SAP Madrid 39/2014, 31 de Enero de 2014
Ponente | CARLOS LOPEZ-MUÑIZ CRIADO |
ECLI | ES:APM:2014:558 |
Número de Recurso | 285/2013 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 39/2014 |
Fecha de Resolución | 31 de Enero de 2014 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 25ª |
Audiencia Provincial Civil de Madrid
Sección Vigesimoquinta
C/ Ferraz, 41 - 28008
Tfno.: 914933866
37007740
N.I.G.: 28.079.00.2-2013/0004910
Recurso de Apelación 285/2013
O. Judicial Origen: Juzgado de 1ª Instancia nº 91 de Madrid
Autos de Procedimiento Ordinario 879/2011
APELANTE Y DEMANDADO: Dña. Sofía
PROCURADOR D. IGNACIO GOMEZ GALLEGOS
APELADO Y DEMANDANTE: C.P. C/ DIRECCION000 NUM000 DE MADRID
PROCURADOR: Dña. MARIA ROSARIO FERNANDEZ MOLLEDA
SENTENCIA Nº 39/2014
TRIBUNAL QUE LO DICTA :
ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:
D. JOSÉ MARÍA GUGLIERI VÁZQUEZ
D. ANGEL LUIS SOBRINO BLANCO
D. CARLOS LÓPEZ MUÑIZ CRIADO
En Madrid, a treinta y uno de enero de dos mil catorce.
La Sección Vigesimoquinta de la Ilma. Audiencia Provincial de esta Capital, constituida por los Sres. que al margen se expresan, ha visto en trámite de apelación los presentes autos civiles Procedimiento Ordinario 879/2011 seguidos en el Juzgado de 1ª Instancia nº 91 de Madrid a instancia de D./Dña. Sofía apelante - demandado, representado por el Procurador IGNACIO GOMEZ GALLEGOS contra C.P. C/ DIRECCION000 NUM000 DE MADRID apelado - demandante, representado por la Procurador MARIA ROSARIO FERNANDEZ MOLLEDA ; todo ello en virtud del recurso de apelación interpuesto contra Sentencia dictada por el mencionado Juzgado, de fecha 18/01/2012 .
VISTO, Siendo Magistrado Ponente D. CARLOS LÓPEZ MUÑIZ CRIADO
Por Juzgado de 1ª Instancia nº 91 de Madrid se dictó Sentencia de fecha 18/01/2012, cuyo fallo es el tenor siguiente: Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la Comunidad de Propietarios del edificio sito en la DIRECCION000 número NUM000 de Madrid CONTRA don/doña Sofía, debo condenar y condeno a la citada demandada a abonar a la actora la cantidad de 24.404,10 euros, cantidad que devengará el interés legal desde la fecha de la presentación de la demanda, conforme a lo dispuesto en los artículos 1.100 y 1.108 CC, y el del artículo 576 LEC desde la presente resolución, ello con expresa imposición a la parte demandada de las costas causadas..
Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, que fue admitido, y dándose traslado a la parte contraria presentó en tiempo y forma escrito de oposición al recurso entablado, en su virtud, previos los oportunos emplazamientos, se remitieron las actuaciones a esta Sección, sustanciándose el recurso por sus trámites legales y señalándose deliberación, votación y fallo para el día 29 de enero de 2014.
La sentencia de primera instancia rechazó las excepciones opuestas por la parte demandada a la reclamación de cuotas impagadas de comunidad de propietarios planteada por la demandante porque, no habiendo impugnado el deudor el acuerdo tomado en la Junta de propietarios celebrada el día 4 de abril de 2011, se opone a la pretensión actora diciendo que el mencionado acuerdo le es perjudicial, lo cual debió interesar impugnando el acuerdo en plazo, aunque fuese mediante reconvención, ejercitando la acción oportuna, que está caducada.
Recurre la parte demandada reprochando que no se haya entrado en el fondo de los motivos alegados, e insiste en que la razón de no haber pagado las cuotas reclamadas está en que nunca se han justificado ni liquidado los saldos deudores, y por...
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