SAP Cádiz, 24 de Abril de 1998

PonenteMANUEL DE LA HERA OCA
Número de Recurso74/1998
ProcedimientoPENAL
Fecha de Resolución24 de Abril de 1998
EmisorAudiencia Provincial - Cádiz, Sección 1ª

SENTENCIA

Ilustrísimo Sr. Magistrado:

Don Manuel de la Hera Oca

JUZGADO DE INSTRUCCION ALGECIRAS NUMERO UNO

JUICIO DE FALTAS 494/97

ROLLO DE SALA 74/98

En Cádiz, a veinticuatro de Abril de mil novecientos noventa y ocho.

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Cádiz, integrada a este efecto por el Iltmo. Sr. Magistrado que al margen se dijo, ha visto el rollo de Apelación de la referencia, formado para ver y fallar la que había sido formulada por María Esther , que compareció por si misma, contra la sentencia del Juzgado de Instrucción de Algeciras Número Uno recaída en el proceso citado. Comparecieron y fueron partes, como apelados, el MINISTERIO FISCAL y Jon , defendido por el letrado Don Jaime de Castro García.

ANTECEDENTES
PRIMERO

Por el apelante expresado, se formuló recurso de apelación contra la Sentencia del Juzgado de Instrucción de Algeciras Número Uno, dictada en el Juicio de Faltas número 494/97, siendo impugnado el recurso por las demás partes, y recibiéndose las actuaciones en esta Audiencia Provincial. Tal Sentencia, contenía el siguiente Fallo:

Que condeno a Dª. María Esther cono responsable en concepto de autor de una falta prevista y penada era el artículo 631 del Código Penal , a la pena de MULTA DE VEINTE DÍAS, a razón de MIL PESETAS POR DIA, y a cure indemnice a Don Jon en cuarenta y cuatro mil pesetas (44.000), de las que

35.000 corresponden a la secuela y las restantes a los tres días de incapacidad, imponiéndole expresamente las costas causadas.

SEGUNDO

La Sala ha conocido de la Apelación sin necesidad de vista, no interesada por ninguna de las partes, habiéndose guardado en su tramitación las prescripciones legales.

II.- HECHOS PROBADOS.

Se aceptan los reflejados en la sentencia de instancia que son del siguiente tenor:

"El día dos de Octubre del pasado año, en la CALLE000 de esta ciudad, se hallaba Doña María Esther hablando con una vecina y llevaba sujeto con una correa, pero sin bozal al perro de su propiedad.Cerca del perro pasó cometido Don Jon , que fue atacado por el animal, quien le mordió en el muslo izquierdo, causándole lesiones de las que tardó en curar ocho días de los que tres fueron de incapacidad y dejándole como secuela una cicatriz poco perceptible en la cara posterior de dicho muslo."

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Aparece nombrado con ligereza, una vez más, el artículo 24 de la Constitución , entendiéndose por el recurrente que existe vulneración de la presunción de inocencia de la condenada Doña María Esther , pese a la existencia de prueba de cargo suficiente practicada dentro del Juicio verbal e integrada por las declaraciones testificales de denunciante y denunciada, así como de la novia del primero...

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