SAP Asturias 27/2000, 24 de Enero de 2000

PonenteRAMON AVELLO ZAPATERO
ECLIES:APO:2000:249
Número de Recurso810/1998
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución27/2000
Fecha de Resolución24 de Enero de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Asturias, Sección 4ª

SENTENCIA

En el recurso de apelación numero 0810/98 en autos de Juicio Ejecutivo, procedentes del Juzgado de Primera Instancia 3 de Gijón, promovido por HABILITACIONES NAVALES ASTURIANAS S.L. con la representación procesal de D. FRANCISCO JAVIER ALVAREZ RIESTRA y bajo la dirección letrada de DON ANGEL MARIA GARCIA MARTINEZ, como demandada en primera instancia, sustituida dicha entidad en la tramitación del recurso por DON Oscar y DON Victor Manuel , interviniendo respectivamente como Comisario y Depositario en el procedimiento de Quiebra de dicha entidad, y actuando con la misma representación procesal y dirección letrada; contra TALLERES VAPE, S.L., con la representación procesal de DOÑA EVA COBO BARQUIN y bajo la dirección letrada de JOSE ROBERTO GONZALEZ DIAZ como demandante en primera instancia, siendo Ponente el Iltmo. Sr. PRESIDENTE DON Ramón Avello Zapatero.-I. ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Que la Iltma. Sra. Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia número tres de Gijón dictó Sentencia con fecha uno de Septiembre de mil novecientos noventa y ocho , cuya parte dispositiva dice así: Que desestimando la excepción de incumplimiento del negocio causal mando seguir adelante la ejecución hasta hacer trance y remate sobre los bienes de Habilitaciones Navales Asturianas S.L. (HANASTUR S.L.) por importe de 1.393.000 pesetas (un millón trescientas noventa y tres ) en concepto de principal y 369.212 pesetas (trescientas sesenta y nueve mil doscientas doce) en concepto de intereses, gastos y costas sin perjuicio de ulterior liquidación, para el pago a Jose Pablo como legal representante de Talleres Vape S.L. Se imponen las costas al ejecutado.-SEGUNDO.- Que contra la expresada resolución, se interpuso por la representación de la parte demandada recurso de apelación, que admitido en ambos efectos, remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial, previo emplazamiento de las partes, en donde una vez comparecidas se tramitó la alzada, y previos los demás trámites legales se señaló para la celebración de la vista el día dieciocho de los corrientes mes y año, habiendo tenido lugar tal acto con la asistencia de los Letrados de las partes comparecidas.-TERCERO. Que en la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.-

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Ejercitada por la entidad Talleres Vape S.L., en su condición de libradora y tenedora de la letra de cambio acompañada con la demanda, la acción directa ejecutiva...

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