SAP Murcia 164/2006, 29 de Mayo de 2006

PonenteFERNANDO LOPEZ DEL AMO GONZALEZ
ECLIES:APMU:2006:1083
Número de Recurso447/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución164/2006
Fecha de Resolución29 de Mayo de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 2ª

SENTENCIA nº 1 6 4 / 2 0 0 6 Ilmos. Sres.

Don Abdón Díaz Suárez

Presidente

Dª María Jover Carrión

Don Fernando López del Amo González

Magistrados

En Murcia, a veintinueve de mayo de dos mil seis. Habiendo visto en grado de apelación la SECCION SEGUNDA de esta Ilma. Audiencia Provincial los autos de Juicio Ordinario nº 654/2003, que en primera instancia se han seguido en el Juzgado civil de Murcia nº Cuatro, entre las partes: como actora "Fundación Universidad Empresa", representada por el Procurador Sr/a. Marcilla Oñate y defendida por el Letrado Sr/a. Navarrete González Bueno, y como demandada Roberto y "Asociación para el desarrollo Universidad-Empresa, representada por el Procurador Sr/a. Hernández Foulquié y defendida por el Letrado Sr/a. Astiz Suárez.

En esta alzada actúa como apelante "Fundación Universidad Empresa", personándose por el Procurador Sr/a Marcilla Oñate, y como apelada Roberto y "Asociación para el desarrollo Universidad-Empresa", personándose por el Procurador Sr/a Hernández Foulquié. Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Don Fernando López del Amo González, que expresa la convicción del Tribunal. ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

El Juzgado de Instancia citado, con fecha 16 de junio de 2005 dictó en los autos principales de los que dimana el presente Rollo la Sentencia cuya parte dispositiva dice así: "FALLO: Que desestimando la demanda formulada por el Procurador D. Vicente Rafael Marcilla Oñate en nombre y representación de la Fundación Universidad Empresa contra D. Roberto , y la Asociación para el Desarrollo Universidad Empresa, debo absolver absuelvo a dichas demandados de las pretensiones formuladas en su contra con imposición de las costas procesales a la demandante".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia y en tiempo y forma se preparó e interpuso recurso de apelación por la representación de "Fundación Universidad Empresa" al no estar conforme con la sentencia, siendo admitido en ambos efectos, dándose traslado a la contraparte que presentó escrito oponiéndose al recurso y solicitando su confirmación.

Elevados los autos originales a esta Audiencia se formó el oportuno Rollo por la Sección Segunda con el nº 447/2005, señalándose el día 22 de mayo de 2.006 para deliberación, votación y fallo.

TERCERO

En la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La Juez de Instancia dictó sentencia desestimando la demanda formulada por "Fundación Universidad Empresa" contra Roberto y "Asociación para el desarrollo Universidad-Empresa" a fin de que éstos cesaran en el uso de la denominación comercial "UE Universidad Empresa" por afectar a la Ley de Competencia Desleal y ser una publicidad engañosa.

La parte demandante recurre tal resolución por estimar que la misma no es ajustada a derecho y que debían aceptarse sus pretensiones.

SEGUNDO

La sentencia recurrida refleja en su Fundamento de Derecho Primero la situación registral de las marcas solicitas por ambas partes, desprendiéndose de ellas la prioridad temporal en dos años por parte de la demandada y que en la marca va unida la expresión Fundación base de sudenominación social. La actora pretende que se declare el cese por la demandada de las letras "UE" pero no ha solicitado la nulidad de la marca concedida a...

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