SAP Cantabria 177/2014, 16 de Abril de 2014

PonenteERNESTO SAGÜILLO TEJERINA
ECLIES:APS:2014:86
Número de Recurso94/2014
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución177/2014
Fecha de Resolución16 de Abril de 2014
EmisorAudiencia Provincial - Cantabria, Sección 1ª

AUDIENCIA PROVINCIAL SECCIÓN 1

Avda. Pedro San Martín S/N

Santander

Teléfono: 942346969

Fax.: 942322491

Modelo: C1920

Proc.: APELACIÓN EXPEDIENTES DE MENORES

Nº: 0000094/2014

NIG: 3907577220110000192

Resolución: Sentencia 000177/2014

Expediente de reforma (menores) 0000163/2011 - 00

JUZGADO DE MENORES UNICO de Santander

Intervención:

Fiscal

Apelante

Apelante

Apelante

Interviniente

MINISTERIO FISCAL MINISTERIO FISCAL

Petra

Gustavo

Fausto

Procurador:

YOLANDA VARA GARCIA

YOLANDA VARA GARCIA

ISABEL ALONSO-VILLALOBOS GUEREÑU

SENTENCIA N° 000177/2014

Ilmo. Sr. Presidente

Don José Luis López del Moral Echeverría Ilmos. Sres. Magistrados

Doña Maria Rivas Díaz de Antoñana

Don Ernesto Sagüillo Tejerina

En la Ciudad de Santander, a dieciséis de Abril de dos mil catorce.

Este Tribunal de la Sección Primera de la Ilma. Audiencia Provincial de Cantabria, ha visto en grado, de apelación la causa Exp. De Reforma 163/11 del Juzgado de Menores de Santander, Rollo de Sala núm. 94/14, seguida por delito de Coacciones y Amenazas contra Fausto, cuyas circunstancias personales ya constan en la recurrida, representado por la Procuradora Sra. Alonso Villalobos-Guereñu y defendido por la Letrada Sra. Fuentevilla Gómez. Intervino como acusación particular Gustavo, en representación de su hija menor de edad, Petra, representado por la Sra. Vara García.

Han sido partes apelante en este recurso el acusado, acusación particular y el Ministerio Fiscal.

Es ponente de esta resolución el Ilmo. Sr. Ernesto Sagüillo Tejerina.

ANTECEDENTES DE HECHO

Se aceptan los de la Sentencia de instancia; y

PRIMERO

En la causa de que este Rollo dimana, por el Juzgado de Menores se dictó con fecha 30 de octubre de 2 013 Sentencia cuyo relato de Hechos Probados y Fallo son del tenor literal siguiente:

"Hechos Probados: PRIMERO.- Probado y así se declara que en el curso de la relación sentimental mantenida durante un tiempo no determinado, en el año 2010, entre el menor Fausto, nacido el NUM000

.1993, y la también menor Petra, nacida el NUM001 .1994, Fausto el día 11 de julio le pidió a Petra a través del programa de mensajería instantánea MSN Messenger que se hiciera una fotografía mostrando el pecho y se la pasara, y ante las reticencias de Petra, Fausto le dijo, apremiándola, que la dejaría y la eliminaría de la cuenta si no hacia lo que le pedía, y que borraría la foto en cuanto la viera.

Así consiguió que Petra, muy enamorada de él y por miedo a que la dejase, se hiciese una fotografía con el torso desnudo, y se 1.a enviase por la misma vía MSN Messenger al día siguiente, 12 de julio a las 12:18:37 horas, para que Fausto la tuviera en el ámbito de la intimidad de su relación.

No obstante, en los días posteriores Fausto amedrentó Petra con subir la fotografía a Internet si no accedía a sus pretensiones de carácter sexual; manifestándole asimismo que pegaría su foto en las paredes del instituto Besaya de Torrelavega, del que a la sazón Petra era alumna, lo que no llegó a producirse.

El día 27 de julio de 2010 a las 13:25:25 PDT (Pacific Daylight Time) desde la dirección IP NUM002 fue subida la fotografía al sitio web ImageShack, publicándose la imagen en la URL http: //img137.imageshack.us/ img137/9426/p7240001.jpg; así como en fecha no determinada de julio o agosto de 2010, se creó una cuenta en la red social Tuenti con el nombre de " Petra ", desde la cual se publicó un evento con el título "Anti Petra (la Peliteñida ) esterminemosla para tener un mundo mejor".en el que se colgó la fotografía; siendo que a raíz de su divulgación, en el mes de agosto una persona no identificada, usando el nick " Casposo ", la utilizó para, por medio de conversaciones de Tuenti con Petra, exigirle mantener relaciones sexuales.

