MARTINEZ MARFIL
ECLIES:APA:2013:3910
Número de Recurso16/2011
ProcedimientoPENAL - PROCEDIMIENTO ABREVIADO/SUMARIO
Número de Resolución389/2013
Fecha de Resolución29 de Octubre de 2013
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 10ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN DECIMA

ALICANTE

Plaza DEL AYUNTAMIENTO,

Tfno: 965.93.61.62 - 965.93.61.63

Fax..: 965.93.61.35;

email..:alap10_ali@gva.es

NIG: 03014-37-1-2011-0001061

Procedimiento: PROCEDIMIENTO ABREVIADO Nº 000016/2011- TRÁMITE - Dimana del Procedimiento Abreviado Nº 000087/2009

Del JUZGADO DE INSTRUCCION NUMERO 4 DE ALICANTE

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Ilmos/as. Sres/as.:

Presidente

  1. Javier Martínez Marfil

    Magistrados/as

  2. Jesús Gómez Angulo Rodríguez

    Dª. Mª Margarita Esquiva Bartolome

    ===========================

    SENTENCIA Nº 000389/2013

    En Alicante, a veintinueve de octubre de dos mil trece.

    VISTA en juicio oral y público, los días tres, cuatro, nueve, diez y once de julio de dos mil trece, por la Audiencia Provincial, Sección Décima, de esta capital, integrada por los Iltmos. Sres. del margen, la causa procedente del Juzgado de Instrucción de Alicante nº 4, por un delito de MALVERSACIÓN CAUDALES PÚBLICOS, FRAUDE, EXACCIONES ILEGALES, FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTO PÚBLICO contra los acusados:

    Berta con D.N.I. NUM000, nacida en Alicante, el NUM001 /62, hija de Isaac y de Felisa, representada por el procurador José Antonio Saura Ruiz y defendida por el letrado Joaquín Galant Ruiz.

    Natividad con D.N.I. NUM002, nacido en, el NUM003 /53, hijo de Pedro y de María Antonieta, representada por el procurador David Giner Polo y defendida por el letrado Manuel Aliaga Chorro. Adolfina con D.N.I. NUM004, nacida en Alicante, el NUM005 /79, hija de Jose Enrique y de Dulce

    . Representada por el procurador Eva Miguel Jordan y defendida por el letrado Juan Manuel Albarracin Segui.

    Lorena con D.N.I. NUM006, nacida en Alicante el NUM007 /77, hija de Jose Enrique y Dulce . Representada por la procuradora Pilar Fuentes Tomas y defendida por la letrada Lola de Mora Granados.

    María Dolores con D.N.I. NUM008, nacida el NUM009 /24, hija de Arturo y de Alicia . Representada por el procurador José Mª Saura Estruch y defendida por el letrado Bernardo Alcaraz Pérez-Sales.

    Elisabeth con D.N.I. NUM010, nacida en Alicante, el NUM011 /52, hijo de Eliseo y de Dulce . Representada por la procuradora Carolina Marti Saez y defendida por la letrada Eva Alos Cia.

    Hugo con D.N.I. NUM012, nacido en Alicante, el NUM013 /63, hijo de Miguel y de Teodora

    . Representado por el procurador José Antonio Saura Ruiz y defendido por la letrada Mª del Valle Galant Herrero.

    Gloria con D.N.I. NUM014, nacido en Murcia, el NUM015 /33, hijo de Jesús Manuel y de Enriqueta . Representado por el procurador José Antonio Saura Ruiz y defendida por la letrada Mª del Valle Galant Herrero.

    Alonso con D.N.I. NUM016, nacido el NUM017 /29, hijo de Isaac y de Ofelia . Representado por el procurador José Antonio Saura Ruiz y defendido por la letrada Mª del Valle Galant Herrero.

    Marí Jose, con D.N.I. NUM018, nacida en Alicante, el NUM019 /32, hijo de Aurelia y de Ezequias . Representada por el procurador José Antonio Saura Ruiz y defendida por la letrada Mª del Valle Galant Herrero.

    En cuya causa actuó como acusación particular la Agencia Estatal Tributaria representado por el Abogado del Estado ; asimismo, como parte acusadora el MINISTERIO FISCAL, representado por el Fiscal Ilmo. D. Antonio López Nieto; Actuando como Ponente, el Magistrado Ilmo. Don Javier Martínez Marfil de esta Sección Décima, que expresa el parecer de la Sala.

I - ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Desde sus Diligencias Previas núm. 117/2008 el Juzgado de Instrucción núm. 4 de Alicante, instruyó su Procedimiento Abreviado núm. 87/09, en el que fueron acusados Berta, Natividad, Adolfina, Lorena, María Dolores, Elisabeth, Hugo, Gloria, Alonso y Marí Jose, por unos delitos de Malversación Caudales Públicos, Fraude, Exacciones Ilegales y Falsificación de Documentos Públicos, antes de que dicho procedimiento fuera elevado a esta Audiencia Provincial para continuar la correspondiente tramitación en el presente Rollo de Sala núm. 16/11 de esta Sección Décima.

