SAP Las Palmas 212/2006, 19 de Mayo de 2006

PonenteRICARDO MOYANO GARCIA
ECLIES:APGC:2006:1460
Número de Recurso781/2005
Número de Resolución212/2006
Fecha de Resolución19 de Mayo de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Las Palmas, Sección 3ª

SENTENCIA APELADA DE FECHA: 22 de junio de 2005

APELANTE QUE SOLICITA LA REVOCACIÓN: D./Dña. Jesús Y Otros Pedro Miguel Carina y Araceli

VISTO, ante AUDIENCIA PROVINCIAL SECCIÓN TERCERA , el recurso de apelación admitido a la parte demandante y demandada , en los reseñados autos, contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia de fecha 22 de junio de 2005 , seguidos en esta alzada en virtud del recurso de apelación de D./Dña. Jesús Y Otros Pedro Miguel Carina y Araceli representados por el Procurador D./Dña. Dolores Moreno Santana y Bernardo Rodriguez Cabrera y dirigidos por el Letrado D./Dña. Carlos Alberto Hernandez Diaz y Olga Caballero Martell .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Fallo de la Sentencia apelada dice: Estimar parcialmente la demanda seguida a instancia de Jesús , Pedro Miguel y Carina representado por la Procuradora Sra. Ojeda García contra Dª. Araceli representada por el Procurador Sra. Santana Pérez condenando a la demandada a dejar libre y expedita, con entrega de las llaves y mobiliario que se encuentra en la misma, la finca NUM000 , inscrita en el Registro de la Propiedad nº NUM001 de Puerto del Rosario al Tomo NUM002 , Folio NUM003 , Libro NUM004 de Antigua, con apercibimiento de lanzamiento en caso contrario, debiendo estar y pasar por esta declaración y absolviendo a los demandada del resto de pretensiones formuladas en su contra.

Respecto a las costas cada parte abonará las suyas y las comunes por mitad .

SEGUNDO

La relacionada sentencia, se recurrió en apelación por la indicada parte de conformidad a lo dispuesto en el artículo 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil , y no habiéndose practicado prueba en esta segunda instancia, y tras darle la tramitación oportuna se señaló para su estudio, votación y fallo el día 5 de Mayo de 2.006 .

TERCERO

Se ha tramitado el presente recurso conforme a derecho, y observando las prescripciones legales. Es Ponente de la sentencia el Iltmo. Sr./a. D./Dña. Ricardo Moyano García , quienexpresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se deduce acción de recuperación posesoria del art. 25-1-7º de la LEC 1/00 , que permite obtener la posesión de bienes inscritos en el Registro de la Propiedad detentados por terceros, frente a cuya acción los demandados sólo pueden oponer las causas taxativas del art. 444-2 de la citada Ley . En este caso la demandada opone que es la compañera sentimental del difunto titular registral, y que frente a sus herederos ostenta la condición de copropietaria del 50% del inmueble, ya que en realidad el apartamento lo adquirieron ambos por mitad aunque a efectos de la escritura notarial figurara su pareja de hecho en exclusiva por dificultades de documentación personal de la demandada, de nacionalidad extranjera, por lo cual su posesión se ampara en título legítimo -art. 444-2-2º-. Sin embargo, la...

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