SAP Valencia 531/2013, 2 de Diciembre de 2013

PonenteMARIA FE ORTEGA MIFSUD
ECLIES:APV:2013:5745
Número de Recurso558/2013
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución531/2013
Fecha de Resolución 2 de Diciembre de 2013
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 8ª

ROLLO Nº 558/13

SENTENCIA Nº 000531/2013

SECCION OCTAVA

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Iltmos. Sres.:

Presidente

D. EUGENIO SÁNCHEZ ALCARAZ

Magistrados

D. JOSE LUIS GÓMEZ MORENO MORA

Dª Mª FE ORTEGA MIFSUD

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En la ciudad de VALENCIA, a dos de diciembre de dos mil trece.

Vistos por la Sección Octava de esta Audiencia Provincial, siendo ponente la Ilma Sra. Dª. Mª FE ORTEGA MIFSUD, los autos de Juicio Ordinario, promovidos ante el Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de CARLET, con el nº 000261/2011, por CONSTRUCCIONES FUTURMET, S.L. representada en esta alzada por la Procuradora Dª. Mª LUISA ROMUALDO CAPPUS y dirigida por el Letrado D. JOSÉ BOSCH ARCOS contra Dª. Ana María y D. Rubén representados en esta alzada por la Procuradora Dª Mª LUISA SEMPERE MARTÍNEZ y dirigidos por el Letrado D. JUAN JOSÉ SAYOS MARTÍNEZ, pendientes ante la misma en virtud del recurso de apelación interpuesto por CONSTRUCCIONES FUTURMET S.L..

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia apelada, pronunciada por el Sr. Juez de 1ª Instancia nº 1 de CARLET, en fecha 30 de julio de 2013, contiene el siguiente: "FALLO: QUE DESESTIMANDO INTEGRAMENTE LA DEMANDA interpuesta por la Procuradora Dª. María Luisa Romualdo Cappus, en nombre y representación de la mercantil CONSTRUCCIONES FUTURMET, S.L., contra Dª. Ana María y D. Rubén, DECLARO no haber lugar a la misma, y en consecuencia, ABSUELVO a la demandada de las peticiones formuladas en su contra, todo ello con expresa imposición de costas a la parte actora."

SEGUNDO

Contra la misma, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por CONSTRUCCIONES FUTURMET S.L., que fue admitido en ambos efectos y remitidos los autos a esta Audiencia, donde se tramitó la alzada, señalándose para Deliberación y votación el 27 de noviembre de 2013.

TERCERO

Se han observado las prescripciones y formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Construcciones Futurmet S.L. formuló demanda de juicio ordinario contra Dª. Ana María y D. Rubén en reclamación de 33.254'34 euros y con fundamento en los siguientes hechos expuestos en síntesis. La demandante ha realizado para los demandados la construcción de un chalet en la URBANIZACIÓN000 de Cullera. Durante la ejecución de las obras, se ha ido realizando todo lo establecido en el proyecto facilitado por el hijo de los demandados el cual ha actuado como dirección facultativa de la obra e incluso se han llegado a ejecutar partidas no reflejadas en dicho proyecto. Los demandados han ido haciendo pago de las facturas que se presentaban hasta que llegó un día que dejaron de pagar, quedando otros pendientes adeudando la cantidad objeto de la demanda. A día de hoy la obra está terminada y la demandada no ha pagado las obras ejecutadas Los demandados se opusieron a la demanda en los siguientes términos. No es cierto que la demandante concluyera los trabajos para los que fue contratada en los términos pactados, es más los trabajos ejecutados no cumplen con las especificaciones del proyecto y la demandante no cumplió en cuanto a calidad y acabados. A mayor abundamiento abandonó la ejecución de la obra y no procedió a suscribir el acta de recepción provisional cuando fue requerida para ello y no subsanó los defectos y calidades en el plazo que le ordenó la dirección facultativa. La parte actora cuando suscribió el contrato asumió que el arquitecto D. Esteban, hijo de los demandados, tuviera potestad como director de la obra de certificar a origen los trabajos realmente ejecutados y la demandante ha incumplido sistemáticamente las órdenes dadas por la dirección facultativa en cuanto a calidad y terminación. Se ha abonado la cantidad de 387.286 euros. Los pagos se realizaron a buena cuenta...

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