SAP Alicante 25/2001, 17 de Enero de 2001

PonenteFEDERICO RODRIGUEZ MIRA
ECLIES:APA:2001:137
Número de Recurso569/2000
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución25/2001
Fecha de Resolución17 de Enero de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 4ª

SENTENCIA 25/01

En el recurso de apelación interpuesto por D. MIGUEL PÉREZ TORMO S.A. Y D. Bruno representado por la Procuradora Sra. Gutiérrez Robles contra sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número Uno de Alcoy ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Presidente D. FEDERICO RODRIGUEZ MIRA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia número Uno de Alcoy, en los autos de juicio Ejecutivo número 232/99, se dictó en fecha 25/05/00 sentencia cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

"Que desestimando la oposición formulada por el Procurador Dña. Mª Luisa Casasempere Sanus, en nombre y representación de "Miguel Perez Tormo, S.A." y de D. Bruno , y estimando la demanda presentada por el Procurador Doña Trinidad Llopis Gomis, en nombre y representación de "Banco Santander Central Hispano, S.A." debo mandar y mando seguir adelante con la ejecución despachada hasta hacer trance y remate de los bienes embargados a los demandados y con su producto entero y cumplido hacer pago a la parte actora de la cantidad de 363.761.019 pesetas de principal, más los intereses de demora pactados al tipo del 29% y costas a cuyo pago debo condenar y condeno expresamente a las partes demandadas"

SEGUNDO

Contra dicha sentencia interpuso recurso de apelación las partes demandadas, que fue admitido en ambos efectos y, previo emplazamiento de las partes, se elevaron los autos a este Tribunal, donde quedó formado el correspondiente rollo de apelación número 569/00, en el cual se personaron ambas partes litigantes. Tramitado el recurso en legal forma y conferidos los oportunos traslados, se señaló para la celebración del acto de la vista el día dieciséis de enero de dos mil uno, en el que tuvo lugar con intervención de las partes comparecidas, solicitándose por las mismas las resoluciones de conformidad con sus respectivos intereses.TERCERO.- En la tramitación de esta instancia se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Debe rechazarse la solicitud de nulidad de actuaciones que, con carácter previo plantean los recurrentes, con base en el hecho de no haber sido expresamente declarada en rebeldía la codemandada Isabel ; y es que tal petición, formulada por vez primera en el acto de la vista de la apelación, se compadece mal con la postura mantenida por aquellos en la...

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