SAP La Rioja 49/2014, 21 de Febrero de 2014
Ponente | ALFONSO SANTISTEBAN RUIZ |
ECLI | ES:APLO:2014:102 |
Número de Recurso | 470/2012 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 49/2014 |
Fecha de Resolución | 21 de Febrero de 2014 |
Emisor | Audiencia Provincial - La Rioja, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
LOGROÑO
SENTENCIA: 00049/2014
AUDIENCIA PROVINCIAL DE LA RIOJA
LOGROÑO
Domicilio : VICTOR PRADERA 2
Telf : 941296484/486/489
Fax : 941296488
Modelo : SEN00
N.I.G.: 26089 37 1 2009 0100590
ROLLO: RECURSO DE APELACION (LECN) Nº 470/2012
ILMOS.SRES.
PRESIDENTE:
D. ALFONSO SANTISTEBAN RUIZ
MAGISTRADOS:
Dª CARMEN ARAUJO GARCÍA
D. RICARDO MORENO GARCÍA
SENTENCIA Nº 49 DE 2014
En LOGROÑO, a veintiuno de febrero de dos mil catorce.
VISTOS en grado de apelación ante esta Audiencia Provincial de La Rioja, los Autos de JUICIO ORDINARIO nº 560/2011, procedentes del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 4 de LOGROÑO, a los que ha correspondido el Rollo 470/20012, en los que aparece como parte apelante, BODEGAS DARIEN S.L., representada por el Procurador de los Tribunales, DON JAVIER GARCÍA APARICIO y asistida por el Letrado DON RICARDO DIEZ DEL CORRAL, y como partes apeladas, DON Justiniano y DON Leonardo
, representados por la Procuradora de los Tribunales, DOÑA CONCEPCIÓN FERNÁNDEZ-TORIJA OYÓN y asistidos por el Letrado DON ANGEL LOR BALLABRIGA, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. D. ALFONSO SANTISTEBAN RUIZ.
Con fecha 19 de junio de 2012, se dictó sentencia por el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Logroño, en cuyo fallo se recogía: "Que estimando como estimo la demanda presentada por la Procuradora Sra. Fernández-Torija Oyón en representación de Justiniano Y Leonardo contra BODEGAS DARIEN S.L., debo condenar y condeno a la demandada a abonar al primero 30.000# y al segundo 6.000 #, más el interés legal del dinero desde el 1 de diciembre de 2009, y al pago de las costas procesales."
Notificada la anterior sentencia a las partes, por la representación de la parte demandada se presentó escrito interponiendo recurso de apelación ante el Juzgado contra la sentencia dictada en la instancia. Admitido éste, se dio traslado a las demás partes para que en 10 días presentasen escrito de oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada, en lo que le resultase desfavorable.
Seguido el recurso por todos sus trámites, se señaló para la celebración de la votación y fallo el día 20 de febrero de 2014.
En la tramitación del presente rollo se han observado las prescripciones legales.
Por el Juzgado de Primera Instancia número 4 de Logroño se dictó sentencia en 19 junio 2012, en cuyo fallo se recogía:
Que estimando como estimo la demanda presentada por la Procuradora Sra. Fernández-Torija Oyón en representación de Justiniano Y Leonardo contra BODEGAS DARIEN S.L., debo condenar y condeno a la demandada a abonar al primero 30.000# y al segundo 6.000 #, más el interés legal del dinero desde el 1 de diciembre de 2009, y al pago de las costas procesales.
Contra esta sentencia se interpuso recurso de apelación por el Procurador don Javier García Aparicio, en representación de BODEGAS DARIEN, solicitando que con arreglo a las alegaciones expuestas en el escrito de interposición del recurso, folios 103 a 108 se diese lugar a la revocación de la sentencia de instancia, debiendo dictarse nueva resolución por este Tribunal, declarándose que no procedía la devolución de las cantidades entregadas a tenor de un contrato, hasta que no hubiese sido resuelto y ello con imposición de costas al actor.
En la sentencia recurrida, primer fundamento de derecho, se hace referencia a la posición de las partes, demanda y contestación, folios 3 y siguientes y 43 y siguientes, recogiéndose lo expuesto por cada una de las partes...
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STSJ La Rioja 330/2015, 26 de Noviembre de 2015
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