SAP Orense 90/2006, 4 de Diciembre de 2006

PonenteMANUEL CID MANZANO
ECLIES:APOU:2006:796
Número de Recurso78/2006
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución90/2006
Fecha de Resolución 4 de Diciembre de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Orense, Sección 2ª

SENTENCIA Nº 90/2006

ILMOS/AS. SRES/SRA. MAGISTRADOS DE SALA:

Presidente:

D. ABEL CARVAJALES SANTA EUFEMIA

Magistrados/as:

Dª ANA MARIA DEL CARMEN BLANCO ARCE

D. MANUEL CID MANZANO

En OURENSE a cuatro de diciembre de dos mil seis.

Visto, por esta Sección Segunda de la Audiencia Provincial de OURENSE el Rollo de apelación número 78/2006 , relativo al recurso de apelación interpuesto por EL MINISTERIO FISCAL, contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal número UNO de Ourense; habiendo sido parte en él el mencionado recurrente y como apelados, María Dolores , representada por el procurador D. Bautista Baltar, y Federico , representado por el procurador D. José Mª Fernández Vergara, actuando como Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. MANUEL CID MANZANO

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el acto del juicio oral de referencia se dictó Sentencia con fecha 22/05/06 , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: FALLO: "Que debo absolver y absuelvo libremente a los acusados Federico y María Dolores del delito CONTRA LA SALUD PÚBLICA del que venían siendo acusados por el representante del Ministerio Fiscal, declarando de oficio las costas causadas".

Y los siguientes HECHOS PROBADOS: "Se declaran probados los siguientes hechos:

El acusado, Federico , mayor de edad, con D.N.I. NUM000 , y sin antecedentes penales, junto con la también imputada, esposa del anterior, María Dolores , mayor de edad, con D.N.I. NUM001 , y sin antecedentes penales, en la aldea de Souto Lavandeira, Padreada, cultivaban plantas de cannabis sativa, sustancia incluida en las listas I y IV de la Convención Única de 1961 sobre estupefacientes. El día 6 deseptiembre de 2004, los agentes de la Guardia Civil, procedieron a arrancar las plantas de cannabis que los acusados habían cultivado y que sumaban un total de 19, de unos 2 metros de altura, las cuales una vez secas, arrojaron un peso neto de 19143,200 gramos".

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia, por el MINISTERIO FISCAL, se interpuso recurso de apelación, que formalizó exponiendo las alegaciones que constan en su escrito, el cual se halla unido a las actuaciones.

TERCERO

Dado traslado del escrito de formalización del recurso, por la representación procesal de María Dolores y la de Federico , se presentaron sendos escritos de impugnación en base a las alegaciones expuestas en los escritos que, asimismo, constan unidos a las actuaciones.

CUARTO

Por el Juzgado de lo Penal más arriba referido se remitieron a este Tribunal los autos originales con todos los escritos presentados y, recibidos que fueron, se formó el Rollo de apelación de su clase nº 78/2006 para resolución del recurso interpuesto.

HECHOS PROBADOS

Se aceptan y se dan por reproducidos los hechos que en la sentencia recurrida se declaran probados.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Con base inicial en la concurrencia de error en la apreciación de la prueba articula el Ministerio Fiscal su oposición a la sentencia estimatoria de instancia, interesando se revoque ésta y se condene a los acusados como autores de un delito contra la salud pública.

SEGUNDO

La experiencia de otros enjuiciamientos adicionada a la información recibida en estos autos nos enseña que de la planta entera de cannabis únicamente es aprovechable como griffa -flores y hojas- un dieciocho por ciento aproximadamente de su peso. Que la parte floral y foliar referida ha de ser de la planta femenina y debe ser desecada y troceada hasta tamaño de picadura, tomando un color que va del verde al marrón oscuro. Las plantas masculinas y femeninas se suelen encontrar al cincuenta por ciento de una plantación y de éstas últimas, en el mejor de los casos, sólo el veinte por ciento de su peso total es aprovechable para la elaboración de la referida picadura. Ha de tenerse también en consideración que el peso de la picadura merma un sesenta por ciento, aproximadamente, como consecuencia del necesario proceso de secado para que sea apta para el consumo. El análisis de la planta de cannabis sativa requiere unas precauciones previas que no consta se hayan aoptado en el...

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