SAP Barcelona 267/2008, 15 de Abril de 2008

PonenteMARIA DOLORES VIÑAS MAESTRE
ECLIES:APB:2008:5734
Número de Recurso757/2007
Número de Resolución267/2008
Fecha de Resolución15 de Abril de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 18ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE

BARCELONA

SECCION DECIMOCTAVA

ROLLO Nº 757/2007

INCAPACITACIÓN NÚM. 1045/2006

JUZGADO de PRIMERA INSTANCIA 58 BARCELONA

S E N T E N C I A Núm. 267/08

Ilmos. Sres.

Dª. MARGARITA NOBLEJAS NEGRILLO

Dª. Mª DOLORS VIÑAS MAESTRE

Dª. AURORA FIGUERAS IZQUIERDO

En la ciudad de Barcelona, a quince de abril de dos mil ocho.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimoctava de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de

Juicio de Incapacitación, número 757/2007 seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 58 de Barcelona a instancias de D.

Narciso, contra Dª. Esperanza ; los cuales penden ante esta superioridad en virtud del

recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, contra la Sentencia dictada en los mismos el día 20 de febrero de

2007, por el Juez del expresado Juzgado, con la intervención del Ministerio Fiscal que se adhiere al recurso.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la sentencia apelada es del tenor literal siguiente: ""FALLO: Que estimando como estimo en cuanto a su pedimento principal, la demanda inicial del presente proceso, promovido por el Procurador Sr. Cortal Pedra, en nombre y representación de D. Narciso, debo declarar y declaro la incapacidad plena de Dª. Esperanza, nacida el día 24 de agosto de mil novecientos ochenta y ocho en esta ciudad, para todo tipo de decisiones tendentes a la atención de su persona, así como para todo tipo de actos y negocios jurídicos relativos a la administración y disposición de sus bienes, derechos e intereses jurídicos y patrimoniales de cualquier clase, con privación expresa del derecho de sufragio activo y sin hacer pronunciamiento sobre costas. Constituyase la tutela sobre la misma nombrándose tutor único al demandante, su padre, que asumirá obligatoriamente el cargo y lo desempeñará de acuerdo con las disposiciones legales aplicables, sin necesidad de previa prestación de fiaza."

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandante, mediante su escrito motivado, dándose traslado a la parte contraria y al Ministerio Fiscal que se adhirió al recurso; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 10 de abril de 2008.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

Visto, siendo ponente la Magistrada Ilma. Sra. Mª DOLORS VIÑAS MAESTRE.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

La sentencia apelada designa tutor al demandante, padre de la persona declarada incapaz y descarta la rehabilitación de la patria potestad por entender que en cualquier caso debería serlo a favor de ambos progenitores, haciendo uso de la facultad legal que confiere el artículo 162 del Código de Familia. Entiende la expresada resolución que la constitución de la tutela permite la designación de una sola persona...

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