SAP Cádiz 31/2008, 24 de Enero de 2008

PonenteMARGARITA ALVAREZ-OSSORIO BENITEZ
ECLIES:APCA:2008:84
Número de Recurso518/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución31/2008
Fecha de Resolución24 de Enero de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Cádiz, Sección 2ª

SENTENCIA NÚM. 31/08

AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÁDIZ

SECCIÓN SEGUNDA

PRESIDENTE ILTMO. SR.

D. MANUEL DE LA HERA OCA

MAGISTRADOS ILTMOS. SRES.

Dª. MARGARITA ÁLVAREZ OSSORIO BENÍTEZ.

D. ANTONIO MARÍN FERNÁNDEZ.

REFERENCIA :

JUZGADO DE PROCEDENCIA: J. de Primera Instancia e Instrucción Nº. Tres de San Fernando.

ROLLO DE APELACIÓN Nº. 518/07

AUTOS : Juicio Verbal Nº. 77/06.

En la Ciudad de Cádiz a veinticuatro de enero de dos mil ocho.

Visto por la Sección Segunda de esta Audiencia, integrada por los Magistrados indicados al margen, recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia dictada en juicio verbal nº. 77/06 seguido en el Juzgado referenciado. Interpone el recurso la entidad Milenium Plus S.L., representada por la Procuradora Doña Ana María Alonso Barthe y defendido por el Letrado Don Emilio Gutiérrez Lora, en la instancia parte actora, siendo parte demandada Don Gregorio, representado por la Procuradora Doña María de los Ángeles Asenjo González y defendido por el Letrado Don Luís Miguel Pérez Matallana, en la instancia parte demandada.

I .- ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia dictó Sentencia el día 3 de enero de 2007 , en el procedimiento del margen, cuya parte dispositiva es como sigue:

" Que desestimando la demanda interpuesta por la Procuradora Doña Rosa Jaén Mena , en representación de Milenium Plus S.L. contra Gregorio, debo absolver y absuelvo a la demandada de todo pronunciamiento en contra, con imposición de costas a la actora".

SEGUNDO

Interpuesto recurso de apelación contra la Sentencia recaída por la representación procesal de Milenium Plus S.L., se dio traslado a la otra parte, quien se opuso, siendo emplazados los litigantes por treinta días para ante esta Audiencia Provincial donde fueron remitidos los autos. Llegados losmismos, fueron repartidos, correspondiendo su conocimiento a esta Sección, donde se formó Rollo y fue designada Ponente, Providencia notificada a las partes, quienes se personaron en la alzada. Se propuso prueba pericial en la alzada, que fue denegada, quien recurrió en reposición, recurso que fue desestimado, señalándose finalmente fecha para la vista para el 21 de enero actual, diligencia a la que comparecieron las partes quienes expusieron por su orden lo atinente a sus respectivos derechos, quedando los autos vistos para Sentencia, produciéndose, seguidamente, la deliberación y votación conforme a Ley.

Visto, siendo ponente la Iltma. Sra. Magistrada Dª MARGARITA ÁLVAREZ OSSORIO BENÍTEZ , quien expresa el parecer del Tribunal.

II .- FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En la vista de la apelación la parte actora, que ratificó su escrito de interposición del recurso, en el que solicitaba la revocación de la Sentencia para que se dictara otra que acogiera las pretensiones de la demanda, consideró que aunque las periciales obrantes en autos, practicadas en la instancia, se neutralizaran, por ser la valoración de la prueba conjunta, estimaba que había elementos bastantes para llegar a la conclusión condenatoria que preconizaba. En primer lugar, porque en la pericial primera, de parte, el demandado realizó cuerpo de escritura sin estar a presencia judicial, siendo la segunda, judicial, más independiente. En segundo lugar, porque en la hoja de encargo para la venta del inmueble del demandado que se aportó con la demanda del procedimiento monitorio, aparecían una serie de datos del demandado: DNI, nº. de móvil, domicilio, junto con el hecho admitido de que la compradora final de la de vivienda fue a visitarla acompañada de personal de la actora, permitiéndoles la entrada el Sr. Gregorio, que demostraban que efectivamente realizó dicho encargo. Y, en tercer lugar, porque obraba en autos ficha firmada de la Sra. que adquirió el inmueble de que requirió los servicios de la actora.

Por ello, habiendo acreditado, a su juicio, que realizó la actividad mediadora que hizo que la compraventa llegara a buen fin,...

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