SAP Las Palmas 312/2006, 14 de Julio de 2006

PonenteVICTOR MANUEL MARTIN CALVO
ECLIES:APGC:2006:2374
Número de Recurso138/2006
Número de Resolución312/2006
Fecha de Resolución14 de Julio de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Las Palmas, Sección 4ª

SENTENCIA

En la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria a catorce de julio de dos mil seis;

VISTAS por la Sección 4ª de esta Audiencia Provincial las actuaciones de que dimana el presente rollo en virtud del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Las Palmas de G.C. en los autos referenciados (Juicio Verbal nº 292/00) seguidos a instancia de DON Inocencio , parte apelada, incomparecida en esta alzada, contra la entidad mercantil "CATALANA OCCIDENTE, SOCIEDAD ANÓNIMA DE SEGUROS Y REASEGUROS", parte apelante, representada en esta alzada por el Procurador Don Tomás Ramírez Hernández y asistida por el Letrado Don Iván Ventura Díaz, así como contra Don Carlos Ramón , incomparecido en la alzada, siendo ponente el Sr. Magistrado Don Víctor Manuel Martín Calvo, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia No. 2 de Las Palmas de G.C., se dictó sentencia en los referidos autos cuya parte dispositiva literalmente establece: «Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador D. Carmelo R. Jiménez Rojas, en nombre y representación de Don Inocencio , debo condenar y condeno a D. Carlos Ramón y a la entidad Catalana Occidente S.A., a que abonen, conjunta y solidariamente al actor la cantidad de 70.000 Ptas. o su equivalente 420,71 euros, cantidad que devengará los intereses del art. 20 LCS para la compañía aseguradora desde la fecha del siniestro y los legalmente previstos desde la fecha de la interpelación judicial para el otro codemandado, imponiendo a los codemandados el abono de las costas procesales.»

SEGUNDO

La referida sentencia, de fecha 25 de marzo de 2004 , se recurrió en apelación por la parte demandada, interponiéndose tras su anuncio el correspondiente recurso de apelación con base a los hechos y fundamentos que son de ver en el mismo. Tramitado el recurso en la forma dispuesta en el art. 461 de la Ley de Enjuiciamiento Civil la parte contraria presentó escrito de oposición al recurso alegando cuanto tuvo por conveniente y seguidamente se elevaron las actuaciones a esta Sala, donde se formó rollo de apelación. No habiéndose solicitado el recibimiento a prueba en esta alzada, sin necesidad de celebración de vista se señaló para discusión, votación y fallo el día 13 de julio de 2006.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la sentencia que estima la demanda presentada en reclamación de cantidad por los daños sufridos en siniestro ocurrido con motivo de la circulación rodada (70.000 ptas. - 420,71 €- nosatisfechas por el Consorcio de Compensación correspondiente a la...

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