SAP La Rioja 80/2013, 17 de Julio de 2013

PonenteMARIA DEL CARMEN ARAUJO GARCIA
ECLIES:APLO:2013:415
Número de Recurso2/2013
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución80/2013
Fecha de Resolución17 de Julio de 2013
EmisorAudiencia Provincial - La Rioja, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

LOGROÑO

SENTENCIA: 00080/2013

AUDIENCIA PROVINCIAL DE LOGROÑO

Sección nº 001

Rollo : 0000002 /2013

Órgano Procedencia: JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.1 de CALAHORRA

Proc. Origen: APELACION DE FALTAS JDO.PAZ nº /

SENTENCIA Nº 80 DE 2013

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ILMOS/AS SR./SRAS

Presidente:

D. ALFONSO SANTISTEBAN RUIZ

Magistrados:

Dª CARMEN ARAUJO GARCIA

D. FERNANDO SOLSONA ABAD

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En LOGROÑO, a diecisiete de Julio de dos mil trece.

VISTA en juicio oral y publico la presente causa penal seguida por delito contra la Salud Pública, Rollo de la Sala 2/2013, dimanante del Procedimiento Abreviado nº 49/2012 del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 1 de Calahorra, seguida contra el acusado D. Jose Ignacio, mayor de edad, nacido en Marruecos, el día NUM000 de 1977, hijo de Adolfo y Constanza, NIE NUM001, domicilio en C/ DIRECCION000 nº NUM002 de Quel (La Rioja), en libertad por esta causa, cuya solvencia o insolvencia no consta ; representado por la procuradora Dª CARMEN MIRANDA ADAN y asistido por el letrado D. PEDRO RUBIO ROYO; siendo parte acusadora publica el Ministerio Fiscal, y ponente la Ilma. Sra. Magistrado Dª CARMEN ARAUJO GARCIA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que, por auto de fecha 19 de septiembre de 2012, el Juzgado de Instrucción nº 1 de Calahorra (La Rioja) acordó transformar en Procedimiento Abreviado (nº 49/12) las Diligencias Previas (nº 326/2012) practicadas hasta entonces, para determinar la naturaleza de los hechos denunciados, las personas que en los mismos pudieran haber tenido participación y el procedimiento aplicable, acordando por el señalado auto dar traslado al Ministerio Fiscal para que en plazo de diez días solicitase la apertura del juicio oral, formulando escrito de acusación, o el sobreseimiento de lo actuado. SEGUNDO.- Solicitada la apertura del juicio, y previos los trámites procesales de rigor, éste se señaló para el día de hoy y, llegado el momento del inicio de la vista, con carácter previo, con la conformidad expresa del acusado y su defensa, el Ministerio Fiscal presenta escrito de acusación, calificando los hechos como constitutivos de un delito contra la salud pública, en la modalidad de sustancias que causan grave daño a la salud, del tipo atenuado previsto y penado en el párrafo segundo del artículo 368 del Código Penal, de que es autor el acusado, Jose Ignacio, conforme al artículo 28 del Código Penal, sin que concurran circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, solicitando se le impongan las penas de dos años de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, multa de 1.510 euros, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago de dos meses de privación de libertad, y comiso de las sustancias intervenidas a las que se dará su destino legal, conforme a lo establecido en el artículo 127 del Código Penal, y pago de las costas.

El acusado y su defensa muestran su conformidad expresa con los hechos, calificación y penas solicitadas.

Las partes no estiman necesaria la celebración del juicio, por lo que las actuaciones quedaron pendientes de dictar sentencia de conformidad.

HECHOS PROBADOS

Resulta probado y así se declara que sobre las 02:45 horas del día 26 de abril de 2012 agentes del Puesto Principal de la Guardia Civil de Calahorra ( La Rioja), que realizaban servicio preventivo de seguridad ciudadana, en la Avda. Numancia de dicha...

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