SAP Murcia 147/2004, 11 de Mayo de 2004

PonenteANTONIO SALAS CARCELLER
ECLIES:APMU:2004:1255
Número de Recurso290/2003
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución147/2004
Fecha de Resolución11 de Mayo de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 147

En la ciudad de Murcia, a once de mayo de dos mil cuatro.

Vistos por la Sección Primera de esta Audiencia Provincial, en grado de apelación, los presentes autos de juicio de juicio verbal procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Totana, seguidos ante el mismo con el nº 210/01 -Rollo nº 290/03-,en los que figura como demandante doña María Rosa , representada en el Juzgado por la Procuradora Sra. García Sánchez y en esta alzada por el Sr. Hurtado López y defendida por el Letrado Sr. Ortiz de Urbina Pinto, y como demandado don Lorenzo , representado por el Procurador Sr. Gallego Iglesias y defendido por el Letrado Sr. Díez de Revenga Torres, versando sobre determinación de inventario previo a la liquidación de la sociedad de gananciales; los cuales penden ante esta Sala en virtud de recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la sentencia de fecha 7 de febrero de 2003 , dictada por el referido Juzgado, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Presidente don Antonio Salas Carceller, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

La expresada resolución contiene el siguiente: "FALLO": «Que estimando parcialmente la demanda presentada por la Procuradora Sra. García Sánchez, en nombre y representación de María Rosa contra Lorenzo se declaran como activo de la sociedad de gananciales los siguientes bienes: finca registral nº NUM000 , inscrita al Tomo NUM001 , libro NUM002 ; finca registral nº NUM003 , inscrita al tomo NUM001

, tomo NUM002 ; finca registral nº NUM004 inscrita al tomo NUM005 , libro NUM006 ; finca registral nº NUM007 , 41 enteros, 5.283 diez milésimas, inscrita al tomo 1. NUM008 , libro NUM009 ; finca registral nº NUM010 inscrita al tomo NUM001 , libro NUM002 todas ellas del Registro de la Propiedad de sotana; finca registral nº NUM011 inscrita al folio NUM012 , libro NUM013 de la Sección 3ª del Registro de la Propiedad de Cartagena nº 1; finca registral nº NUM014 inscrita al tomo NUM015 , libro NUM016 de Barreiros, folio 25 del Registro de la Propiedad de Ribadeo, y el vehículo Ford Fiesta matrícula RE-....-UB ; todo ello sin expresa imposición de las costas del presente procedimiento."

Segundo

Contra la misma se preparó e interpuso por escrito, en tiempo y forma, por la parte actora recurso de apelación, con alegación de los motivos en que basaba la impugnación, que fue admitido a trámite, dándose traslado a la parte contraria que se opuso al mismo, elevándose a continuación los autos aesta Audiencia Provincial donde se formó el correspondiente Rollo, en el que se practicó prueba documental interesada por la parte apelante, señalándose vista que se ha celebrado el pasado día 4 de mayo de 2004 a la que asistieron los Sres. Letrados de ambas partes que informaron en defensa de sus respectivas pretensiones, quedando los autos vistos para sentencia.

Tercero

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

Seguido juicio verbal sobre determinación de inventario previo a la liquidación de la sociedad de gananciales que en su día formaron la actora doña María Rosa y el demandado don Lorenzo , por razón de la controversia surgida al efecto sobre los conceptos que han de integrar el mismo ( artículo 809.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil ), se dictó por el Juzgado la sentencia hoy recurrida fijando el activo de dicha sociedad según el "fallo" anteriormente transcrito.

La referida sentencia ha sido apelada por la actora interesando que, además de los bienes inmuebles que se consideran integrantes de la referida sociedad de gananciales, sobre los que no existe controversia, se efectúen los siguientes pronunciamientos: a) Inclusión en el inventario de la oficina de farmacia y óptica, sita en la localidad de Totana, PLAZA000 n° NUM017 , NUM018 ; b) Inclusión en el inventario de los equipos de óptica y laboratorio existentes en la referida oficina, valorados a fecha 29 de enero de 1996, sin perjuicio, en su caso, de la correspondiente actualización a la fecha real de liquidación de la sociedad de gananciales; c) Inclusión en el inventario del saldo del Plan de Pensiones de la Caja de Ahorros de Murcia, de las Acciones Repsol y Acciones Telefónica de España S.A. y de los saldos de todas las cuentas corrientes existentes a nombre de cualquiera de los cónyuges, valorados siempre...

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