SAP Badajoz 76/1997, 19 de Noviembre de 1997

PonenteISIDORO SANCHEZ UGENA
Número de Recurso147/1997
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución76/1997
Fecha de Resolución19 de Noviembre de 1997
EmisorAudiencia Provincial - Badajoz

SENTENCIA NUMERO 76/97

MAGISTRADOS

ILTMOS. SRES.

D. ISIDORO SANCHEZ UGENA(Ponente)

D. CARLOS CARAPETO MÁRQUEZ DE PRADO

D. FERNANDO PAUMARD COLLADO

RECURSO PENAL Nº 147/97

JUZGADO DE LO Penal de Merida

J.Oral 498/96

En Badajoz, a diecinueve de Noviembre de mil novecientos noventa y siete.

Visto en grado de apelación ante esta Audiencia Provincial Sección Segunda, la causa seguida en el Juzgado de lo Penal de Mérida por el delito de imprudencia temeraria contra el acusado Jose Enrique cuyas circunstancias personales constan en la sentencia recurrido, que en la instancia estuvo defendida por el Letrado D. Tomas Julio Gomez Rodriguez y representado por el Procurador Doña Mario Cristina Cardona Olivares.

Son partes acusadoras el Ministerio Fiscal y Simón y otras defendidos por., el Letrado Sr. Flores y representado por el Procurador Sr Viera Ariza, siendo partes en esta alzada como apelados el Ministerio Fiscal y la acusación particular y coro apelante el acusado y la compañía aseguradora Mapfre Agropecuaria, y ponente el Iltmo Sr. Magistrado D. ISIDORO SANCHEZ UGENA.

ANTECEDENTE PROCESALES

PRIMERO

Bajo el número 498/96 el, Juzgado de lo Penal de Marida tramitó Procedimiento Abreviado contra el acusado Jose Enrique , por el delito de imprudencia temeraria.

SEGUNDO

Con fecha cinco de junio de 1997 se dictó en dicho Procedimiento por el Iltmo Sr. Juez del referido Juzgado, sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "DEBO CONDENAR Y CONDENO al acusado Jose Enrique , como autor de una falta de imprudencia simple, sin infracción de reglamentos, con resultado de muerte, a la pena de multa de setenta ya cinco mil pesetas (75.000 pts.) o un DIA DE privación de libertad por cada diez mil pesetas o fracción impagadas; así como al pago de las costas procesales correspondientes a un juicio de faltas.

Por vía de responsabilidad civil, el acusado Jose Enrique , en solidaridad con la Cía de SegurosMapfre Agropecuaria, satisfará a los perjudicados Simón , María del Pilar Y Pablo , la cantidad de veintisiete millones de pesetas (27.000.000 pts.) que se distribuirán: 12.000.000 pts para el esposo y 7.500.000 pts. para cada uno de los hijos; alcanzando la responsabilidad de la aseguradora hasta el limite de las coberturas respectivas por segura obligatorio y voluntario; y en el exceso responderá el acusado."

TERCERO

Contra la referida sentencia en tiempo y forma y por la defensa del acusado y la Compañía Aseguradora se interpuso recurso de apelación para ante esta Audiencia provincial, fundado en: error en la apreciación de la prueba y otros motivos, que le fue admitido en ambos efectos siendo impugnado por las otras partes, remitiéndose los autos a esta Audiencia no habiéndose celebrado vista pública.

Se aceptan los antecedentes de hecho de la resolución recurrida, incluido el referente a los Hechos Probados: "Valorando en conciencia la prueba practicada, resulta probado y así se declara que el día seis de diciembre de 1995, tenia lugar en la finca "El Borracho", del término Municipal de Garlitos (Badajoz), una montería organizada por la Peña de Caza "Arcisa" debidamente autorizada, a la que asistían como cazadores el acusado Jose Enrique ; mayor de edad, sin antecedentes penales, así como Simón , al que acompañaba su esposa Carmen .

La Cacería se llevaba a cabo en la armada conocida por "Traviesa del Olivo", que constituye una especie de cortafuego operado sobre el monte, con una anchura de nueve metros y que integra lo que se conoce con el nombre de raya cinegética. Tras la distribución de los puestos y la lectura que se hizo durante el desayuno de los monteros, de las normas de seguridad que debían adoptarse, fueron los cazadores a situarse en sus respectivos puestos, habiendo correspondido al hoy acusado el nº 3 y a Pablo el nº 4, distante entre si unos 100 metros y después de que el Sr. Jose Enrique cambiara su posición se hallaba en el horizonte de la ladera del monte o rasante. La esposa del Sr. Simón se aposentó en una piedra próxima a su marido sitrayéndose en la lectura de una revista.

En la referida armada se distribuyeron cinco puestos de caza en total.

Así las cosas y una vez que se dice suelta a los perros que habían de traer a las reses hacia la línea cinegética para ser cazadas, sobre las 12,45 horas del día citado, aparece por el lado opuesto, es decir, a las espaldas de la línea de cazadores un ciervo entre los puestos tres y cuatro que fue avistado por el hoy acusado y volviéndose hacia él procedió a efectuar un disparo cuando el animal alcanzó la...

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