No ha quedado debidamente probado que el menor Fausto haya sido el que publicó dicha foto en el citado sitio web, ni que el mismo fuera quien la puso en el evento de Tuenti.

Como consecuencia de la difusión de la fotografía en la red Petra sufrió una situación de burla, humillación, rechazo por sus compañeros y aislamiento social, padeciendo un cuadro de estrés agudo, con importantes secuelas de carácter psiquiátrico, y trasladándose, por recomendación médica, la residencia familiar a Oviedo.

SEGUNDO

De la evaluación realizada al menor Fausto se desprende en el ámbito familiar el establecimiento por los progenitores de un marco normativo acorde a las necesidades del menor; a nivel socioeducativo, ha cursado un módulo de grado medio de sistemas microinformáticos y redes con buenas notas, teniendo en perspectiva acceder al grado superior, realiza actividades de ocio propias de su edad en compañía de un grupo estable de amistades de características normalizadas; en el ámbito psicológico, presenta un desarrollo moral cercano al tipo preconvencional, egocentrismo, empatía utilitaria y una hipervaloración de si mismo. Posee habilidades cognitivas; sin embargo, muestra importantes carencias en el plano emocional que interfieren significativamente en su proceso madurativo. Fallo: Que procede acordar las medidas de realización de tareas socioeducativas encaminadas a promover su desarrollo moral, por tiempo de nueve meses, y prestaciones en beneficio de la comunidad, de carácter humanitario, con discapacitados psíquicos, por tiempo, de setenta horas, respecto del menor Fausto por la comisión de un delito de coacciones y un delito de amenazas condicionales, ya definidos.

Que procede declarar la libre absolución del menor Fausto de los delitos de pornografía infantil y lesiones que le fueron imputados.

No ha lugar a efectuar pronunciamientos civiles."

SEGUNDO

Por los anteriormente mencionados, con la representación y defensa aludidas, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, admitido a trámite por providencia del Juzgado de 19 de diciembre de 2013; una vez dado traslado del recurso a las demás partes conforme ordena la Ley, se elevó la causa a esta Sección Primera de la Ilma. Audiencia Provincial de Santander, en la que tuvo entrada el día 7 de febrero de 2014, y tras su examen se ha deliberado y Fallado el recurso conforme a continuación se expone.

HECHOS PROBADOS

Se aceptan los de la resolución recurrida; se añade que la fotografía de Petra fue compartida por Fausto con alguna persona más.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la sentencia dictada por el Juzgado de Menores de Santander que declaró a Fausto autor de hechos constitutivos de delito de amenazas y de coacciones y le absolvió de la comisión de otros calificados como delito de lesiones del artículo 149 del Código Penal y otro de pornografía infantil así como de la responsabilidad civil solicitada por las acusaciones/ formulan recurso de apelación las distintas partes personadas.

La defensa de Fausto pide que este, sea absuelto de las imputaciones recogidas en la sentencia recurrida, entendiendo que no es autor de las mismas.

El MINISTERIO FISCAL pide que se modifique el párrafo de los hechos probados que hace referencia a lo sucedido en el entorno de Petra con posterioridad a los hechos enjuiciados, que se entienda que Fausto fue quien divulgó la fotografía y es autor de hechos constitutivos de delito de pornografía infantil y que se indemnice a Petra en los términos que solicita.

Por la acusación particular en representación de Petra se pide que los hechos sean calificados como delito de pornografía infantil, otro de lesiones agravadas del articulo 149 del Código Penal y que se reconozca la indemnización que pide.

SEGUNDO

RECURSO DE Fausto .

Dice el recurso que no queda acreditado que Fausto mantuviera con Petra las conversaciones que se narran en la sentencia recurrida. También se alega que no se han calificado correctamente los hechos.

En cuanto al primer motivo, las pruebas en que se fundan los hechos probados son narradas en la sentencia recurrida de manera detallada y no se encuentran erróneas. Se parte de que aparece, en las conversaciones mantenidas por Petra a través de "Messenger" aparece como interlocutor una persona llamada " Fausto ", se conjuga con que Petra le ha identificado en todo momento y sin género de dudas...

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