SAP Córdoba 28/2008, 8 de Febrero de 2008
Ponente | FRANCISCO DE PAULA SANCHEZ ZAMORANO |
ECLI | ES:APCO:2008:195 |
Número de Recurso | 352/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 28/2008 |
Fecha de Resolución | 8 de Febrero de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Córdoba, Sección 3ª |
SENTENCIA Nº 28/08
PRESIDENTE ILMO. SR.
D. FRANCISCO SÁNCHEZ ZAMORANO
MAGISTRADOS, ILTMOS. SRES.
D. FELIPE MORENO GÓMEZ
D. PEDRO VELA TORRES
JUZGADO DE ORIGEN: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº9 DE CÓRDOBA ROLLO DE APELACIÓN Nº 352/2007
JUICIO CAMBIARIO Nº 217/2007
En la Ciudad de CORDOBA a ocho de febrero de dos mil ocho.
La SECCION Nº 3 DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE CORDOBA, ha visto y examinado el recurso de apelación interpuesto contra autos de J. CAMBIARIO 217/2007 seguidos en el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 9 DE CÓRDOBA entre el demandante A.J. PUERTAS Y MOLDURAS S.L. representado por el Procurador Sr. MADRID FREIRE y defendido por el Letrado Sr. PEÑA IBAÑEZ y el demandado Jorge representado por el Procurador Sr DAVID FRANCO NAVAJAS y defendido por el Letrado Sr. RAFAEL REINA LUNA, pendientes en esta Sala a virtud de recurso de apelación interpuesto por la representación de la parte demandada contra sentencia recaída en autos, siendo Ponente del recurso el Magistrado Iltmo. Sr. Don FRANCISCO SÁNCHEZ ZAMORANO .
Aceptando los antecedentes de hecho de la sentencia recurrida y,
Que seguido el juicio por sus trámites se dictó sentencia por el Sr. Juez del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº9 DE CÓRDOBA cuyo fallo es como sigue: QUE DEBO DESESTIMAR Y DESESTIMO la demanda de oposición formulada por el procurador D. David Franco Navajas en nombre y representación de D. Jorge y DEBO ESTIMAR Y ESTIMO la demanda de juicio cambiario promovida por el procurador D. David Madrid Freire en nombre y representación de A.J. PUERTAS Y MOLDURAS S.L. y DEBO MANDAR Y MANDO seguir adelante la ejecución despachada, hasta hacer trance y remate de los bienes embargados a los demandados referidos, para con su importe efectuar entero y cumplido pago a la actora de la suma de MIL CIENTO CUARENTA Y SEIS EUROS - 1.146 euros.- de principal y gastos más la cantidad de TRESCIENTOS CUARENTA Y TRES EUROS Y DIECIOCHO CENTIMOS -343.18 euros.-calculada para intereses y costas, sin perjuicio de ulterior liquidación, todo ello, con expresa imposición decostas a la parte demandante de oposición.".
Que contra dicha resolución se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación de Jorge que fue admitido en ambos efectos, oponiéndose al mismo la parte contraria, remitiéndose los autos a este Tribunal y dándose traslado de los mismo al Magistrado Ponente para que dictara la resolución procedente.
Que en la tramitación de las dos instancias de este juicio se han observado las prescripciones legales.
Se aceptan los fundamentos jurídicos de la sentencia recurrida.
En la litis que ahora enjuicia la Sala en este grado jurisdiccional en virtud del presente recurso de apelación interpuesto por el demandado don Jorge se ejercita por parte de la entidad A.J. PUERTAS Y MOLDURAS, S.L. una acción cambiaria derivada de tres letras de cambio aceptadas por el mencionado...
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