SAP Madrid 98/2003, 6 de Febrero de 2003
Ponente | FRANCISCO JAVIER CORREAS GONZALEZ |
ECLI | ES:APM:2003:1492 |
Número de Recurso | 743/2002 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 98/2003 |
Fecha de Resolución | 6 de Febrero de 2003 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 24ª |
SENTENCIA Nº 98
Magistrados:
Ilmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER CORREAS GONZALEZ
Ilmo. Sr. D. Angel Sánchez Franco
Ilma. Sra. Dª Carmen García de Leaniz Cavallé
EN MADRID A SEIS DE FEBRERO DE DOS MIL TRES.
Vistos en grado de apelación por la Sección 24ª de esta Audiencia Provincial,
los autos sobre modificación de medidas número 308/01, procedentes del Juzgado de
-
Instancia número 25 de Madrid, y seguidos entre partes; de una, como apelante,
don Matías , representado por la Procuradora doña MARÍAJOSÉ ARRANZ DE DIEGO; y de otra, como apelada, doña María Rosa , representada por la Procuradora doña BEATRIZ
SÁNCHEZ-VERA GÓMEZ-TRELLES; habiendo sido Ponente el Magistrado de la Sala
el Ilmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER CORREAS GONZALEZ, que expresa el parecer
de la misma.
La Sala acepta y tiene por reproducidos los antecedentes de hecho contenidos en la resolución apelada.
Que en fecha 9 de abril de 2.002, por el Juzgado de 1ª Instancia nº 25 de Madrid, se dictó Sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando la demanda de Modificación de Efectos de la Sentencia de DIVORCIO formulada por el Procurador D/Dña. ELISA HURTADO PÉREZ en nombre y representación de D/Dña. Matías contra María Rosa , representado por el Procurador D/Dña. BEATRIZ SÁNCHEZ-VERA TRELLES , debo modificar y modifico la sentencia de fecha 28 de julio de 1.994, dictada por este juzgado en la causa seguida ante el mismo bajo el nº 947/1993 y reguladora de la disolución del matrimonio contraído en su día por los hoy litigantes, en el siguiente sentido, manteniendo el resto de los pronunciamientos:
-
- Se declara extinguida la pensión alimenticia que la sentencia reseñada establecía a favor de la hija María Purificación .
-
- Se rechazan las demás pretensiones.
-
- No se hace especial pronunciamiento sobre las costas procesales".
Notificada la anterior resolución a las partes, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la representación legal de D. Matías a fin de conseguir su revocación y la Sala extinga la pensión compensatoria en su día concedida a favor de la señora María Rosa al considerar esta parte que se ha acreditado que dicha señora percibe ingresos por el alquiler de habitaciones y por el alquiler de plazas de garaje tal y como resulta del informe de la agencia de detectives; y ello en virtud de lo argumentado en el escrito de fecha 20 de junio de 2.002
Frente a tal pretensión, la parte apelada se opone al recurso interpuesto de contrario y solicita la confirmación de la sentencia recurrida por lo manifestado en el escrito de fecha 11 de julio de
2.002.
Que en la tramitación del presente recurso se han observado y cumplido todas las prescripciones legales.
Habiendo quedado las partes de acuerdo en la extinción de la pensión de alimentos para la hija llamada María Purificación al ser mayor de edad y estar trabajando, se constriñe la presente apelación a determinar si procede o no acordar la extinción de...
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