SAP Sevilla 274/2000, 19 de Abril de 2000
Ponente | JULIO MARQUEZ DE PRADO PEREZ |
ECLI | ES:APSE:2000:1924 |
Número de Recurso | 1853/2000 |
Procedimiento | PENAL |
Número de Resolución | 274/2000 |
Fecha de Resolución | 19 de Abril de 2000 |
Emisor | Audiencia Provincial - Sevilla, Sección 1ª |
SENTENCIA Nº 274/00
AUDIENCIA PROVINCIAL DE SEVILLA
Sección Primera
ILMOS SRES.
PRESIDENTE:
MIGUEL CARMONA RUANO
MAGISTRADOS:
JULIO MÁRQUEZ DE PRADO PÉREZ
PEDRO IZQUIERDO MARTÍN
Penal Sevilla nº 1
APELACIÓN ROLLO NÚM. 1853/2000
P. ABREVIADO NÚM. 422/1998
En la ciudad de SEVILLA a diecinueve de abril de dos mil.
Visto por la Sección Primera de esta Audiencia integrada por los Magistrados indicados al margen, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en autos de Procedimiento Abreviado seguidos en el Juzgado de Lo Penal referenciado, cuyo recurso interpuesto por la representación de Jesús Son partes recurridas el MINISTERIO FISCAL y Sergio .
El Ilmo. Sr. Magistrado Juez de lo Penal del Penal Sevilla nº 1, dictó sentencia el día 8 de abril de dos mil en la causa de referencia, cuyo Fallo literalmente dice, "Condenando al acusado Jesús , como autor civil y criminalmente responsable de un delito de usurpación, ya definido, sin concurrencia de circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal, a la pena de TRES MESES DE MULTA con cuota diaria de 200 ptas o responsabilidad persona subsidiria en caso de impago y costas.
Se ratifica la insolvencia del acusado decretada por él Sr. Juez Instructor."
En la referida sentencia se declaraban probados los siguientes hechos:
El acusado Jesús (n. 21-9-76) sin antecedentes penales, en fecha no exactamente determinada pero si situada en el mes de febrero de 1.998, con el pretexto de que pensaba alquilar tina vivienda, consiguió que Juan Pablo le dejara las llaves del piso ático, ubicado eje la Calle DIRECCION000 . NUM000 de estacapital. Dichas llaves le habían sido entregadas a Juan Pablo por Sergio - hermano del propietario de la vivienda. Una vez el acusado tuvo en su poder las llaves se introdujo en el piso con sus enseres domésticos, ocupando la vivienda durante varios meses, pese a ser requerido por la propiedad en varias ocasiones para que la desocupara.
Contra dicha resolución se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, por la representación de Jesús y admitido el recurso y conferidos los preceptivos traslados, se elevaron los autos a esta Audiencia. Formado el rollo, se señaló el día 5 de abril de dos mil, fecha para la votación y fallo, quedando visto para sentencia.
En la tramitación de este recurso se han observado las formalidades legales.
Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JULIO MÁRQUEZ DE PRADO PÉREZ, quien expresa el parecer del Tribunal.
HECHOS PROBADOS
Se rechazan los de la sentencia apelada y se sustituyen por los siguientes:
"El acusado Jesús , mayor de edad y sin antecedentes penales, en fecha no concretada del mes de febrero de 1.998, tras visitar la vivienda-ático de la DIRECCION000 - NUM000 de esta capital, propiedad de Sergio , con el vecino Juan Pablo que tenía las llaves con el consentimiento de Sergio hermano del citado titular y con la intención de formalizar el oportuno contrato de arrendamiento, con una renta de 25.000 pts, obtuvo de Juan Pablo las llaves,...
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