SAP Valladolid 225/2006, 5 de Junio de 2006

PonenteJOSE LUIS RUIZ ROMERO
ECLIES:APVA:2006:716
Número de Recurso373/2006
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución225/2006
Fecha de Resolución 5 de Junio de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Valladolid, Sección 4ª

SENTENCIA Nº 225/06

Ilmos.Sres.Magistrados:

D. JOSE LUIS RUIZ ROMERO

D. ÁNGEL SANTIAGO MARTÍNEZ GARCÍA

DÑA.MARIA TERESA GONZALEZ CUARTERO

En VALLADOLID, a cinco de Junio de dos mil seis.

La Audiencia Provincial de esta capital ha visto en grado de apelación, sin celebración de vista pública, el presente procedimiento penal, dimanante del JDO. DE LO PENAL nº TRES de VALLADOLID, por delito contra la seguridad del tráfico, seguido contra, Juan Manuel , siendo partes, como apelante, el citado acusado, defendido por el Letrado Víctor Javier Román Fernández y representado por la Procuradora Aurora Palomera Ruiz y, como apelado, el Ministerio Fiscal, habiendo sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado

D. JOSE LUIS RUIZ ROMERO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Sr. Juez del JDO. DE LO PENAL nº Tres de VALLADOLID, con fecha 6.2.06, dictó sentencia en el procedimiento de que dimana este recurso declarando probados los siguientes hechos:

"UNICO.- Sobre las 14,40 horas del día 17 de agosto de 2005, el acusado, Juan Manuel , mayor deedad y ejecutoriamente condenado en sentencia de fecha 19 de mayo de 2004, firme el mismo día, dictada en la causa 218/04, del Juzgado de lo Penal de Palencia , por delito contra la seguridad del tráfico, a las penas de dos meses de multa y ocho meses de privación del derecho a conducir, pena esta última que, según la liquidación de condena practicada y notificada al acusado, había de cumplirse entre las fechas 20 de junio de 2005 y 14 de febrero de 2006, después de haber ingerido diversas bebidas alcohólicas, y con sus facultades y reflejos gravemente disminuidos a consecuencia de ello, condujo el vehículo, matrícula F-....-F , por la calle Cigüeña, de Valladolid, desde la que efectuó un giro prohibido a la izquierda, para tomar el Paseo de San Isidro, siendo interceptado por una dotación de la Policía Municipal que, al observar en el mismo síntomas de intoxicación etílica, tales como olor a alcohol en el aliento, habla pastosa, deambulación vacilante y movimientos torpes, dispuso que se sometiera a pruebas de determinación del grado de impregnación etílica, en las que arrojó el acusado los resultados positivos de 0,91 y 0,89 miligramos de alcohol por litro de aire espirado".

SEGUNDO

La expresada sentencia en su parte dispositiva dice así:

"Que debo condenar y condeno a Juan Manuel , como autor responsable de un delito contra la seguridad del tráfico, con la circunstancia agravante de reincidencia, y de un delito de quebrantamiento de condena, ambos precedentemente definidos, a las penas de seis meses de multa, a razón de dos euros de cuota diaria, y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante tres años, por el primer delito, y doce meses de multa, con igual cuota, por el segundo, así como al pago de las costas procesales".

TERCERO

Notificada mencionada sentencia, contra la misma se formalizó recurso de apelación por la representación procesal del acusado, que fue admitido en ambos efectos y practicadas las diligencias oportunas y previo emplazamiento de las partes, fueron elevadas las actuaciones a este Tribunal y no habiéndose propuesto diligencias probatorias en esta instancia, y al estimar la Sala que no era necesaria la celebración de la vista para la correcta formación de una convicción fundada, quedaron los autos vistos para sentencia, previa deliberación.

CUARTO

Como fundamentos de impugnación de la sentencia, se alegaron sustancialmente los siguientes:

- Error en la apreciación de las pruebas.

- Infracción de precepto legal y constitucional.

HECHOS PROBADOS

Se admiten y esta Sala hace propios los hechos declarados probados por la sentencia de instancia.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

El art. 379 del Código Penal castiga al que al que "condujere un vehículo a motor o un ciclomotor bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o de bebidas alcohólicas".

La doctrina del Tribunal Constitucional se ha pronunciado en multitud de resoluciones respecto a los elementos configuradores del delito contra la seguridad del tráfico por conducción bajo influencia de bebidas alcohólicas y de los problemas que plantean los medios de prueba sobre el mismo. Dicha...

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