SAP La Rioja 150/2007, 2 de Julio de 2007

PonenteMARIA DEL CARMEN ARAUJO GARCIA
ECLIES:APLO:2007:438
Número de Recurso5/2006
Número de Resolución150/2007
Fecha de Resolución 2 de Julio de 2007
EmisorAudiencia Provincial - La Rioja, Sección 1ª

SENTENCIA Nº

En LOGROÑO, a dos de Julio de dos mil siete

VISTA en juicio oral y público, ante esta Audiencia Provincial la presente causa penal, correspondiente al Rollo de Sala número 5/2006,derivado del Sumario nº 1/2006, instruido por el Juzgado de Instrucción nº 2 de los de Logroño por el delito de MALTRATO FAMILIAR, LESIONES, AGRESIÓN SEXUAL, ABUSO SEXUAL Y AMENAZAS, contra Jose Miguel con D.N.I. NUM000 , nacido el día 10 de septiembre de 1953 en Logroño, hijo de Francisco y Pilar, con domicilio en C/ DIRECCION000 , nº NUM001

- NUM002 de Logroño, cuya insolvencia consta en autos, en prisión por esta causa desde el día 17 de enero de 2006, estando representando por el Procurador SR. SALAZAR OTERO y defendido por el Letrado SR. GIL-ALBERT GOMEZ, y en cuya causa han sido partes como acusador público el MINISTERIO FISCAL y como acusación particular Lucía , Paula , Marí Juana y Ángela , todas ellas representadas por la Procuradora SRA. PALACIO ANGULO, y defendidas por la Letrada Dª MARIA TERESA AJAMIL, actuando como Ponente la Ilma. Sra. Magistrado DOÑA CARMEN ARAUJO GARCÍA.

I.HECHOS PROBADOS

Resulta probado y así se declara que el acusado, Jose Miguel , mayor de edad y debidamente circunstanciado en autos, casado desde el año 1978 con Lucía , desde el inicio del matrimonio, sometió a ésta a todo tipo de agresiones físicas y psicológicas, continuamente, si bien las agresiones más graves,verdaderas palizas, se producían con una frecuencia semanal. La primera paliza se produjo a los quince días de la boda, por el hecho de que Lucía , que estaba afónica, no consiguió hacerse oír por el butanero y al ver el acusado que éste se iba sin dejar una bombona, empujó a Lucía tirándola sobre la cama y la golpeó brutalmente, primero con las manos y después con las zapatillas, dejándole las piernas completamente moradas. Las agresiones eran continuas, utilizando el acusado para pegar a su esposa además de las manos, varas, palos, hierros, gomas o lo que tuviera a mano. La pegaba porque no le gustaba la comida, porque tardaba en regresar si salía a hacer la compra, porque gastaba dinero en las atenciones domésticas, por cualquier motivo. En el verano de 2005, el procesado acusó a su esposa de tener relaciones sexuales con un sobrino llamado Carlos Daniel , que vivía con ellos, y al que Lucía cuidaba y quería como a un hijo, golpeándola fuertemente y llegando a cogerla del cuello intentando ahogarla, hasta que intervinieron las hijas del matrimonio para evitarlo. En octubre de 2005, al llegar al domicilio un recibo impagado, Jose Miguel agredió a Lucía , golpeándola por todo el cuerpo, causándole hematomas y la rotura parcial de dos incisivos, pendientes de tratamiento odontológico; tales lesiones tardaron en curar diez días, permaneciendo la lesionada incapacitada para sus ocupaciones habituales un día. Tras esta agresión se produjo la separación del matrimonio con intervención del Consejo Gitano.

Desde el inicio del matrimonio, Jose Miguel impedía a su esposa salir de casa, salvo para hacer la compra, relacionarse con su familia, acudir a la iglesia evangélica, salvo en contadas ocasiones, controlaba el dinero del que disponía, entregando a su esposa el que consideraba para las necesidades de la familia y él se quedaba el resto y cuando lo gastaba pedía dinero a Lucía y si esta no tenía la pegaba. Obligaba a su esposa a bañarle, asearle, vestirle y calzarle, aunque él no tenía impedimento alguno que le impidiera hacerlo por sí mismo. El acusado insultaba a la esposa, que padece bronquitis asmática, llamándola "burra asmada", o la obligaba a ponerse a cuatro patas o a saltar a la pata coja, para burlarse de ella.

Similares agresiones físicas y psicológicas infería el procesado a todos sus hijos a los que pegaba y castigaba continuamente. Al hijo mayor, Jose Miguel , que padecía eneuresis, le obligó a dormir en el suelo, sin taparse y si la madre le tapaba, pegaba a los dos. En otra ocasión le golpeó en la cabeza, causándole lesiones que precisaron once puntos de sutura. A Valentín , el segundo de los hijos, en una ocasión, le echó de casa, a pesar de estar enfermo, con fiebre, tras pegarle, por intervenir para evitar que su padre continuara pegando a su madre. Cuando el tercero de los hijos, Carlos Alberto , tenía un mes de vida, el acusado desde la cama pidió a su esposa que le llevara unos huevos fritos y como cuando se los llevó Lucía no le pareció estuvieran como él quería, le tiró el plato a la cabeza, cayendo una astilla al niño que Lucía llevaba en brazos y resultó herido, diciendo entonces Jose Miguel a su mujer: "si le pasa algo al hijo, te mato."

