SAP Granada 500/2002, 27 de Junio de 2002

PonenteJUAN FRANCISCO RUIZ-RICO RUIZ
ECLIES:APGR:2002:1640
Número de Recurso896/2001
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución500/2002
Fecha de Resolución27 de Junio de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Granada, Sección 4ª

SENTENCIA NUM 500

ILTMOS. SEÑORES:

PRESIDENTE

D. MOISES LAZUEN ALCON

MAGISTRADOS

D. JUAN FCO RUIZ RICO RUIZ

D. JOSE MALDONADO MARTINEZ

En la Ciudad de Granada a Veintisiete de Junio de Dos mil dos. La Sección Cuarta de esta Iltma.

Audiencia Provincial, ha visto, en grado de apelación los precedentes autos de juicio de Ejecutivo n° 146/98, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia Número 4 de Motril, en virtud de demanda de BANCO SANTANDER CENTRAL HISPANO S.A., que ha designado para oír notificaciones en esta instancia a la Procurador Sra. Pastor Cano, contra DON Rodolfo que ha nombrado a la procuradora Sra. Padilla Plasencia para oír notificaciones en esta alzada. Y contra DON Gabino que se encuentra en situación legal de rebeldía.

Aceptando como relación los "Antecedentes de Hecho" de la sentencia apelada, y

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La referida sentencia, fechada en 7-5-01, contiene el siguiente Fallo: "Que debía estimar y estimaba la excepción de falsedad de la firma del librador formulada por la representación procesal de Rodolfo y como consecuencia de ello debo declarar y declaro no haber lugar a dictar sentencia de remate frente al mismo, ordenando el levantamiento de los embargos trabados sobre los bienes del mencionado ejecutado, debiéndose seguir la ejecución despachada contra los bienes del deudor Gabino hasta hacer trance y remate de los mismos y con su productor, entero y cumplido pago al actor Banco de Santander Central Hispano S.A. de la cantidad de 415.000 pts de principal más réditos legales, con expresa imposiciónde las costas causadas a la entidad ejecutante, y debiendo satisfacer esta las ocasionadas al codemandado Rodolfo . Una vez firme esta resolución, dedúzcase testimonio del procedimiento para incoación de Diligencias Penales a los efectos de depurar responsabilidades por los posibles hechos delictivos que se deduce de lo actuado, pudieran haberse cometido. "

SEGUNDO

Sustanciado y seguido el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, se dio traslado a las demás partes para su oposición o impugnación; elevándose posteriormente las actuaciones a éste Tribunal señalándose día y hora para Votación y Fallo

TERCERO

Han sido observadas las prescripciones legales de trámite.

Siendo Ponente el Magistrado Iltmo. Sr. D. JUAN FCO RUIZ RICO RUIZ

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El objeto del presente recurso de apelación se circunscribe al pronunciamiento de la sentencia relativa a la imposición de las costas a la entidad ejecutante al haberse estimado respecto del librador de la letra de cambio presentada a ejecución la excepción de falsedad de la firma.

Es criterio mayoritario de las Audiencias Provinciales considerar que la apreciación como motivo de oposición de la falsedad de la firma de quien emite alguna declaración cambiaria ha de encuadrarse mas bien dentro de los motivos de nulidad del juicio...

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