SAP Málaga 14/1998, 14 de Enero de 1998
Ponente | JOSE JAVIER DIEZ NUÑEZ |
Número de Recurso | 908/1996 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 14/1998 |
Fecha de Resolución | 14 de Enero de 1998 |
Emisor | Audiencia Provincial - Málaga, Sección 6ª |
SENTENCIA NUM. 14/98
ILTMOS. SRES.
PRESIDENTE
D. ANTONIO ALCALÁ NAVARRO
MAGISTRADOS
D. JOSÉ JAVIER DIEZ NUÑEZ
Dª. SOLEDAD JURADO RODRÍGUEZ
En la ciudad de Málaga, a catorce de enero de mil novecientos noventa y ocho.
Vistos en grado de apelación, ante la Sección Sexta de esta Audiencia Provincial, los autos de Juicio Ejecutivo número 528 de 1995 procedentes del Juzgado de Primera Instancia número Diez de Málaga seguidos a instancia de Doña Cristina representada en el recurso por el Procurador Don José Manuel Páez Gómez y defendida por el Letrado Don Manuel Olmedo Hurtado, contra "Athena Compañía Ibérica de Seguros S.A." representada en el recurso por el Procurador Don Manuel Fortuny de los Rios y defendido por la Letrada Doña Eva Gallardo Caso pendientes ante esta Audiencia en virtud de recurso de apelación interpuesto por la ejecutante contra la sentencia dictada en el citado juicio.
El Juzgado de Primera Instancia número Diez de Málaga dictó sentencia de fecha 29 de Julio de 1996 en el Juicio Ejecutivo número 528 de 1995 del que este Rollo dimana, cuya parte dispositiva dice así: "FALLO: ESTIMANDO la excepción de culpa exclusiva de la víctima esgrimida por el Procurador Don Miguel Fortuny de los Rios, en nombre y representación de COMPAÑÍA DE SEGUROS ATHENA, SOCIEDAD ANÓNIMA, frente a la demanda ejecutiva promovida en su contra por el Procurador Don José Manuel Páez Gómez, en nombre y representación de DOÑA Cristina , debo declarar y declaro no haber lugar a dictar Sentencia de remate, imponiendo las costas devengadas a la ejecutante".
Contra la expresada sentencia interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación la ejecutante el cual fue admitido a trámite y, emplazadas las partes para que comparecieran ante esta Audiencia, personadas y entregados los autos a las mismas para instrucción durante diez días, se señaló la vista del recurso que tuvo lugar el día de hoy, en el cual el Letrado de la parte apelante informó en apoyo desus pretensiones y solicitó la revocación de la sentencia recurrida y la Letrada de la parte apelada solicitó su confirmación.
TERCERO,- En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales, siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. JOSÉ JAVIER DIEZ NUÑEZ.
La pretensión indemnizatoria que se ejecuta por la actora, Doña Cristina , por cuantía de trescientas setenta y cinco mil setecientas once pesetas trae causa del auto ejecutivo dictado el veintitrés de Noviembre de mil novecientos noventa y cuatro por el Juzgado de Instrucción número Seis de Málaga en el Juicio de Faltas número 494/93 que deriva de los hechos acaecidos sobre las 14'15 horas del pasado seis de Septiembre de mil novecientos noventa y tres cuando la actora ejecutante, hoy apelante, circulaba por la CN-340 (Cádiz-Barcelona), sentido Barcelona, conduciendo el vehículo de su propiedad marca Fiat Uno, matrícula JU-....-UJ , al llegar a la altura del punto kilométrico 232'600 de la referida vía, perteneciente al término municipal de Málaga, inició maniobra de adelantamiento del vehículo que le precedía en su sentido de marcha, pasando para ello del carril exterior al central, instante en el que fue alcanzada en su parte posterior por el vehículo Ford Orion, matriculo TU-....-UB , que propiedad de Don Juan Pablo y aseguradora en la Compañía de Seguros Athena S. A. era conducido por Doña Victoria , resultado de lo cual fue que el automóvil de la hoy reclamante sufriera daños materiales por valor de doscientas treinta y tres mil...
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