SAP Alicante 175/2008, 7 de Mayo de 2008

PonenteENRIQUE GARCIA-CHAMON CERVERA
ECLIES:APA:2008:2082
Número de Recurso92/2008
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución175/2008
Fecha de Resolución 7 de Mayo de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 8ª

SENTENCIA NÚM. 175/08

Iltmos.:

Presidente: Don Enrique García Chamón Cervera.

Magistrado: Don Luis Antonio Soler Pascual.

Magistrado: Don Francisco José Soriano Guzmán.

En la ciudad de Alicante, a siete de mayo de dos mil ocho.

La Sección Octava de la Audiencia Provincial de Alicante, integrada por los Iltmos. Sres. expresados al margen, ha visto los autos de Juicio Ordinario número 1449/06, sobre responsabilidad civil derivada de la circulación de vehículos a motor, seguidos en el Juzgado de Primera Instancia Núm. 6 de Alicante, de los que conoce en grado de apelación en virtud del recurso entablado por la parte actora, Don Jose Pablo, representada por el Procurador Don Juan Carlos Olcina Fernández, con la dirección de la Letrada Doña Victoria Soriano Lloret; y como apelada, la parte demandada, "Mapfre, Mutualidad de Seguros", representada por la Procuradora Doña Alicia Carratalá Baeza, con la dirección del Letrado Don Francisco Fresno Llopis.

El codemandado Don Juan Francisco fue declarado en situación de rebeldía en la instancia.

I - ANTECEDENTES

DE H E C H O.-

PRIMERO

En los autos de Juicio Ordinario número 1449/06 del Juzgado de Primera Instancia Núm. 6 de Alicante, se dictó Sentencia de fecha tres de septiembre de dos mil siete , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Olcina Fernández, en nombre y representación de D. Jose Pablo, contra D. Juan Francisco y la entidad aseguradora Mapfre, debo condenar y condeno a éstos a que indemnicen al primero en la cantidad de

1.352,85 €, con sus intereses legales en la forma antes señalada, y sin efectuar especial imposición de costas."

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia se preparó recurso de apelación por la parte actora y; trastenerlo por preparado, presentó el escrito de interposición del recurso, del que se dio traslado a la Aseguradora demandada que presentó el escrito de oposición. Seguidamente, tras emplazar a las partes, se elevaron los autos a este Tribunal donde fue formado el Rollo número 150-92/08, en el que se señaló para la deliberación, votación y fallo el día seis de mayo, en el que tuvo lugar.

TERCERO

En la tramitación de esta instancia, en el presente proceso, se han observado las normas y formalidades legales.

VISTO, siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. Enrique García Chamón Cervera.

II - FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En la primera alegación del recurso se impugna el pronunciamiento que excluye de la indemnización por los daños materiales causados a un vehículo auto-taxi el concepto del IVA de la factura de reparación cuyo importe asciende a la suma de 503,26.- € por ser el actor un profesional autónomo con posibilidad de recuperar por medio de la correspondiente deducción el importe abonado en concepto de IVA.

En nuestra Sentencia número 78/05, de fecha 16 de febrero de 2005 , abordamos esta cuestión en los siguientes términos: "aún siendo una cuestión controvertida en la jurisprudencia de las Audiencias Provinciales, debe de estimarse el recurso y condenar a la Aseguradora a que pague el importe correspondiente al IVA (344,59.- euros) de la factura de reparación del vehículo pues según consta en el documento número 10 de la demanda ese concepto fue satisfecho por la actora con independencia de cuál sea la mecánica posterior de la liquidación del IVA.

A estos efectos, debe traerse a colación la SAP Teruel de 27 de febrero de 1992 : "de seguirse la peculiar teoría sostenida por los demandados, resulta que en tal supuesto, por el simple hecho de ostentar el perjudicado la cualidad de comerciante y poder...

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