SAP Zamora 229/2013, 18 de Diciembre de 2013

PonenteMARIA DEL CARMEN PAZOS MONCADA
ECLIES:APZA:2013:406
Número de Recurso221/2013
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución229/2013
Fecha de Resolución18 de Diciembre de 2013
EmisorAudiencia Provincial - Zamora, Sección 1ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE

Z A M O R A

Rollo nº: RECURSO DE APELACIÓN 221/2013

Nº Procd. Civil : 47/2013

Procedencia : Primera Instancia de ZAMORA Nº 4

Tipo de asunto : JUICIO VERBAL

---------------------------------------------------------La Magistrada Ponente constituida como órgano unipersonal la Ilma. Dª. CARMEN PAZOS

MOMCADA, ha pronunciado

E N N O M B R E D E L R E Y

la siguiente

S E N T E N C I A Nº 229

-----------------------En la ciudad de ZAMORA, a dieciocho de diciembre de dos mil trece.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 001, de la Audiencia Provincial de ZAMORA, los Autos de JUICIO VERBAL Nº 47/2013, procedentes del JDO. 1A. INST. Nº. 4 de ZAMORA, a los que ha correspondido el Rollo RECURSO DE APELACION (LECN) Nº 221/2013, en los que aparece como parte apelante, Dª. Nicolasa, representada por la Procuradora de los tribunales, Dª. Mª DEL CARMEN DE SOTO MICHINEL, asistida por la Letrada Dª. BEGOÑA TURIEL VARA, y como parte apelada, la mercantil IDR FINANCE IRELAND LIMITED, representada por el Procurador de los tribunales, D. JUAN MANUEL GAGO RODRÍGUEZ, asistida por la Letrada Dª. CRISTINA DOMINGO GARCÍA.

A N T E C E D E N T E S D E H E C H O
PRIMERO

Por el JDO. 1A. INST. Nº.4 de ZAMORA se dictó sentencia de fecha 29 de mayo de 2013, cuya parte dispositiva, dice: "FALLO: ACUERDO: ESTIMAR la DEMANDA INTERPUESTA POR el procurador Sr. Gago Rodríguez, en representación de IDR FINANCE IRELAND LIMITES, CONDENANDO A Dª Nicolasa a 4.451,48 #, más intereses legales. Se le imponen las costas".

SEGUNDO

Contra mencionada resolución interpuso la parte demandada el presente recurso de apelación que fue sustanciado en la instancia de conformidad con lo establecido en el art. 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil ; se elevaron los autos, correspondiendo a esta Audiencia su resolución, dando lugar a la formación del presente rollo y, no habiéndose celebrado vista pública ni solicitado práctica de prueba, se pasaron los autos al Magistrado designado para conocer del recurso el día 5 de diciembre de 2013. TERCERO .- En la tramitación del recurso se han observado y cumplido todas las prescripciones de carácter legal.

F U N D A M E N T O S DE D E R E C H O
PRIMERO

A la demanda de monitorio interpuesta por IDR FINANCE IRELAND LIMITED se opuso Dª . Nicolasa alegando que "no es cierto que se adeude a la peticionaria la cantidad por ella reclamada en el presente procedimiento". Consecuencia de la oposición fue el juicio Verbal que pasó a celebrarse con posterioridad, en el que la demandada opuso falta de legitimación pasiva, falta de identificación del crédito así como la existencia de cláusulas abusivas en el contrato de préstamo.

La Sentencia estima la demanda y es recurrida por Dª Nicolasa, quien reitera la excepción de falta de legitimación activa por defectos en el documento de cesión de crédito que legitima a la actora, por la falta de comunicación a la demandada de dicha transmisión y por inexistencia de la deuda al no estar suficientemente acreditada. Interesa de la sala la desestimación íntegra de la demanda. Al recurso se opone la parte actora basándose en la fuerza especial que tiene la valoración de la prueba por la Juzgadora de Instancia.

SEGUNDO

Es doctrina seguida en las resoluciones de la mayoría de las Audiencias que, cuando el procedimiento a seguir en caso de oposición al Procedimiento monitorio y por la cuantía del asunto no sea el Ordinario sino el verbal, el juicio declarativo subsiguiente se halla mediatizado tanto por la petición inicial como por la oposición frente a ella planteada, por cuanto no existe emplazamiento como en el Ordinario para plantear demanda, sino que directamente se cita a las partes a la vista del juicio verbal, adquiriendo por tanto especial relevancia tanto la petición...

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