SAP Las Palmas 392/2001, 29 de Mayo de 2001

PonenteROSALIA MERCEDES FERNANDEZ ALAYA
ECLIES:APGC:2001:1656
Número de Recurso746/2000
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución392/2001
Fecha de Resolución29 de Mayo de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Las Palmas, Sección 3ª

SENTENCIA APELADA DE FECHA: 25 de julio de 2000

APELANTES QUE SOLICITAN LA REVOCACION:

D. Fermín

Dª. Rebeca

En la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, a 29 de mayo de dos mil uno.

VISTO, ante la Sección Tercera de esta Audiencia Provincial, el recurso de apelación admitido a la parte demandada en los reseñados autos, representada en esta instancia por el Procurador Sr. Crespo Sánchez y dirigida por el Letrado Sr. Sosa Galván, contra la sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia n° 9 de Las Palmas de Gran Canaria el día 25 de julio de 2000, siendo parte apelada Dª Lucía , representada por el Procurador Sr. Enríquez Sánchez y dirigida por él letrado Sr. Rodríguez Sánchez.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

El Fallo de la Sentencia apelada dice: "Que estimando la demanda interpuesta por el procurador Antonio Jaime Enríquez Sánchez, en la representación que ostenta, contra Fermín y Rebeca , declaro que el edificio sito en la calle CAMINO000 n° NUM000 , de esta ciudad, pertenece a la sociedad de gananciales formada por la actora Lucía y su difunto esposo Paulino . Desestimando íntegramente la reconvención interpuesta por el procurador Alfredo Crespo Sánchez en la representación que ostenta, y con imposición de las costas a los demandados principales."

Segundo

La relacionada sentencia, se recurrió en apelación por la parte demandada, por cuyo motivo se elevaron los autos a esta Audiencia, ante la que se personaron en legal forma y dentro del término del emplazamiento ambos litigantes y seguidos los demás trámites, se señaló día para la vista de la alzada que tuvo lugar con fecha 29 de mayo de 2001, con asistencia de los letrados y procuradores de las partes, quienes hicieron las alegaciones que a su derecho estimaron convenientes, en apoyo de sus respectivas pretensiones.

Tercero

Se ha tramitado el presente recurso conforme a derecho, y observando las prescripciones legales. Es Ponente de la sentencia la Iltma. Sra. Doña ROSALIA FERNÁNDEZ ALAYA, quien expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

Impugnan los demandados- reconvinientes el Fallo recaído en la primera instancia alegando en primer término la existencia de una nulidad de actuaciones por cuanto entienden que acreditado el fallecimiento de uno de los que se dicen cotitulares el otro no puede continuar por si el procedimiento entablado, debiendo haber sido llamados a juicio todos los coherederos; y en cuanto al fondo del asunto, discrepa de la fundamentación jurídica expuesta en la sentencia recurrida y sostiene que todas las pruebas practicadas son favorables a los apelantes y que de ellas resulta acreditado de forma hartamente suficiente que la compra y construcción de la casa litigiosa lo fue a costa de los demandados, por lo que afirman que el referido inmueble es suyo, y en este sentido solicitan les sea estimado su recurso y la consiguiente desestimación de la demanda interpuesta con expresa condena en las costas de ambas instancias a los demandantes.

Segundo

La alegada nulidad de actuaciones en esta alzada es...

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