Si los hijos hacían ruido y le despertaban, cuando dormía, el acusado castigaba a su mujer e hijos, dejándolos en fila en el pasillo hasta las tres o las cuatro de la mañana. El menor de los varones, Carlos Alberto , se autoinculpaba continuamente de cualquier cosa para evitar que su padre agrediese a su madre o a sus hermanos, y era él, entonces, el que recibía la paliza de su padre.

Las hijas del matrimonio, Paula , Ángela y Marí Juana , además del maltrato físico de su padre, se han visto sometidas por parte de éste, durante toda su vida y hasta la separación del matrimonio, a un total aislamiento, y a que no las dejaba salir, ni tener amigas, además se quedaba con el dinero que obtenían por su trabajo y las obligaba a servirle a él y a sus hijos varones.

El acusado ha agredido sexualmente a sus hijas Paula y Marí Juana y en una ocasión sometió a tocamientos a Ángela .

Desde que Paula tenía tres o cuatro años su padre la sometió a tocamientos, le mostraba el pene y se masturbaba delante de ella; con el tiempo, las agresiones iban a más; el acusado obligaba a Paula a exhibir su vagina, le metía los dedos y la obligaba a empujar hacia él, empujándola él si la niña no lo hacía, a pesar de que Paula lloraba por el dolor que sentía. La obligaba a masturbarle o a hacerle felaciones, llegando a vomitar la niña. Cuando Paula tenía, más o menos, ocho años su padre la penetró vaginalmente de manera completa. El acusado le decía a su hija que todo estaba bien porque era su padre y que cuando le llegara la primera menstruación ya no lo haría más; obligaba a la niña a decir que le gustaba, y si no lo decía la golpeaba, hasta que la menor manifestaba que le gustaba. En una ocasión teniendo Paula aproximadamente ocho años, su padre, tras tener relaciones sexuales completas con ella en el baño, empezó a pegarla acusándola de haber mantenido relaciones sexuales con su hermano Carlos Alberto , al que llamó, golpeando a ambos hasta que lo reconocieron, a pesar de no ser cierto, por la agresión y miedo a su padre. Al llegar la madre a casa, el acusado le relató su versión de lo ocurrido, reconociéndolo los hijos por miedo a su padre. Por ello, Paula perdió la confianza en su madre, y nunca le contó lo que ocurría.Cuando Paula tuvo su primera menstruación, a los once años, se lo comunicó a su padre confiando en que por ello ya no la iba a agredir sexualmente, tal y como le había dicho, pero no ocurrió así. Las relaciones sexuales del acusado con su hija, con una frecuencia mínima de una vez por semana, continuaron tanto en el domicilio en Logroño como en la finca que tenían en Ribafrecha, aprovechando o provocando las ausencias de los demás miembros de la familia.

El acusado amenazaba a su hija Paula con matar a su madre si ella se iba de casa; por ello y por pensar que el padre podría agredir sexualmente a sus hermanas, Paula ni abandonó el domicilio, ni relató lo que ocurría, salvo en una ocasión, próxima a cumplir dieciséis años, en que lo contó a su prima, Julia , con la que trabajaba y a la que pidió que no dijera nada.

Ángela , la segunda de las hijas del matrimonio fue objeto igualmente del maltrato físico y psicológico de su padre. Cuando tenía aproximadamente nueve años, una mañana que entró a darle los buenos días a su padre éste la tumbó en la cama y comenzó a tocarle los pechos. A partir de ese día, Ángela intentó no estar a solas con su padre, evitándole, y escondiéndose de él.

La más pequeña de los hijos, Marí Juana , fue igualmente objeto de malos tratos físicos y psicológicos por parte de su padre. En una ocasión porque el perro que tenía Marí Juana mordió una cincha de los caballos, su padre le golpeó y después la obligó a presenciar como ahorcaba al animal.

Marí Juana fue agredida sexualmente repetidamente por su padre; fue objeto de tocamientos, la obligaba a adoptar posturas eróticas, la obligaba a tocarle los genitales, se restregaba el pene contra ella hasta que eyaculaba, se masturbaba y chupaba los genitales de la menor. La primera penetración se produjo cuando Marí Juana tenía siete años y tales conductas se repitieron con una frecuencia, más o menos quincenal, hasta que a los doce años le fue diagnosticada a Marí Juana una enfermedad neurodegenerativa, aprovechando la ausencia de los demás miembros de la familia. Si la niña se negaba su padre la pegaba y la amenazaba para que no se lo contará a su madre, además, de insistirle en que lo que hacía estaba bien si era con el padre.

Cuando se evidenció la enfermedad que padecía Marí Juana , el acusado se negaba a que recibiera asistencia médica y le llegó a administrar a su albedrío la medicación sin atender a la prescripción facultativa.

Tras la separación del matrimonio, salieron a la luz las agresiones sexuales del acusado a sus hijas. Y, el día 17 de enero de 2006, el procesado acudió a la casa de su suegra, insistiendo en hablar con su esposa e hijas que, asustadas, se negaron a verle. Entonces el acusado le dijo a la madre de su esposa que dijera a ésta y a sus hijas que dejaran de acusarle de las agresiones...

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