SAP Madrid 29/2002, 22 de Enero de 2002

PonenteJULIO MENDOZA MUÑOZ
ECLIES:APM:2002:781
Número de Recurso308/2001
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución29/2002
Fecha de Resolución22 de Enero de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 6ª

SENTENCIA Nº 29/2.002

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION SEXTA

ILTMOS. SRES.

PRESIDENTE

D. PEDRO JAVIER RODRIGUEZ GONZÁLEZ PALACIOS

MAGISTRADOS

DÑA. BEGOÑA FERNÁNDEZ DOZAGARAT

D. JULIO MENDOZA MUÑOZ

En Madrid, a 22 de enero de 2.002.

VISTAS, en segunda instancia, ante la Sección Sexta de esta Audiencia Provincial de Madrid, las presentes Diligencias seguidas por el trámite de procedimiento abreviado, en virtud del recurso de apelación interpuesto por Carmen Y OTRAS contra la sentencia dictada por la Iltma. Sra. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Penal n° 27 de Madrid, de fecha 19 de junio de 2001 en la causa citada al margen.

VISTO, siendo Ponente el Magistrado de la Sección, Iltmo. Sr. D. JULIO MENDOZA MUÑOZ, quién expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la Iltma. Sra. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Penal n° 27 de Madrid, se dictó sentencia, de fecha 19 de junio de 2001, siendo su Fallo del tenor literal siguiente: "QUE DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO A Ana DEL DELITO DE FALSEDAD EN DOCUMENTO MERCANTIL DEL QUE VENIA ACUSADA CON DECLARACIÓN DE LAS COSTAS DE OFICIO".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso, en tiempo y forma, por la Procuradora Dña. Ana Diaz de la Peña López, en representación de la acusación particular en la instancia, recurso de apelación que basó en los motivos que se recogen en esta resolución. Admitido el recurso, se dio traslado del mismo a las demás partes personadas, remitiéndose las actuaciones ante esta Audiencia Provincial.TERCERO.- En fecha 17 de septiembre de 2001, tuvo entrada en esta Sección Sexta el precedente recurso, formándose el correspondiente rollo de apelación y por providencia de fecha 19 de septiembre del pasado año se señaló día para la deliberación y resolución del recurso, fijándose la audiencia del día 21 de enero de 2002, sin celebración de vista.

SE ACEPTAN los antecedentes de hecho de la sentencia recurrida, en cuanto no se opongan a los presentes

II FUNDAMENTOS DE DERECHO

UNICO - El recurso se fundamenta en la existencia de un error en la apreciación de la prueba, cuestión sobre la que debe indicarse que ya es doctrina reiterada la que establece que sin olvidar la extensión de facultades que todo recurso de apelación, por su contenido y función procesal, concede al órgano jurisdiccional que ha de resolverlo aspirando a una recta...

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