SAP Murcia 246/2005, 26 de Julio de 2005

PonenteJULIA FRESNEDA ANDRES
ECLIES:APMU:2005:2434
Número de Recurso294/2004
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución246/2005
Fecha de Resolución26 de Julio de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 246/05

Ilmos Sres:

Don Francisco José Carrillo Vinader

Presidente

Don Álvaro Castaño Penalva

Doña Julia Fresneda Andrés

Magistrados

En Murcia a veintiséis de julio de dos mil cinco.

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Murcia, integrada por los Ilmos. Sres. expresados al margen, ha visto los autos de Procedimiento Ordinario nº 21/03 seguidos en el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Lorca de los que conoce en grado de apelación en virtud del recurso entablado por la parte actora CONSTRUCCIONES Y PROMOCIONES JOSÉ NAVARRO S.L., representada en esta alzada por la Procuradora Sra. Lozano Semitiel y asistida del Letrado Sr. López-Fajardo López, siendo parte apelada la demandada, HERBAMÓVIL S.L., representada por el Procurador Sr. Arjona Ramírez y asistida del Letrado Sr. González Amador.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En los referidos autos se dictó sentencia con fecha 10 de noviembre de 2.003 , y cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: "Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador D. Pedro Arcas Barnes en nombre y representación de Construcciones y Promociones José Navarro Valero S.L., frente a Herbamóvil S.L., debo condenar y condeno a la mencionada demandada al pago de 4.717,54 euros, mas los intereses legales. No se hace expresa condena en costas."

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se preparó recurso de apelación por la citada parte actora, con base en las alegaciones manifestadas en su escrito de interposición que se dan por reproducidas, tramitado conforme a lo dispuesto en el art. 455 y ss. de la vigente L.E.C ., oponiéndose la demandada en los términos que constan en autos. Remitidos los autos a este Tribunal se formó el correspondiente Rollo de Apelación con el número 294/04 y, tras los trámites oportunos, se señaló la fecha de su votación y fallo, sin celebración de vista, quedando los autos conclusos para sentencia.TERCERO.- En la tramitación de esta instancia han sido observadas sustancialmente las normas y formalidades legales.

VISTO, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Suplente Dª Julia Fresneda Andrés, que expresa la convicción del Tribunal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El apelante muestra su disconformidad con el pronunciamiento de la sentencia de instancia por error en la apreciación y valoración de la prueba sobre los hechos base de sus pretensiones, interesando la revocación de la sentencia y, en su lugar, se dicte otra por la que se proceda a la declaración de nulidad del contrato de compraventa suscrito entre las partes por mediar dolo por parte del vendedor, con estimación íntegra de la demanda.

La parte apelada se opone al recurso interesando la confirmación de la sentencia por sus propios fundamentos.

SEGUNDO

La sentencia de instancia declara probado la existencia de dolo incidental por parte del vendedor en la ocultación al comprador demandante de que el vehículo objeto de la venta había tenido un siniestro.

El actor reproduce en esta alzada su pretensión de que tal dolo es principal.

La sentencia declara que el vehículo vendido era de los llamados K-0, teniendo tan solo 420 Kms, que fue vendido como un vehículo dedicado a la demostración, y que el vendedor ocultó al actor que dicho vehículo había sido objeto de una importante reparación (más de 6.000 euros) a consecuencia de un siniestro, acaecido antes de su matriculación, tras su robo en...

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