SAP Huesca 110/1995, 29 de Abril de 1995
Ponente | SANTIAGO SERENA PUIG |
Número de Recurso | 91/1994 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 110/1995 |
Fecha de Resolución | 29 de Abril de 1995 |
Emisor | Audiencia Provincial - Huesca |
Sentencia Apelación Civil Número 110
PRESIDENTE *
D.RAMIRO SOLANS CASTRO *
MAGISTRADOS *
D.SANTIAGO SERENA PUIG *
D.GONZALO GUTIÉRREZ CELMA *
*
En la ciudad de Huesca, a veintinueve de abril de mil novecientos noventa y cinco.
Vistos en nombre del Rey por esta Audiencia Provincial, en grado de apelación, los autos seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Fraga, como juicio de menor cuantía registrado al número 36/94, promovido por Carpintería Rubagosa como demandante, contra Instalaciones Eléctricas Len S.L. como demandada; pendientes ante esta Audien-cia Provin-cial en virtud del presente recurso de apela-ción, tramitado al número 91 del año 1.994, interpuesto por la citada demandada, que actúa en esta alzada representada por la Procuradora doña María Angel Pisa Torner, siendo defendida por el Abogado don Emilio Rubio Carretón; habiendo comparecido también ante este Tribunal, para la sustanciación de este recurso-, en su calidad de apelada, la expresada demandante, represen-tada por el Procurador don Mariano Laguarta Recaj y defendida por el Abogado don Ramón Vera Alba; actuando como Ponente el Ilmo. Sr. Magistra-do don SANTIAGO SERENA PUIG, quien expresa el parecer de esta Sala sobre la resolución que merece el presente recurso, en el que aparecen y son de aplica-ción los siguientes:
Aceptamos y damos por reproducidos los señalados en la resolución impugnada.
El indicado Juzgado de Primera Instancia, en el procedi-miento anteriormente circunstanciado, dictó la Sentencia recurri-da cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: "Fallo.- que estimando sustancialmente la demanda presentada por el Procurador Sr. Navarro Zapater en nombre y representación de Carpintería Rubagosa contra Instalaciones Eléctricas Len S.L., debo condenar y condeno a la demandada a abonar a la actora la cantidad de 823.464 pesetas, más los intereses desde la fecha de la interpelación judicial según el art. 1.108 del Código Civil ; y costas".
Notificada la indicada Sentencia a los interesados, interpuso en tiempo y forma la demandada el presente recurso de apelación, el cual fue admitido, elevándose los autos a esta Sala, tras el oportuno emplazamiento de las partes quienes comparecie-ron debidamente y en tiempo hábil en elpresente rollo, sustan-ciándose con ellas el recurso por los trámites señalados en la Ley; teniendo lugar el acto de la Vista Pública en el día...
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