SAP La Rioja 467/2002, 11 de Diciembre de 2002

PonenteRODRIGO LACUEVA BERTOLACCI
ECLIES:APLO:2002:800
Número de Recurso375/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución467/2002
Fecha de Resolución11 de Diciembre de 2002
EmisorAudiencia Provincial - La Rioja, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 467 DE 2002

Visto el presente recurso de apelación CIVIL, que pende ante esta Ilma. Audiencia Provincial, dimanante del juicio de Modificación de Medidas nº 559/01, rollo de apelación nº 375/02, contra la sentencia de fecha 27 de Mayo de 2002, dictada por el Juzgado de 1ª Instancia nº 5 de Logroño, recurrida por DON Héctor , representado por la procuradora Sra. Rivero Francia; siendo apelada DOÑA Virginia , representada por la procuradora Sra. Zuazo Cereceda; recurso en el que ha sido ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Rodrigo Lacueva Bertolacci.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que, con fecha 27 de Mayo de 2002, se dictó sentencia en cuyo fallo se recogía: "Que debo desestimar y desestimo la demanda formulada por la Procuradora Sra. Rivero Francia en nombre y representación de DON Héctor , contra DOÑA Virginia , manteniendo la obligación de Don Héctor de abonar la pensión compensatoria a favor de Doña Virginia , y condenando al actor a las costas procesales."

SEGUNDO

Notificada la anterior sentencia a las partes, por la representación de la parte actora, se presentó escrito solicitando se tuviese por preparado en tiempo y forma la apelación, que fue admitida, con traslado por 20 días a la parte recurrente para que interpusiese ante el Juzgado el recurso de apelación. Interpuesto éste, se dio traslado a las demás partes para que en 10 días presentasen escrito de oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada, en lo que le resultase desfavorable.

TERCERO

Seguido el recurso por todos sus trámites, se señaló para la celebración de la votación y fallo el día 28 de noviembre de 2002.

CUARTO

En la tramitación del presente rollo se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por la representación procesal de D. Héctor se preparó recurso de apelación contra la Sentencia de 27 de mayo de 2002 dictada en el procedimiento de modificación de medidas 559/01 seguida en el Juzgado de primera instancia número 5 de Logroño contra Dª Virginia impugnándose la desestimación de su demanda por el juzgador.

Posteriormente, dicha parte procedió a interponer el correspondiente recurso de apelación, en el sentido que es de ver en autos, con las alegaciones que estimó por conveniente en apoyo de sus pretensiones procesales.

Por la representación procesal de la apelada, Dª Virginia , se interpuso escrito de oposición al recurso de apelación formulado de contrario, con el interés de que la Sentencia recurrida fuera confirmada en suspropios términos.

SEGUNDO

De la lectura del escrito de interposición del recurso de apelación, se desprende que lo pretendido por el recurrente es que este tribunal examine nuevamente el litigio consiste, a fin de que se proceda a suprimir la pensión compensatoria en su día acordada inter partes por convenio regulador en los procesos de separación judicial y divorcio.

El argumento jurídico sostenido por el recurrente consiste en efectuar una aplicación analógica de la causa contenida en los arts. 855.4 y 756.2 del Código Civil (en adelante, CC), relativa a haber atentado contra la vida del cónyuge testador como justa...

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