SEGUNDO

El MINISTERIO FISCAL, en sus conclusiones definitivas, calificó los hechos como constitutivos de los siguientes delitos:

  1. De un delito continuado de malversación de caudales públicos del artículo 432 apartados 1 y 2 en relación con el artículo 74, ambos del C.P ., y de un delito continuado de fraude y exacciones ilegales del artículo 436 en relación con el artículo 74, ambos del C.P .; quedando el segundo en concurso medial del artículo 77 del C.P . respecto del primero.

    Alternativamente, si no se estimara que los hechos integraran las figuras delictivas de la malversación y del fraude y exacciones ilegales antes mencionados, al entender que ese metálico no tiene la consideración jurídica de dinero público, serían constitutivos de un delito continuado de fraude y exacciones ilegales del artículo 438 del C.P . en relación con el artículo 74 del C.P . en relación con un delito continuado de estafa de los artículos 248, 249 y 250 nº 4 º y 6º en relación con el artículo 74, todos ellos del C.P ..

  2. De un delito continuado de falsificación de documento público u oficial del artículo 390 apartado 1 nº 1 º, 2 º, 3 º y 4º, en relación con el artículo 74, todos ellos del C.P .

    Estos delitos de los apartados a ) y b) concurren en concurso medial del artículo 77 del Código Penal, penándose con una única pena al resultar más favorable.

  3. De un delito de insolvencia punible del artículo 258 en relación con el artículo 257 apartado 1 nº 1 º y 2 º y apartado 2 del C.P .

    Identifica a los acusados como autores de los siguientes delitos: - De los delitos de malversación de caudales públicos, de fraudes y exacciones ilegales y de estafa del apartado a), es autora material la acusada Berta, y autores por cooperación necesaria el resto de los acusados.

    Del delito del apartado b), es autora la acusada Berta .

    - Del delito del apartado c), son autores los acusados Esmeralda, Hugo, Elias, Reyes, Natividad, y Marí Jose .

    1. ) Concurre la atenuante de reparación del daño del artículo 21 nº 5º del C.P ., en los delitos de malversación de caudales públicos, de fraudes y exacciones ilegales y de estafa del apartado a), respecto del acusado Hugo .

    2. ) Procede la imposición de las siguientes penas:

      - A la acusada Esmeralda, por los delitos de malversación de caudales públicos, fraude y exacciones ilegales y falsificación de documento público y oficial de los apartados a) y b), la pena de 8 años de prisión, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo por igual tiempo y de inhabilitación especial para empleo o cargo público, y para la profesión u oficio de desempeñar cargos de administración o representación de sociedades, y para contratar con administraciones públicas y obtener concesiones o subvenciones de las mismas durante el mismo periodo de tiempo, e inhabilitación absoluta por tiempo de 20 años.

      - Al acusado Ruperto, por los delitos de malversación de caudales públicos, fraude y exacciones ilegales del apartado a), la pena de 7 años de prisión, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo por igual tiempo y de inhabilitación especial para empleo o cargo público, y para la profesión u oficio de desempeñar cargos de administración o representación de sociedades, y para contratar con administraciones públicas y obtener concesiones o subvenciones de las mismas durante el mismo periodo de tiempo, e inhabilitación absoluta por tiempo de 15 años.

      - A los acusados Natividad, Adolfina, Lorena, María Dolores, Reyes, Elisabeth, Gloria

      , Alonso, Elias, y Marí Jose, al amparo de lo dispuesto en el artículo 65 apartado 3 del C.P ., por los delitos de malversación de caudales públicos, fraude y exacciones ilegales del apartado a), la pena de 4 años de prisión, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo por igual tiempo y de inhabilitación especial para empleo o cargo público, y para la profesión u oficio de desempeñar cargos de administración o representación de sociedades, y para contratar con administraciones públicas y obtener concesiones o subvenciones de las mismas durante el mismo periodo de tiempo, e inhabilitación absoluta por tiempo de 8 años.

      - Al acusado Hugo, al amparo de lo dispuesto en el artículo 65 apartado 3 del C.P ., y en aplicación de la atenuante antes mencionada, por los delitos de malversación de caudales públicos, fraude y exacciones ilegales del apartado a), la pena de 2 años de prisión, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo por igual tiempo y de inhabilitación especial para empleo o cargo público, y para la profesión u oficio de desempeñar cargos de administración o representación de sociedades, y para contratar con administraciones públicas y obtener concesiones o subvenciones de las mismas durante el mismo periodo de tiempo, e inhabilitación absoluta por tiempo de 4 años.

      Según la calificación efectuada de forma alternativa, procedería la imposición de las siguientes penas:

      - A la acusada Esmeralda, por los delitos fraude y exacciones ilegales en relación con la estafa y falsificación de documento público y oficial de los apartados a) y b), la pena de 6 años de prisión, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo por igual tiempo y de inhabilitación especial para empleo o cargo público, y para la profesión u oficio de desempeñar cargos de administración o representación de sociedades, y para contratar con administraciones públicas y obtener concesiones o subvenciones de las mismas durante el mismo periodo de tiempo, y multa de 12 meses a razón de 20 euros de cuota diaria.

      - Al acusado Ruperto, por los delitos fraude y exacciones ilegales en relación con la estafa del apartado a), la pena de 5 años y 6 meses de prisión, con las accesorias de inhabilitación especial para...

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