SAP Baleares 312/2004, 13 de Julio de 2004
Ponente | MATEO LORENZO RAMON HOMAR |
ECLI | ES:APIB:2004:1087 |
Número de Recurso | 302/2004 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 312/2004 |
Fecha de Resolución | 13 de Julio de 2004 |
Emisor | Audiencia Provincial - Baleares, Sección 5ª |
SENTENCIA Nº 312
Ilmos. Sr. Presidente Acctal:
D. MARIANO ZAFORTEZA FORTUNY
Ilmos. Sres. Magistrados:
D. MATEO RAMÓN HOMAR
D. SANTIAGO OLIVER BARCELÓ
En PALMA DE MALLORCA, a trece de Julio de dos mil cuatro.
VISTOS por la Sección Quinta de esta Audiencia Provincial, en grado de apelación, los presentes autos, Juicio de Modificación de Medidas Separación Contenciosa, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia Número 12 de Palma , bajo el Número 1501/03, Rollo de Sala Número 302/04, entre partes, de una como demandante apelante D. Pedro Antonio , representado por el Procurador Sr. Mateo Cabrer Acosta y defendido por el Letrado Sr. Félix Yagüe Bermúdez; y de otra como demandada apelada Dª Virginia , representada por la Procuradora Sra. Cristina Suau Morey y defendida por el Letrado Sr. Juan Camacho Peña; siendo parte en este trámite el MINISTERIO FISCAL.
ES PONENTE el Ilmo. Sr. D. MATEO RAMÓN HOMAR
Por el Ilmo./a Sr./Sra. Magistrado Juez, del Juzgado de Primera Instancia Número 12 de Palma en fecha 9 de marzo de 2004, se dicto sentencia cuyo Fallo es del tenor literal siguiente: "Debo desestimar y desestimo íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador D. Mateo Cabrer Acosta, en nombre y representación de D. Pedro Antonio , absolviendo a Dª Virginia , representada por el Procurador Dª Cristina Suau Morey, de las pretensiones formuladas en su contra, todo ello con imposición de costas a la parte actora".
Que contra la anterior sentencia y por la representación de la parte demandante, se interpuso recurso de apelación y seguido el recurso por sus trámites se celebró deliberación y votación enfecha 6 de julio del corriente año, quedando el recurso concluso para Sentencia.
Que en la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.
Se aceptan los fundamentos jurídicos de la sentencia apelada en lo que no se opongan a los que siguen
La sentencia de instancia desestima la demanda de modificación de medidas respecto al derecho de visitas en relación con la hija menor de las partes, interpuesta por D. Pedro Antonio contra Dª Virginia , e impone las costas al demandante. Dicha resolución es impugnada por la representación de la parte actora únicamente en relación con las costas alegando que es criterio jurisprudencial reiterado el de que no se efectúa expresa imposición de costas cuando se discuten derechos de naturaleza personalísima, en los que rige el criterio de la temeridad, por lo que no debió efectuar expresa imposición de costas en la sentencia recurrida.
La LEC no recoge ninguna excepción al principio general objetivo o del vencimiento en materia de costas en razón a que se trate de un procedimiento con base en el Derecho de Familia, y en este sentido, en principio, le es de aplicación el artículo 394 de la LEC . No obstante ello, cabe apreciar una corriente jurisprudencial que, en la práctica no sigue dicho principio en procedimientos de familia, y así, por ejemplo, en la sentencia de la Audiencia Provincial de Alicante, Sección 7ª, de 24 de febrero de 2.003 , se dice que, "no puede perderse de vista la especial naturaleza de este tipo de procedimientos ya que afecta al estado civil de las personas unidas a por un vínculo matrimonial y, en consecuencia, no puede ser objeto de regulación privada ni de transacción ( artículo 1.814 del Código Civil ), siendo preceptivo, sin excepción alguna, el pronunciamiento judicial del nuevo estado civil...
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