SAP Murcia 67/2004, 22 de Marzo de 2004
Ponente | MATIAS MANUEL SORIA FERNANDEZ-MAYORALAS |
ECLI | ES:APMU:2004:761 |
Número de Recurso | 447/2003 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 67/2004 |
Fecha de Resolución | 22 de Marzo de 2004 |
Emisor | Audiencia Provincial - Murcia, Sección 5ª |
SENTENCIA 67
Ilmos. Sres.
Don José Manuel Nicolás Manzanares
Presidente
Don Matías Manuel Soria Fernández Mayoralas
Don José Joaquín Hervás Ortiz
Magistrados
En la ciudad de Cartagena, Veintidós de Marzo de dos mil Cuatro.
La Sección de Cartagena de la Audiencia Provincial de Murcia, integrada por los Iltmos. Sres. Expresados al margen, ha visto los autos de Acción Cambiaria n. 526/02 seguidos en el Juzgado de Primera Instancia 8 de Cartagena de los que conoce en grado de apelación en virtud del recurso entablado por la parte demandada D. Marcos , habiendo intervenido en la alzada dichas partes, en su condición de recurrentes, representados por el Procurador D. Pedro Hernández Saura y dirigidos por el Letrado D. Mª Ángeles Barbero Otón y como apelada Dª Agustín , representado por el Procurador Dª Magdalena Faz Leal con la dirección del Letrado D. Félix Sánchez Sánchez.
Por el Juzgado de Primera Instancia nº 8 en los referidos autos, tramitados con el núm. 526/02, se dictó sentencia con fecha 21-06-03 , cuya parte dispositiva dice entre otras lo siguiente: "Que desestimando los motivos de oposición formulados por Marcos contra el auto dictado por este Juzgado en fecha 8 de enero de dos mil tres , a instancia de D. Agustín , se despacha ejecución contra los bienes de D. Marcos por el principal de 4.874,21, mas otros 1.600 euros, para intereses y costas a las que expresamente se condena a la parte ejecutada ".
Contra dicha sentencia, se interpuesto recurso de apelación por la parte demandante entiempo y forma que fue tramitado conforme a lo dispuesto en el art. 457 y ss de la Ley de Enjuiciamiento Civil . Y remita a este Tribunal, donde se formó el correspondiente Rollo de Apelación designándose Magistrado Ponente y se señaló día para la votación y fallo que tuvo lugar el día 16- 03-04.
En la tramitación de ambas instancias, en el presente proceso, se han observado las normas y formalidades legales.
VISTO, siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. Matías Manuel Soria Fernández Mayoralas.
Contra la Sentencia del Juzgado de 1ª Instancia, que desestimando la oposición formulada contra el Auto despachando ejecución, ordenaba seguir adelante la misma. Se formula recurso de apelación por el ejecutado, por considerar que existe error en la apreciación de la prueba, al haberse despachado ejecución contra la persona física firmante del pagaré cuando no existen relaciones comerciales entre demandante y demandado, habiendo actuado siempre el demandado en representación de la mercantil transportes y exacciones el Coreano SL. que es a favor de quien se emiten las facturas.
Por la parte apelada, se formuló oposición al recurso solicitando la confirmación de la sentencia por los propios fundamentos de la misma.
Alega el apelante en su recurso, que existe error en la valoración de la prueba, ya que manda seguir adelante la ejecución contra el mismo como persona física, cuando queda patente, que actuó en nombre la mercantil a la que representaba, transportes y excavaciones El coreano SL. como lo prueba el hecho de que las facturas fueran emitidas a favor de dicha entidad y que la cuenta a que se refiere el pagaré, abierta en la...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba