SAP Guadalajara 232/2002, 19 de Junio de 2002

PonenteMARIA ANGELES MARTINEZ DOMINGUEZ
Número de Recurso196/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución232/2002
Fecha de Resolución19 de Junio de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Guadalajara

SENTENCIA N° 232

En GUADALAJARA, a diecinueve de Junio de dos mil dos.

VISTO en grado de apelación ante esta Audiencia Provincial, los autos de JUICIO VERBAL 516 /2001, procedentes del JDO. DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N° 4 de GUADALAJARA, a los que ha correspondido el Rollo 196 /2002, en los que aparece como parte apelante FREMAP, MUTUA, ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENF.PROF.DE S.S. N° 61 representado por la Procuradora Dª. SONSOLES CALVO BLAZQUEZ, y asistido por el Letrado D. OSCAR ATIENZA SANCHEZ, y como apelado ESTRELLA SEGUROS representado por la Procuradora Dª ENCARNACION HERANZ GAMO, y asistido por el Letrado

D. LUIS FERNANDEZ ECHEVERRIA, sobre reclamación de cantidad, y siendo Magistrado Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª Mª ÁNGELES MARTÍNEZ DOMÍNGUEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los correspondientes de la sentencia apelada.

SEGUNDO

En fecha 19 de diciembre de 2001 se dictó sentencia, en cuya parte dispositiva se establece: "FALLO: Que desestimando íntegramente la demanda formulada por la Procuradora Dª Sonsoles Calvo Blázquez en el nombre y representación de Fremap Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social número 61, debo absolver y absuelvo a los demandados D. Braulio , Santos Transportes Europeos S.L. y Estrella Seguros de todas las pretensiones deducidas de la demanda, imponiendo a la parte el pago de las costas causadas en la presente instancia".

TERCERO

Notificada dicha resolución por la representación de FREMAP, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social n° 61 se interpuso recurso de apelación contra la misma; admitido que fue, emplazadas las partes y remitidos los autos a esta Audiencia, se sustanció el recurso por todos sus trámites, llevándose a efecto la deliberación y Fallo del mismo el pasado día 18 de junio.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

La cuestión a resolver en esta alzada radica en determinar si la actora FREMAP, aseguradora del riesgo de accidente de trabajo, puede repetir frente al tercero responsable en reclamación del coste de las prestaciones abonadas por incapacidad laboral transitoria. La sentencia de instancia da una respuesta negativa a la referida pretensión a través de una serie de razonamientos jurídicos y con amparo en el criterio que al respecto vienen manteniendo algunas Audiencias Provinciales. Ciertamente no nos hallamos ante una cuestión pacífica aunque si bien en las sentencias más recientes pronunciadas en sede civil se observa que el criterio mantenido por la juzgadora de instancia puede considerarse mayoritario, teniendo además un indudable apoyo legal. En tal sentido puede citarse la SAP Zaragoza (Sec. 2ª) de 26 de marzo de 2001, la cual considera que el aseguramiento de los accidentes de trabajo no puede ser encuadrado dentro de los seguros de daños a los efectos sübrogatorios prevenidos en el artículo 43 LCS, pues la posibilidad de tal aseguramiento por compañias mercantiles queda expresamente excluida por el artículo 3.4 Ley de Seguridad Social; de modo que la responsabilidad de las aseguradoras de accidentes laborales en las prestaciones asumidas deriva...

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