SAP Murcia 47/2006, 24 de Abril de 2006

PonenteMIGUEL ANGEL LARROSA AMANTE
ECLIES:APMU:2006:1298
Número de Recurso73/2006
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución47/2006
Fecha de Resolución24 de Abril de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 5ª

SENTENCIA Nº 47

Vista, en grado de apelación, por la Sección Quinta de esta Audiencia Provincial de Murcia, con sede en Cartagena, integrada por los Iltmos. Sres. expresados, la causa procedente del Juzgado de lo Penal nº 1 de Cartagena, seguida en el mismo como procedimiento abreviado nº 271/05, antes procedimiento abreviado nº 34/04 del Juzgado de Instrucción nº 2 de Cartagena (Rollo nº 73/06), por el delito contra la propiedad intelectaul, contra D. Leonardo , representado por el Procurador D. Cristobal Gómez Fernández y defendido por el Letrado D. José Hilario Rodríguez García , siendo partes en esta alzada, como apelante, dicho acusado y, como apelado, el Ministerio Fiscal, ha sido Magistrado ponente el Iltmo. Sr. D. MIGUEL ÁNGEL LARROSA AMANTE, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

El Juzgado de lo Penal nº 1 de Cartagena, con fecha 5 de diciembre de 2005, dictó Sentencia en los autos de que este rollo dimana declarando probados los siguientes hechos: "Se declara probado que el acusado, Leonardo sobre las 10.00 horas del días 11 de abril de 2002, en su domicilio sito en CALLE000 nº NUM000 de Los Dolores, Cartagena, se encontraba en posesión de 661 CDs de juegos de Play Station, Play Station 2 y Dreamcast; 78 CDs de juegos de PC y 60 DVDs, los cuales eran copias de los originales realizadas por el acusado, conteniendo videojuegos aptos para ser utilizados en videoconsolas Play Station y Play Station 2, Dreamcast y ordenadores PC, que Leonardo vendía a terceros con intención de obtener beneficio ilícito al no disponer de autorización de los titulares de los derechos de propiedad intelectual.

Donato , en nombre y representación de la Asociación Española de Distribuidores y Editores de Software de Entretenimiento (ADESE), como representante de los titulares de los derechos de propiedad intelectual sobre software de videojuegos Proein S.A., Sony Computer Entertainment España S.A., Ubi Soft S.A. , Electronics Arts Software, Friendware S.L., Dinamic Multimedia S.A., New Software Center Company S.L., Sega Comsumer Products S.A. y Cendant Software España/Cocktail Educative Multimedia, interpuso denuncia por estos hechos el 21 de marzo de 2002.

Los perjuicios causados por estos hechos a las sociedades agrupadas en ADESE, según tasación pericial, son: a Proein S.A. 3.778,75 euros; a Sony Computer Entertainment España S.A., 3062,08 euros; a Ubi Soft S.A. 464,55 euros; a Electronics Arts Software, 2.309,02 euros; a Friendware S.L., 135,08 euros, a Dinamic Multimedia S.A., 54,71 euros y a Sega Comsumer Products S.A. 2.018,14 euros. "

Segundo

En el fallo de dicha resolución expresamente se disponía: "Que debo condenar y condeno al acusado Leonardo como autor penalmente responsable de un delito contra la propiedad intelectual, ya definido, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de multa de doce meses con una cuota diaria de tres euros, con responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias impagadas por insolvencia; imponiéndole las costas procesales causadas.

Se acuerda el comiso y destrucción de los CD y DVD ilegales intervenidos, así como el comiso del material informático intervenido.

En concepto de responsabilidad civil Leonardo indemnizará a Proein S.A. en la cantidad de 3.778,75 euros; a Sony Computer Entertainment España S.A. en 3062,08 euros; a Ubi Soft S.A. en 464,55 euros; a Electronics Arts Software en 2.309,02 euros; a Friendware S.L. en 135,08 euros, a Dinamic Multimedia S.A. en 54,71 euros y a Sega Comsumer Products S.A. en 2.018,14 euros, más intereses legales".

Tercero

Contra la anterior Sentencia, en tiempo y forma, se interpuso, para ante esta Audiencia Provincial, Sección Quinta, RECURSO DE APELACIÓN por el Procurador D. Cristobal Gómez Fernández , en nombre y representación de D. Leonardo , admitido en ambos efectos, y por el que se expuso por escrito y dentro del plazo que al efecto le fue conferido, la argumentación que le sirve de sustento, dándose seguidamente a la causa, por el Juzgado de primer grado, el trámite dispuesto por los artículos 790 y 803 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal , con traslado del escrito de recurso a las demás partes personadas para impugnación y plazo común de cinco días, remitiéndose seguidamente los autos a este Tribunal, formándose el correspondiente rollo, con el nº 73/06, que ha quedado para Sentencia sin celebración de vista, habiéndose celebrado la deliberación, votación y fallo el día 18 de abril de 2006.

Cuarto

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

HECHOS PROBADOS

Único: No se aceptan los hechos declarados probados por...

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