SAP León 246/2005, 6 de Octubre de 2005

PonenteALFONSO LOZANO GUTIERREZ
ECLIES:APLE:2005:1182
Número de Recurso437/2004
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución246/2005
Fecha de Resolución 6 de Octubre de 2005
EmisorAudiencia Provincial - León, Sección 1ª

SENTENCIA NUM. 246/05

Iltmos. Sres:

D. Manuel García Prada.- Presidente

D. Alfonso Lozano Gutiérrez.- Magistrado

D. Antonio Muñiz Diez.- MagistradoEn León, a seis de octubre de dos mil cinco.

VISTOS ante el Tribunal de la Sección Primera de la Audiencia Provincial el recurso de apelación civil arriba indicado, en el que ha sido parte apelante Antonio representada por el Procurador Consuelo Begoña Valcarce Mayayo y asistida del letrado Lina Freire Suárez y como apelante-apelado DIRECCION000 EN VILLAQUILAMBRE representado por el Procurador Maria Ángeles Guijo Atienza y asistido del letrado Bernardo Gutiérrez San Miguel y como apelado CONSTRUCCIONES SERVANDO BLANCO S.L. representado por el Procurador Ismael Ricardo Diez Llamazares y asistido del Letrado Antonio Silva González, actuando como Ponente para este trámite el ILTMO. SR. DON Alfonso Lozano Gutiérrez.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia num. 5 de León se dictó Sentencia en los referidos autos, cuya parte dispositiva literalmente copiada dice así: FALLO.- Que estimando parcialmente la demanda presentada por la Procuradora Sra. Valcarce Mayayo, en nombre y representación de D. Antonio , contra la DIRECCION000 y contra CONSTRUCCIONES SERVANDO BLANCO S.L., condeno a la codemandada DIRECCION000 a abonar a la actora la cantidad de seis mil (6.000 euros) más los intereses establecidos en el fundamento octavo, y al pago de las costas procesales de acuerdo con el fundamento noveno; y absuelvo al codemandado CONSTRUCCIONES SERVANDO BLANCO S.L. de todas las pretensiones ejercitadas contra él en la presente causa, con todos los pronunciamientos a su favor, sin pronunciamiento sobre las costas procesales generadas a su instancia.

SEGUNDO

Contra la relacionada Sentencia que lleva fecha 13 de julio de 2004 , se interpuso recurso por la parte demandante, por cuyo motivo se elevaron los autos a esta Audiencia, ante la que se personaron dentro del término del emplazamiento y en legal forma las partes litigantes, y seguidos los demás trámites, se señaló día para la deliberación a fin de dictar resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

SE ACEPTAN los de la resolución de instancia.

SEGUNDO

Es objeto de apelación la sentencia dictada en el juicio ordinario 742/2.002 seguido ante el Juzgado de 1ª Instancia nº5 de esta ciudad por la Procurador Valcarce en representación de Antonio contra la DIRECCION000 y contra Construcciones Servando Blanco S.L. en reclamación de 204.404 euros o subsidiariamente aquella otra cifra que fije el juzgador conocido el resultado probatorio mas los intereses legales desde la demanda incrementados en dos puntos desde la sentencia hasta su total pago, ejercitando la acción de responsabilidad de indemnización por contaminación de aguas subterráneas al amparo de los artículos 1.902 , 1907 y 1908 y concordantes del C. Civil ante la situación existente en la casa vivienda unifamiliar del propietario actor como consecuencia del vertido de gasóleo proveniente del edificio de vivienda colindantes.

El Juzgador de instancia dicto sentencia estimando parcialmente la sentencia y condenando a la Comunidad de Propietarios a abonar a la actora la cantidad de 6.000 euros mas los intereses fijados en su fundamento octavo - articulo 1.100 del C. Civil - y el pago de las costas procesales de la actora, y absolviendo al demandado Construcciones Servando Blanco S.L. sin pronunciamiento sobre costas.

La procurador Valcarcel Mayayo en representación del demandante interpone recurso de apelación alegando como motivos de su pretensión: 1º.- Revisión de Hechos Probados por error en la apreciación de la Prueba, esencial en la fundamentacion de los daños y perjuicios objeto de indemnización sobre la base de los informes periciales, prueba testifical y documental medica; 2º.- Aplicación Indebida del Derecho en cuanto la no concesión de las garantías sobre el domicilio privan del disfrute del mismo, debiendo de moderarse en todo caso las indemnizaciones según las circunstancias de cada caso, lo que no se han efectuado en el presente, peticionándose la revocación parcial en el sentido de concesión del total interesado en la demanda y en todo caso la imposición de las costas en ambas instancias a la parte demandada-apelada.

La Procurador Guijo Atienza en representación de la DIRECCION000 en Villaquilambre interpone recurso de apelación combatiendo "aquélla parte de la sentencia que mantiene la responsabilidad exclusiva de mi representada en los hechos objeto del procedimiento absolviendo a la codemandada Construcciones Servando Blanco S.L. alegando que el juzgador no ha valorado debidamente la prueba pericial sobre las condiciones, características y peculiaridades del tanque de combustible del edificio y el Real Decreto 1.427/97 establecedor de la obligatoriedad de los elementos que deben de existir en los tanques superioresa 3.000 litros de capacidad, y que en el presente caso el dispositivo era obligatorio cuando fue entregado a la Comunidad a través de las enajenaciones correspondientes, lo que conlleva que la responsabilidad de los daños existentes en su caso deben de ser trasladas a la constructora.

El Procurador Diez Llamazares en su representación de la entidad mercantil Construcciones Servando Blanco S.L. concreta su recurso de apelación al pronunciamiento sobre las costas, y así con mantenimiento del resto de sus pronunciamientos peticiona su revocación parcial y la condena de la codemandada DIRECCION000 al pago de las costas causadas a instancia de Construcción Servando Blanco S.L. en la primera instancia, asimismo interesa "la expresa imposición de las costas de esta alzada".

Cada una de las partes impugna los alegatos y pedimentos formulados contra sus intereses en los recursos de las partes contrarias.

TERCERO

Entrando en el examen del recurso...

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