SAP Madrid 341/2013, 29 de Noviembre de 2013

PonenteANGEL GALGO PECO
ECLIES:APM:2013:20350
Número de Recurso381/2012
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución341/2013
Fecha de Resolución29 de Noviembre de 2013
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 28ª

Audiencia Provincial Civil de Madrid

Sección Vigesimoctava

C/ Gral. Martínez Campos, 27 - 28010

Tfno.: 914931988

37007740

N.I.G.: 28.079.00.2-2012/0006535

Rollo de apelación nº 381/2012

Materia: Transporte terrestre

Órgano judicial de procedencia: Juzgado de lo Mercantil nº 6 de Madrid

Autos de origen: Juicio ordinario nº 283/2008

Parte apelante: JOHNSON ESPAÑA DIVISIÓN CONSUMO, S.L.

Procurador/a: D. Jorge Laguna Alonso

Letrado/a: D. Darío E. Corredoira Delgado

Parte apelada: MEDITERRÁNEA URGENTE, S.L.

Procurador/a: D. Fernando García Sevilla

Letrado: D. Mario Pérez Garrigues

SENTENCIA Nº 341/2013

En Madrid, a 29 de noviembre de 2013.

En nombre de S.M. el Rey, la Sección Vigésima Octava de la Audiencia Provincial de Madrid, especializada en materia mercantil, integrada por los ilustrísimos señores magistrados D. Ángel Galgo Peco,

D. Gregorio Plaza González y D. Alberto Arribas Hernández ha visto en grado de apelación, bajo el nº de rollo 381/2012, los autos del procedimiento nº 283/2008, provenientes del Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid.

Las partes han actuado representadas y con la asistencia de los profesionales identificados en el encabezamiento de la presente resolución.

A N T E C E D E N T E S D E H E C H O
PRIMERO

Las actuaciones procesales se iniciaron mediante demanda presentada con fecha 11 de abril de 2008 por la representación de MEDITERRÁNEA URGENTE, S.L. contra JOHNSON ESPAÑA DIVISIÓN CONSUMO, S.L., en la que, tras exponer los hechos que estimaba de interés y alegar los fundamentos jurídicos que consideraba que apoyaban su pretensión, suplicaba al Juzgado que dictase sentencia por la que se condenase a la demandada al pago de 3.349,78 euros de principal, más intereses legales desde la fecha de la interposición de la demanda de proceso monitorio previa al presente proceso y costas procesales.

SEGUNDO

Tras seguirse el juicio por sus trámites correspondientes el Juzgado de lo Mercantil dictó sentencia, con fecha 9 de julio de 2009, cuyo fallo es el siguiente: "Que estimando íntegramente la demanda seguida a instancia de MEDITERRÁNEA URGENTE, S.L., representada por el procurador Sr. García Sevilla y asistida del letrado D. Mario Pérez Garrigues, contra la mercantil JOHNSON ESPAÑA DIVISIÓN CONSUMO, S.L., representada por el procurador Sr. Laguna Alonso y asistido del letrado D. Darío Eugenio Corredoira Delgado, debo condenar y condeno a la demandada a abonar a la actora la cantidad de tres mil trescientos cuarenta y nueve euros con setenta y ocho céntimos (3.348,78.-), debiendo incrementarse dicha cantidad en el interés legal del dinero desde la reclamación inicial del proceso monitorio del que deriva el presente proceso declarativo, con imposición de costas a la parte demandada".

TERCERO

Publicada y notificada dicha resolución a las partes litigantes, por la representación de la demandada se interpuso recurso de apelación, el cual fue tramitado en legal forma, con oposición de la contraria. Recibidos los autos en esta Audiencia el 3 de mayo de 2012, se formó el presente rollo. La deliberación, votación y fallo del asunto se realizó con fecha 28 de noviembre de 2013.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

Ha actuado como ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Ángel Galgo Peco, que expresa el parecer del Tribunal.

F U N D A M E N T O S D E D E R E C H O
PRIMERO

ANTECEDENTES RELEVANTES E IDENTIFICACIÓN DE LAS RAZONES DEL RECURSO

  1. - La presente litis trae causa de la demanda interpuesta por MEDITERRÁNEA URGENTE, S.L. (en lo sucesivo, "MEDUR") contra JOHNSON ESPAÑA DIVISIÓN CONSUMO, S.A. (en lo sucesivo, "JOHNSON") en reclamación del importe pendiente de pago de cuatro facturas correspondientes a servicios de transporte, estando fechada la primera el 31 de diciembre de 2006 y la última el 31 de agosto de 2007. Junto con dicho importe se solicitaban también los intereses al tipo legal devengados desde la fecha de interposición de la demanda de juicio monitorio que precedió al presente expediente.

  2. - El Juzgado de lo Mercantil dictó sentencia estimando íntegramente la demanda, al considerar acreditados los hechos en los que se basaban las pretensiones actoras.

  3. - Disconforme con tal decisión, JOHNSON interpuso recurso de apelación. El recurso se estructura en dos apartados, aunque ambos responden a un mismo hilo discursivo. Lo que viene a sostener JOHNSON, en esencia, es que la acción para la reclamación de los portes correspondientes a los servicios reflejados en la primera de las facturas aportadas de contrario está prescrita, solicitando, en consecuencia, que se le exima del pago de tal suma.

SEGUNDO

LA CUESTIÓN RELATIVA A LA INTERRUPCIÓN DEL PLAZO DE PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PARA RECLAMAR EL IMPORTE CONTROVERTIDO

  1. - El debate, en esta segunda instancia, se centra en la cuestión de si la acción para la reclamación de los portes reflejados en la factura número 14209, por importe de 2.577,48 euros, debe considerarse extemporáneamente ejercitada atendido el plazo de prescripción de seis meses que tiene señalada en el artículo 951 del Código de Comercio .

  2. - Como antecedentes imprescindibles para la resolución de la cuestión podemos señalar los siguientes:

    5.1.- La factura está datada el 31 de diciembre de 2006. Las partes tenían...

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