SAP Valencia 151/2014, 26 de Mayo de 2014

PonenteMARIA ANTONIA GAITON REDONDO
ECLIES:APV:2014:2475
Número de Recurso1047/2013
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución151/2014
Fecha de Resolución26 de Mayo de 2014
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 9ª

ROLLO NÚM. 001047/2013

VTE

SENTENCIA NÚM.:151/2014

Ilustrísimos Sres.:

MAGISTRADOS

Dª ROSA MARIA ANDRES CUENCA

D. GONZALO CARUANA FONT DE MORA

Dª MARIA ANTONIA GAITON REDONDO

En Valencia a veintiséis de mayo de dos mil catorce.

Vistos por la Sección Novena de la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada DOÑA MARIA ANTONIA GAITON REDONDO, el presente rollo de apelación número 001047/2013, dimanante de los autos de, promovidos ante el JUZGADO DE LO MERCANTIL NUMERO 1 DE VALENCIA, entre partes, de una, como apelante a GENERAL MOTORS ESPAÑA SLU, representada por el Procurador de los Tribunales don MIGUEL ANGEL DIAZ-PANADERO SANDOVAL, y asistido del Letrado DON EDUARDO SIERRA TRIGO y de otra, como apelados a SUECA MOVIL SA representada por la Procuradora de los Tribunales doña LIDON JIMENEZ TIRADO, y asistida del Letrado don DANIEL IRUJO MANGADO, en virtud del recurso de apelación interpuesto por GENERAL MOTORS ESPAÑA SLU.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Sentencia apelada pronunciada por el Ilmo. Sr. Magistrado de Primera Instancia de JUZGADO DE LO MERCANTIL NUMERO 1 DE VALENCIA en fecha 26 de abril de 2014, contiene el siguiente FALLO: "Que estimando como estimo parcialmente la demanda de incidente concursal promovida por el Procurador Sra. Jiménez Tirado en la representación que ostenta de su mandante Sueca Movil SA, en el seno del concurso de acreedores num. 1070/2010 de este Juzgado, y estimando cmo estimo parcialmente la demanda reconvencional deducida por el Procurador Sr. en la representación que ostenta de su mandante General Motors España SLU, se adoptan los siguientes acuerdos: 1.- se declara a todos los efectos procedentes en Derecho la resolución de la relación negocial que vincula a las partes Sueca Movil SA y General Motors España SLU, a saber, contrato de distribución de vehículos automóviles y accesorios, y contrato de reparador autorizado, suscritos en fecha 1 de octubre de 2003, y cualesquiera otros sucesivos que pudieran seguir vigentes: 2.- Se desestima la demanda inicial en todo lo demás. 3.- Se desestima la demana reconvencional en todos lo demás. 4.- Todo ello sin pronunciamiento en materia de costas procesales causadas"

SEGUNDO

Que contra la misma se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por GENERAL MOTORS ESPAÑA SLU, dándose el trámite previsto en la Ley y remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial, tramitándose la alzada con el resultado que consta en las actuaciones.

TERCERO

Que se han observado las formalidades y prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

En autos de incidente concursal promovidos por la representación procesal de la entidad concursada SUECA MOVIL SA, se dictó sentencia por el Juzgado de lo Mercantil por el que se estimaba parcialmente la demanda inicial de las actuaciones y la demanda reconvencional formulada por la entidad GENERAL MOTORS ESPAÑA SLU, dando lugar a la resolución de la relación negocial que vincula a ambas partes litigantes. Consta expresamente en dicha resolución que se hace saber a las partes que contra la misma cabe recurso de apelación para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia, "que deberá interponerse en el plazo de veinte días, con observancia del depósito y la tasa pertinentes".

Por escrito de fecha 7 de mayo de 2013 la entidad GENERAL MOTORS solicitó la aclaración, subsanación y complemento de la sentencia, presentando a continuación, en fecha 9 de mayo, escrito por el que formula protesta contra la sentencia a los efectos de poder reproducir la cuestión en la apelación más próxima que pueda interponerse conforme a lo dispuesto en el artículo 197.4 LC . En providencia de fecha 21 de mayo de 2013 el Juzgado de lo Mercantil acuerda no haber lugar a la aclaración de la sentencia y, a un tiempo, respecto de la protesta formulada, recuerda a la parte "que contra la sentencia dictada cabe interponer recurso de apelación en los plazos y forma acordados en dicha resolución".

La entidad GENERAL MOTORS presenta escrito interponiendo recurso de apelación contra la sentencia por escrito presentado en fecha 17 de...

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