SAP Madrid 83/2014, 10 de Marzo de 2014
Ponente | MARIA DEL CARMEN MARGALLO RIVERA |
ECLI | ES:APM:2014:3248 |
Número de Recurso | 453/2013 |
Procedimiento | RECURSO DE APELACIóN |
Número de Resolución | 83/2014 |
Fecha de Resolución | 10 de Marzo de 2014 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 10ª |
Audiencia Provincial Civil de Madrid
Sección Décima
C/ Ferraz, 41 - 28008
Tfno.: 914933917
37007740
N.I.G.: 28.079.00.2-2013/0007751
Recurso de Apelación 453/2013
O. Judicial Origen: Juzgado de 1ª Instancia nº 90 de Madrid
Autos de Procedimiento Ordinario 1171/2011
APELANTE: D./Dña. Jenaro
PROCURADOR D./Dña. LUCIA CARAZO GALLO
APELADO: D./Dña. Carmen
PROCURADOR D./Dña. MARIA DOLORES UROZ MORENO
MAGISTRADA : ILMA. SRA. Dª. Mª DEL CARMEN MARGALLO RIVERA
SENTENCIA Nº 83/2014
ILMOS/AS SRES./SRAS. MAGISTRADOS/AS:
D./Dña. JOSÉ MANUEL ARIAS RODRÍGUEZ
D./Dña. MARÍA ISABEL FERNÁNDEZ DEL PRADO
D./Dña. MARÍA CARMEN MARGALLO RIVERA
En Madrid, a diez de marzo de dos mil catorce.
La Sección Décima de la Ilma. Audiencia Provincial de esta Capital, constituida por los Sres. que al margen se expresan, ha visto en trámite de apelación los presentes autos civiles Procedimiento Ordinario 1171/2011 seguidos en el Juzgado de 1ª Instancia nº 90 de Madrid a instancia de D. Jenaro, como apelante - demandante, representado por la Procuradora Dª. LUCIA CARAZO GALLO y defendido por Letrado contra Dña. Carmen, como apelado - demandado, representado por la Procuradora Dª. MARIA DOLORES UROZ MORENO y defendido por Letrado; todo ello en virtud del recurso de apelación interpuesto contra Sentencia dictada por el mencionado Juzgado, de fecha 09/04/2013 .
Se aceptan y se dan por reproducidos en lo esencial, los antecedentes de hecho de la Sentencia impugnada en cuanto se relacionan con la misma.
VISTO, Siendo Magistrada Ponente D./Dña. MARÍA CARMEN MARGALLO RIVERA
Por Juzgado de 1ª Instancia nº 90 de Madrid se dictó Sentencia de fecha 09/04/2013, cuyo fallo es el tenor siguiente:
" 1.- Que, desestimando íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador Sra. Carazo Gallo, en nombre y representación de D. Jenaro, como parte demandante, contra Dª Carmen, Dª Tamara, D. Ángel Jesús, Faustino, D. Millán, Dª Julia, Dª Virtudes, Dª Delfina, Dª Modesta
, Dª Alicia y Dª Frida, como parte demandada, he de absolver y absuelvo libremente a la expresada demandada de los pedimentos deducidos en su contra.
Con expresa condena de las costas causadas en la presente instancia a la parte demandante.
-
- Que, estimando las pretensiones deducidas en la demanda reconvencional, interpuesta por el Procurador Sra. Uroz Moreno, en nombre y representación de Dª Carmen, frente a D. Jenaro, debo declarar y declaro nula por ineficaz la institución de heredero a favor de D. Jenaro del testamento ológrafo otorgado por Dª Zulima .
Con expresa condena de las costas causadas en la presente instancia a la demandada reconvencional
Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandante, que fue admitido, y, en su virtud, previos los oportunos emplazamientos, se remitieron las actuaciones a esta Sección, sustanciándose el recurso por sus trámites legales.
Por providencia de esta Sección, de fecha 5 de febrero de 2014, se acordó que no era necesaria la celebración de vista pública, quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 11 de febrero de 2014.
En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.
El presente recurso trae causa del Procedimiento Ordinario nº 1171/2011, del Juzgado de
-
Instancia nº 90, de Madrid, en el que por la representación procesal de D. Jenaro se presentó demanda contra Dª. Carmen, en la que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, en el Suplico de dicha demanda solicitó lo siguiente:
-
) Se declare la condición de heredero universal testamentario de Zulima a Jenaro .
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) Se condene a Carmen a restituir a Jenaro en su condición de heredero universal testamentario, la totalidad de los bienes que constituyen el caudal relicto de Zulima en el momento del fallecimiento, según la relación obrante al hecho quinto de esta demanda.
-
) Consecuentemente con el 2º anterior:
a.- Se condene a Carmen a abonar a Jenaro 88.695,93 euros, correspondientes a los conceptos reseñados en los apartados c), d), e), y g) del hecho quinto de esta demanda, más los intereses procedentes en los términos que resultan de la declaración que se interesa en el apartado 6º de esta petición.
b.- Se condene a Carmen a abonar a Jenaro el importe retornado por la Agencia Tributaria por la declaración de Zulima correspondiente al Impuesto de la Renta de las Físicas del ejercicio 2010, más los intereses procedentes en los términos que resultan de la declaración que se interesa en el apartado 6º de esta petición.
c.- Se declare que el plan de pensiones descrito en la letra f) del hecho quinto, es titularidad de Jenaro .
Subsidiariamente para el supuesto de que Carmen hubiera dispuesto del importe que lo constituye, se la condene a abonar a Jenaro el importe del mismo, sin descuento alguno que se haya podido practicar por la entidad gestora por la finalización avanzada del plan de pensiones, más los intereses procedentes en los términos que resultan de la declaración que se interesa en el apartado 6º de esta petición.
d.- Se condene a Carmen a la entrega de los muebles referidos en el apartado b) del hecho quinto de la demanda, lo que se vehicule mediante su íntegro mantenimiento en la vivienda de Madrid, CALLE000, NUM000, portal NUM001, planta NUM001, vivienda NUM002 ., de Madrid.
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) Se declare la nulidad de la inscripción de dominio y demás derechos reales o cualquier anotación practicada a favor de Carmen en el Registro de la Propiedad respecto del bien inmueble descrito en el apartado a) del hecho quinto de esta demanda, perteneciente al caudal relicto de la causante Zulima, ordenando la cancelación tabular de la inscripción practicada a favor de Carmen y, en su caso, siguientes.
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) Se ordene la inscripción en el Registro de la Propiedad del pleno dominio del inmueble reseñado en el apartado a) del hecho quinto a favor de Jenaro bajo el título de heredero de Dª Zulima .
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) Se declare que Carmen es poseedora de la mala fe de los bienes hereditarios por...
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